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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (02/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Domingo 2 de junio de 2024 El Peruano / ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS COMISIÓN DE PROMOCIÓN DEL PERÚ PARA LA EXPORTACIÓN Y EL TURISMO Aprueban modificación de la Carta de Servicios de PROMPERÚ, y el documento denominado “Instructivo para la atención a producciones audiovisuales nacionales y extranjeros en el servicio de Comisión Fílmica Perú” (Código IN-DI-INV-001), versión 01 RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 000057-2024-PROMPERU/GG San Isidro, 31 de mayo del 2024VISTOS: El Informe Nº 066-2024-PROMPERÚ/DI de la Dirección de Promoción de Inversiones Empresariales, el Informe Nº 049-2024-PROMPERÚ/GG-OPP de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 262-2024-PROMPERÚ/GG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, según el artículo 2 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, la entidad es competente para formular, aprobar y ejecutar estrategias y planes de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones, de conformidad con las políticas, estrategias y objetivos sectoriales; además, en el artículo 4 de la citada Ley, se establece como una de sus funciones la de desarrollar, gestionar y supervisar la ejecución de las actividades de promoción, inteligencia comercial e investigación de mercados, gestión de información, orientación, asistencia y capacitación empresarial, en materia de exportaciones, turismo e imagen país, a nivel nacional e internacional; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS y modi fi catorias, señala en el numeral 43.4 de su artículo 43 que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal; Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, faculta a las Entidades del Sector Público a desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, precisándose en su artículo 2 que el Titular de la Entidad, mediante Resolución, establecerá la descripciones de los bienes y servicios objeto de comercialización por parte de la Entidad, entre otros; estableciéndose que toda modi fi cación a dicha resolución, deberá aprobarse por Resolución del Titular y publicarse en el Diario O fi cial El Peruano; Que, por Resolución de Secretaría General Nº 178- 2015- PROMPERÚ/SG y modi fi catorias, se aprobó la Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, como documento de gestión que contiene la descripción de los servicios no exclusivos brindados por PROMPERÚ, así como las condiciones y limitaciones para su prestación, incluyendo el precio de venta y descuentos en los servicios que corresponden; Que, a través del artículo 69 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2019-PROMPERÚ/PE, señala que la Dirección de Promoción de Inversiones Empresariales, es el órgano de línea responsable de impulsar la promoción, atracción, retención y expansión de la inversión extranjera directa en emprendimientos destinados a la generación de bienes y servicios, para fi nes distintos a la infraestructura y servicios públicos, de preferencia que incrementen oferta exportable y el turismo, aprovechando la red de contactos en el país y el exterior, para originar nuevas oportunidades de negocios a las empresas, crecimiento económico y bene fi cios para el país, sin demandar fi nanciamiento público para su concreción, en concordancia con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y las políticas, lineamientos, objetivos y metas sectoriales; Que, mediante documento de vistos, la Dirección de Promoción de de Inversiones Empresariales, propone la modi fi cación de la Carta de Servicios de PROMPERÚ, en el sentido de formalizar la incorporación a dicho documento de gestión, el “Servicio de Información, orientación y asistencia para el uso del territorio nacional como destino de locaciones fílmicas (Comisión Fílmica Perú)”, siendo uno de sus argumentos, el hecho de que, actualmente, PROMPERÚ actúa y es reconocida a nivel internacional como la Comisión Fílmica de Perú, siendo que se cuenta con el reconocimiento de la Association of Film Commissioners International (AFCI) y la Latin American & Caribbean Film Commission Network (LAFCN); Que, según el literal f) del artículo 22 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2019-PROMPERÚ/PE, corresponde a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, conducir y supervisar el proceso de formulación y actualización de políticas, directivas, procedimientos, manuales y otros documentos necesarios para la gestión institucional; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, a través del informe de vistos, propone modi fi car las condiciones generales de la Carta de Servicios de PROMPERÚ (versión 16), incorporar el Servicio Nº 2: “Información, orientación y asistencia para el uso del territorio nacional como destino de locaciones fílmicas (Comisión Fílmica Perú)”; y, aprobar el documento denominado “Instructivo para la atención a producciones audiovisuales nacionales y extranjeros en el servicio de Comisión Fílmica Perú”; Que, a través del documento de vistos, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que resulta viable la emisión del acto administrativo que apruebe la propuesta realizada por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; Que, el literal b) del numeral 1.2 del artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 001-2024-PROMPERÚ/PE, se delega al Gerente General la facultad de aprobar las directivas, manuales, políticas internas, procedimientos, incluyendo la Carta de Servicios de la Entidad, sus modi fi catorias, y otros documentos necesarios para la gestión institucional; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS y modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 088-2011-PCM; la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 001-2024-PROMPERÚ/PE y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 069-2024-PROMPERÚ/PE; Con el visto bueno de la Dirección de Promoción de Inversiones Empresariales, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación de la sección: Condiciones Generales, versión 16 de la Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación