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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (08/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Sábado 8 de junio de 2024 El Peruano / el Dictamen N° 001-2023-GRM/CR/CTIyT, emitido por la Comisión de Turismo, Industria y Trabajo, que recomienda se apruebe el proyecto de Ordenanza Regional, para la Conformación del Comité Consultivo Regional de Turismo CCTR- Moquegua; que con las posiciones de los señores Consejeros Regionales se Acordó por unanimidad aprobar el Dictamen N° 001-2023-GRM/CR/CTIyT, emitido por la Comisión de Turismo, Industria y Trabajo, que recomienda se apruebe el proyecto de Ordenanza Regional, para la Conformación del Comité Consultivo Regional de Turismo CCTR- Moquegua; Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 30055; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Moquegua, en Sesión Ordinaria N° 005-2023-CR/GRM, de fecha catorce de abril del dos mil veintitrés, ha aprobado por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL COMITÉ CONSULTIVO REGIONAL DE TURISMO DE MOQUEGUA. Articulo Primero.- CONFORMAR el Comité Consultivo Regional de Turismo de Moquegua, y reconocérsele como ente encargado de coordinar, supervisar, acompañar, monitorear y evaluar el Plan Estratégico Regional de Turismo- PERTUR; recomendar y proponer mejoras en torno a los lineamientos de políticas relacionadas con la actividad turística regional, y las funciones propias contenidas en el artículo 10° de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo; con la participación de las siguientes organizaciones: 1) Un representante de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Moquegua. 2) Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico Social del Gobierno Regional de Moquegua 3) Un representante de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Moquegua 4) Un representante del Servicio Nacional de Áreas Naturales protegidas por el Estado-SERNANP. 5) Un representante de la Municipalidad provincial de Ilo 6) Un representante de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto 7) Un representante de la Municipalidad Provincial Sánchez Cerro 8) Un representante de la Cámara Regional de Turismo-CARETUR Moquegua 9) Un representante de la Policía Nacional-Comisaria de Turismo de Ilo. 10) Un representante de la O fi cina Regional PROMPERU- Moquegua IPERU 11) Un representante de la Cámara de Comercio e Industria Moquegua. 12) Un representante de la Cámara de Comercio e Industria de Ilo. 13) Un representante de la Asociación de Hoteles, Restaurantes y Servicios A fi nes AHORA Ilo. 14) Un representante de la Asociación de Transporte Marítimo y Turismo Las Loberas del Puerto de Ilo. 15) Un representante del Museo Contisuyo16) Un representante del Club Social Moquegua17) Un representante de la Universidad Nacional de Moquegua Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Comercio Exterior, Turismo de Moquegua, que en el plazo de treinta (30) días de aprobada la presente norma, elaborar las propuestas del Plan de Acción, el Reglamento Interno del Comité Consultivo Regional de Turismo y conducir el proceso de elección de la Junta Directiva, las cuales una vez validadas, serán refrendadas con el acto Resolutivo Directoral. Con lo cual se regula en adelante, la operación y funciones asignadas a cada uno de sus integrantes.Artículo Tercero.- DEROGAR la Ordenanza Regional N° 013-2006-CR/GRM, que conforma el Comité Consultivo Regional de Turismo CCTR- Moquegua. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional será publicada en el Diario O fi cial El Peruano y difundida en el portal electrónico del Gobierno Regional de Moquegua, conforme a lo dispuesto en el Artículo 42° de la Ley orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867, modi fi cada por la Ley N° 27902 y la Ley N° 29053. Artículo Quinto.- dispóngase que la presente Ordenanza Regional entre en vigencia partir del siguiente día de su publicación. Comuníquese a la señorita Gobernadora Regional del Gobierno Regional de Moquegua, para su promulgación. En la ciudad de Moquegua, a los catorce días de abril del dos mil veintitrés. Regístrese, comuníquese y cúmplaseGABRIELA ANDRADE PALOMO Consejera Delegada POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Moquegua, a los veintiún días del mes de agosto del año dos mil veintitrés. GILIA NINFA GUTIERREZ AYALA Gobernadora Regional 2219797-1 Aprueban la reducción de los ingresos y gastos del Presupuesto Institucional aprobado para el año 2024 de las Unidades Ejecutoras Nº 400 — Región Moquegua Salud, Nº 401 — Región Moquegua Salud llo, y Nº 402 — Gobierno Regional Hospital Regional de Moquegua, del Pliego: 455 Gobierno Regional del Departamento de Moquegua ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 137-2024-CR/GRM 30 de abril de 2024 VISTOS: En Sesión Extraordinaria de Consejo Regional Nº 010-2024-CR/GRM del 30 de abril del dos mil veinticuatro, el Pleno del Consejo ha debatido y aprobado emitir el presente Acuerdo de Consejo Regional; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, publicada el 10 de marzo del 2015, establece lo siguiente: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforma el Consejo Regional, como órgano normativo y fi scalizador (...)”. Que, la Constitución Política del Perú, en sus artículos 188 y 192 del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, modi fi cado por Ley Nº 27880 - Ley de Reforma Constitucional, establecen que, el objetivo fundamental de la Descentralización como forma de Organización Democrática y de Política Permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional.