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48 NORMAS LEGALES Sábado 8 de junio de 2024 El Peruano / b) Javier Arévalo Vela, Presidente del Poder Judicial, Miembro de la Comisión Especial. c) Juan Carlos Villena Campana, Fiscal de la Nación (i), Miembro de la Comisión Especial. d) Francisco Morales Saravia, Presidente del Tribunal Constitucional, Miembro de la Comisión Especial. e) Nelson Eduardo Shack Yalta, Contralor General de la República, Miembro de la Comisión Especial. f) Jeri Gloria Ramón Ruffner de Vega, Rectora de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Miembro de la Comisión Especial. g) Segundo Félix Romero Revilla, Rector de la Universidad Ricardo Palma, Miembro de la Comisión Especial . Artículo Segundo.- REMITIR copia de la presente a los miembros de la Comisión Especial. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal web institucional de la Comisión Especial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSUÉ MANUEL GUTIÉRREZ CÓNDOR Defensor del Pueblo Presidente de la Comisión Especial 2296152-1 MINISTERIO PÚBLICO Nombran fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Huánuco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1364-2024-MP-FN Lima, 6 de junio de 2024 VISTOS: Los o fi cios Nºs. 002192 y 002511-2024-MP-FN- PJFSHUANUCO, de fechas 26 de abril y 13 de mayo de 2024, respectivamente, y; CONSIDERANDO: El numeral 3 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 052, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo, establece que corresponde al Fiscal de la Nación “designar, según corresponda, a los Fiscales Titulares y Provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base de la especialidad, experiencia, desempeño y antigüedad”. El artículo 32 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que la designación de los fiscales, en todos los niveles y especialidades, se realiza en la plaza específica, para el órgano fiscal respectivo, compete al Ministerio Público sobre la base de la especialidad. Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual, la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. Mediante los o fi cios Nºs. 002192 y 002511-2024-MP- FN-PJFSHUANUCO, cursados por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco, se elevan las propuestas para ocupar la plaza de fi scal adjunto provincial, en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huamalies. En ese sentido y a la facultad concedida al Fiscal de la Nación, en atención a que la plaza señalada en el párrafo precedente se encuentra pendiente de ocupar, previa veri fi cación de los requisitos que exige la ley, se ha considerado oportuno en mérito al marco normativo, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo antes mencionado, los cuales tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de septiembre de 2024, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Asimismo, en los casos que el personal administrativo registre en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA) la condición de personal contratado a plazo indeterminado (Decreto Legislativo Nº 728 o Decreto Legislativo Nº 276), corresponderá disponer la reserva de su plaza de origen. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Nombrar al abogado Jhoan Danilo Talenas Espinoza, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Huánuco, designándolo en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huamalies, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo .- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de septiembre de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Tercero .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2296158-1 Nombran fiscal adjunta provincial provisional transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1365-2024-MP-FN Lima, 6 de junio de 2024