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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2024 (26/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Viernes 26 de julio de 2024 El Peruano / GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 27 566 378,00 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 96 179 911,00 -------------------- TOTAL GOBIERNO NACIONAL 123 746 289,00 =========== SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 15 593 168,00 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 38 814 517,00 ---------------------- TOTAL GOBIERNOS REGIONALES 54 407 685,00 ============ TOTAL EGRESOS 178 153 974,00 ============ 1.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artículo, se encuentra en el “Anexo I - Transferencia de Partidas a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional para fi nanciar el gasto de la planilla del personal activo y/o pensionista bajo el alcance del artículo 20 de la Ley Nº 31953” y el “Anexo II - Transferencia de Partidas a favor de diversos pliegos de los gobiernos regionales para fi nanciar el gasto de la planilla del personal activo y/o pensionista bajo el alcance del artículo 20 de la Ley Nº 31953” que forman parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob. pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas autorizada, aprueban mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Registro en el Aplicativo Informático La Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas procede de o fi cio con el registro en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), de aquellos requerimientos que cuentan con opinión técnica favorable de la citada Dirección General al 31 de marzo de 2024 y que forman parte de la estimación del gasto de la planilla del personal activo y/o pensionista a que se re fi ere el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo. Artículo 5. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de julio del año dos mil veinticuatro. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2310237-3 Resolución Suprema que modifica la conformación de la Comisión Consultiva para el Desarrollo de la Infraestructura Nacional RESOLUCIÓN SUPREMA N° 026-2024-EF Lima, 25 de julio de 2024CONSIDERANDOQue, mediante Resolución Suprema N° 009-2023-EF, se crea la Comisión Consultiva denominada “Comisión Consultiva para el Desarrollo de la Infraestructura Nacional”, de naturaleza permanente, que depende del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el numeral 3.1 del artículo 3 de la citada Resolución Suprema dispone la conformación de la referida Comisión Consultiva; Que, mediante la Resolución Suprema N° 017-2023- EF, se modi fi ca la conformación de la Comisión Consultiva para el Desarrollo de la Infraestructura Nacional, a fi n de aceptar la renuncia formulada por el señor Álvaro Enrique Quijandría Fernández e incorporar como miembro al señor Fernando Momiy Hada; Que, con fecha 1 de marzo de 2024, el señor Javier Edmundo Abugattás Fatule presenta su renuncia como integrante de la Comisión Consultiva para el Desarrollo de la Infraestructura Nacional; por lo que corresponde modi fi car la conformación de la aludida Comisión Consultiva, incluyendo al experto que lo reemplazará; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y en el Decreto Legislativo N° 1543, Decreto Legislativo que dicta medidas para mejorar la gestión de proyectos y los procesos de promoción de la inversión privada; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación del numeral 3.1 del artículo 3 de la Resolución Suprema N° 009-2023-EF Modi fi car el numeral 3.1 del artículo 3 de la Resolución Suprema N° 009-2023-EF, el cual queda redactado en los siguientes términos: “Artículo 3.- Conformación 3.1 La Comisión Consultiva está conformada por las siguientes personas: - Elizabeth Milagros Añaños Vega - Mario Alfredo Arróspide Medina - Carlos Alberto Fernández Dávila Anaya - Fabiola Martha Muñoz Dodero - Fernando Momiy Hada- Rafael Ugaz Vallenas- Alberto Valenzuela Soto- Verónica Elizabeth Zavala Lombardi” Artículo 2.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas.