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11 NORMAS LEGALES Domingo 2 de junio de 2024 El Peruano / defi nitiva, corresponde actualizar el eje geométrico de la Ruta Departamental o Regional Nº CA-106 en el Mapa Vial del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, con la trayectoria: Emp. PE-08 (Choropampa) - Asunción - Sapuc - Vista Alegre - Cospán - Rambran - Campodén - Cepo - L.D. La Libertad (Emp. LI-106, Dv. Baños Chimú); Que, el precitado informe señala, además, que dicha reclasi fi cación de fi nitiva y posterior actualización del eje geométrico en el Mapa Vial del Sistema Nacional de Carreteras – SINAC permite la conformación de un nuevo eje vial que ayuda a facilitar el transporte de personas de los distritos de Asunción y Cospán con los distritos del departamento de La Libertad, así como el intercambio comercial a nivel regional, dinamizando las actividades agrícolas y ganaderas, reduciendo los costos del transporte, elevando la condición de servicios en dichas vías e impulsando el desarrollo sostenible de competitividad territorial e integración social en la región; cumpliendo con el criterio establecido en el numeral 3 del literal b) del artículo 8 del Reglamento; Que, en consecuencia, es necesario aprobar la reclasi fi cación de fi nitiva del tramo Emp. CA-106 (Calmón) – Campodén de la Ruta Vecinal o Rural Nº CA-1421 como Ruta Departamental o Regional, con el código Nº CA-106; y en virtud de ello, actualizar el eje geométrico de la Ruta Departamental o Regional Nº CA-106 en el Mapa Vial del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, con la trayectoria: Emp. PE-08 (Choropampa) - Asunción - Sapuc - Vista Alegre - Cospán - Rambran - Campodén - Cepo - L.D. La Libertad (Emp. LI-106, Dv. Baños Chimú), en los términos señalados por la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes; Que conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC, que aprueba el Reglamento de Jerarquización Vial; el Decreto Supremo Nº 012-2013-MTC, que aprueba la actualización del Clasi fi cador de Rutas del SINAC y las disposiciones sobre dicho Clasi fi cador; el Decreto Supremo Nº 011-2016-MTC, que aprueba la actualización del Clasi fi cador de Rutas del SINAC; y, la Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1.- Reclasi fi cación De fi nitiva como Ruta Departamental o Regional de la Red Vial del Departamento de Cajamarca Reclasi fi car de manera de fi nitiva el tramo Emp. CA- 106 (Calmón) – Campodén de la Ruta Vecinal o Rural Nº CA-1421, como Ruta Departamental o Regional, con el código Nº CA-106. Artículo 2.- Actualización del Eje Geométrico de la Ruta Departamental o Regional Nº CA-106 Disponer, en atención a lo establecido en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, la actualización del eje geométrico de la Ruta Departamental o Regional Nº CA-106 en el Mapa Vial del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, con la siguiente trayectoria: Ruta Nº CA-106 Trayectoria: Emp. PE-08 (Choropampa) - Asunción - Sapuc - Vista Alegre - Cospán - Rambran - Campodén - Cepo - L.D. La Libertad (Emp. LI-106, Dv. Baños Chimú). Artículo 3.- Incorporación al Clasi fi cador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras – SINAC y al Registro Nacional de Carreteras - RENAC Disponer la incorporación de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial al vigente Clasi fi cador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2016-MTC, así como en el Registro Nacional de Carreteras - RENAC; tomando en cuenta la actualización del eje geométrico de la Ruta Departamental o Regional Nº CA-106 establecida en el artículo 2.Artículo 4.- Actualización del Mapa Vial del Sistema Nacional de Carreteras – SINAC Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, a través de la Dirección de Disponibilidad de Predios, proceda con la actualización del Mapa Vial del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, conforme a lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2294425-1 Aprueban el texto de la Adenda Nº 5 del Contrato de Concesión para el diseño, financiamiento, construcción del Taller de Mantenimiento mayor para los trenes nuevos y existentes (incluye las vías de acceso al mismo) en el segundo nivel del Patio Taller ubicado en Villa El Salvador, provisión de Material Rodante Adquirido y Explotación del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Línea N° 1, Villa El Salvador - Av. Grau - San Juan de Lurigancho RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 293-2024-MTC/01.02 Lima, 31 de mayo de 2024VISTOS: El O fi cio Nº 0076-2024-PD-OSITRAN y el Informe Conjunto Nº 0032-2024-IC-OSITRAN (GRE-GSF-GAJ) del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN; el O fi cio Nº 023-2024-EF/15.01 y el Informe Nº 030- 2024-EF/68.03 del Ministerio de Economía y Finanzas; el Memorando Nº 3084-2024-MTC/19 y el Informe Nº 1190-2024-MTC/19.02 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, y el Memorando Nº 816-2024-MTC/02 del Despacho Viceministerial de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 58.1 del artículo 58 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado por Decreto Supremo Nº 195-2023-EF (en adelante, el TUO del Decreto Legislativo Nº 1362), y los numerales 134.1 y 134.2 del artículo 134 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362, aprobado por Decreto Supremo Nº 240-2018-EF (en adelante, el Reglamento), establecen que el Estado, de común acuerdo con el inversionista, pueden modi fi car el Contrato de Asociación Público Privada, debiendo mantener el equilibrio económico fi nanciero y las condiciones de competencia del proceso de promoción, procurando no alterar la asignación de riesgos y la naturaleza del proyecto, siendo la entidad pública titular del proyecto responsable de sustentar el valor por dinero a favor del Estado y evaluar las condiciones de competencia; Que, el numeral 58.2 del artículo 58 del TUO del Decreto Legislativo Nº 1362 y los numerales 136.2 y 136.4 del artículo 136 del Reglamento disponen que, en el plazo máximo de diez (10) días hábiles de recibida la solicitud