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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (07/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Viernes 7 de junio de 2024 El Peruano / Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, se puede disponer en el mismo acto de administración, que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros, y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto, el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; y, De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE, en concordancia con el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; el Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo N° 005- 90-PCM; y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por terminada la carrera pública en el Servicio Diplomático de la República del Ministro en el Servicio Diplomático de la República José Luis Vicente Torres Seguín, con e fi cacia anticipada, el 15 de mayo de 2024, fecha de su fallecimiento. Artículo 2.- Reconocer póstumamente los importantes servicios prestados a la Nación. Artículo 3.- Otorgar todos los bene fi cios que correspondan de acuerdo con lo establecido en los dispositivos legales vigentes. Artículo 4.- Excluir al citado funcionario diplomático del Escalafón del Servicio Diplomático de la República, por causal de fallecimiento, con e fi cacia anticipada, a partir del 16 de mayo de 2024, día posterior a la fecha de su deceso. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JAVIER GONZÁLEZ OLAECHEA FRANCO Ministro de Relaciones Exteriores 2296146-10 Nombran Cónsul General del Perú en París, República Francesa RESOLUCIÓN SUPREMA N° 116-2024-RE Lima, 6 de junio de 2024CONSIDERANDO: Que, el artículo 62 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, dispone que los funcionarios del Servicio Diplomático desempeñan funciones indistintamente en la Cancillería, en las misiones diplomáticas y consulares, en las representaciones permanentes ante organismos internacionales y en misiones especiales, así como en otras dependencias del Estado, en las o fi cinas desconcentradas del Ministerio de Relaciones Exteriores y en gobiernos regionales o locales, conforme a los objetivos de la política exterior; Que, la protección y atención a las comunidades peruanas en el exterior constituye una de las prioridades de la Política Exterior del Perú; y, De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE; el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 130- 2003-RE; el Reglamento Consular del Perú, aprobado por el Decreto Supremo N° 032-2023-RE; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Nombrar al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Carlos Gerardo Briceño Salazar, Cónsul General del Perú en París, República Francesa. Artículo 2.- La jurisdicción consular será la establecida en la Resolución Suprema N° 071-2003-RE, de 18 de marzo de 2003. Artículo 3.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Artículo 4.- La fecha en que el citado funcionario diplomático deberá asumir funciones será fi jada por Resolución Viceministerial. Artículo 5.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JAVIER GONZÁLEZ OLAECHEA FRANCO Ministro de Relaciones Exteriores 2296146-11 Autorizan viaje de Viceministro de Relaciones Exteriores a Filipinas y Japón, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0457-2024-RE Lima, 5 de junio de 2024VISTOS:La Hoja de Trámite (GAC) N° 2319 del Despacho Viceministerial, de 4 de junio de 2024; el Memorándum N° DAO003672024 de la Dirección General de Asia y Oceanía, de 27 de mayo de 2024; el Memorándum N° OPP017982024 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 5 de junio de 2024, que otorga certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje, y, el Memorándum N° OAP017432024 de la O fi cina de Administración de Personal, de 5 de junio de 2024; CONSIDERANDO:Que, en el marco de la conmemoración del 50° aniversario del establecimiento de relaciones diplomáticas entre la República del Perú y la República de Filipinas, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República John Peter Camino Cannock, Viceministro de Relaciones Exteriores, realizará una visita de trabajo a la ciudad de Manila, República de Filipinas, el 19 de junio de 2024, a fi n de copresidir la I Reunión del Mecanismo de Consulta Bilateral entre el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú y el Departamento de Asuntos Exteriores de Filipinas; Que, la relación bilateral con Filipinas se sustenta en una larga tradición de vínculos históricos, culturales, económicos y comerciales, así como en valores e intereses compartidos, tanto en el ámbito bilateral como en el multilateral, en el que ambos países son miembros del Foro de Cooperación Económica Asia- Pací fi co (APEC), el Foro de Cooperación de América Latina y el Caribe (FOCALAE) y el Foro de Cooperación Económica del Pací fi co (PECC); Que, a su vez, dicha visita de trabajo busca incrementar el nivel de la relación bilateral con la República de Filipinas,