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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (26/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de junio de 2024 El Peruano / MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES Ordenanza Municipal que regula el procedimiento de otorgamiento de constancias de posesión para factibilidad de servicios básicos esenciales en el distrito de Majes ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2024-MDM Majes, 31 de mayo de 2024.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE MAJES en Sesión Ordinaria de la fecha; y, VISTO:Dictamen Nº00020-COEDT-2024-MDM Comisión Ordinarias de Regidores para el Desarrollo Territorial; Proveído Nº 00000784-2024-SGPPYR/MDM de la Sub Gerencia de Plani fi cación Presupuesto y Racionalización; Informe Nº 00000269-2024/RAMD-SGAPI-MDM la Sub Gerente de Administración de la propiedad Inmueble; Informe Nº 00000205-2024/SGAJ/MDM de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica; Informe Nº 00000231-2024/RAMD-SGAPI-MDM la Sub Gerente de Administración de la propiedad Inmueble; y, CONSIDERANDO:Que, estando a lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; asimismo el artículo 41º de la misma norma indica que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, acuerdos que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o una norma institucional; Que, el artículo 73º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que “las Municipalidades se encuentran facultadas de emitir normas técnicas generales en materia de organizaciones del espacio físico y uso del suelo así como sobre protección y conservación del ambiente” puesto que las Municipalidades ejercen funciones promotoras, normativas y reguladoras, así como las de ejecución y de fi scalización y control, en las materias de su competencia, conforme a la presente ley y la Ley de Bases de la Descentralización; Que, la Ley Nº 28687 de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos, y sus reglamentos aprobados mediante Decreto Supremo Nº 006-2006-VIVIENDA y Decreto Supremo N 017-2006-VIVIENDA regulan en forma complementaria y desarrollan el proceso de formalización de la propiedad informal, el acceso al suelo para uso de vivienda de interés social orientado a los sectores de menores recursos económicos y establece el procedimiento para la ejecución de obras de servicios básicos de agua, desagüe y electricidad en las áreas consolidadas y en proceso de formalización;Que, en tal sentido a fi n de abordar dicho problema y proponer mecanismos de solución que se encuentren dentro del marco legal, se propone establecer como ámbito de aplicación a aquellas posesiones informales que se hubiesen constituido hasta el 31 de diciembre de 2015 de acuerdo a la Ley Nº 31056, Disposiciones Referidas al Procedimiento de Formalización sobre Terrenos de Propiedad Estatal Ocupados por Posesiones Informales; Que, el artículo 26 de la Ley Nº 28687 dispone que “Los Certi fi cados o Constancias de Posesión son documentos extendidos por las municipalidades distritales de la jurisdicción y exclusivamente para los fi nes a que se re fi ere el presente Titulo sin que ello constituya reconocimiento alguno que afecte el derecho de propiedad de su titular”; Que, el artículo 3º, inciso 3.2 numeral 3.2.5 de la Ley 28687 de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos, establece que no está comprendido en el ámbito de la presente ley, los terrenos ubicados en zonas de riesgo, previa comprobación del mismo por la Autoridad Nacional del Agua, el Instituto Nacional de Defensa Civil u otros organismos competentes. Por su parte, el artículo 24º del mismo texto legal establece que las constancias de posesión para la factibilidad de servicios básicos se otorgarán en los terrenos ocupados por posesiones informales a que se re fi ere el artículo 3º de la presente Ley; Que, mediante Informe Nº 00000231-2024/RAMD- SGAPI-MDM la Sub Gerente de Administración de la propiedad Inmueble, solicita opinión de la Sub Gerencia de Plani fi cación Presupuesto y Racionalización quien además deberá requerir información del Departamento de Obras Privadas y Defensa Civil y Departamento de Habilitaciones Urbanas y Catastro sobre la actualización del plan de desarrollo especi fi co, PDU acción de mitigación de la faja marginal, opinión sobre las zonas de riesgo, fi nalmente de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica que deberá de remitir opinión fi nal .Anexo proyecto “Ordenanza Municipal que regula el procedimiento de otorgamiento de constancias de posesión para factibilidad de servicios básicos esenciales en el distrito de Majes”; Que, mediante el Informe Nº 00000205-2024/SGAJ/ MDM de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye Conforme a los antecedentes, deberá de ponerse a consideración del pleno del concejo para que encargue el estudio de la propuesta de ordenanza a la comisión de regidores que corresponda, la que incluso debido a su ámbito de aplicación podría recaer en dos distintas comisiones como son la de desarrollo Institucional y la de Administración de la propiedad inmueble. Por ello se hace necesarios poner de conocimiento del Pleno para las acciones oportunas y su posterior conocimiento en el Pleno del Concejo Municipal; Que, mediante Informe Nº 00000269-2024/RAMD- SGAPI-MDM la Sub Gerente de Administración de la propiedad Inmueble, considera como información complementaria sobre la tipología de los predios materia de análisis de la presente ordenanza las opiniones remitidas con Informe Nº 00000190-2024/DOPYDC/SGDU/MDM del Departamento de Obras Privadas y Defensa Civil, Informe Nº 00000266-2024/DHUYC/SGDU/MDM del Departamento de Habilitaciones Urbanas y Catastro, Informe Nº 00000054-2024/EWCR/DSFL/ SGAPI/MDM del Departamento de Saneamiento Físico Legal; Que, mediante el Proveído Nº 00000784- 2024-SGPPYR/MDM de la Sub Gerencia de Plani fi cación Presupuesto y Racionalización, remite el Informe Nº 00000060-2024/UPYR-SGPPYR/MDM de la Unidad de Plani fi cación y Racionalización, concluye que en atención a lo solicitado en el Proveído Nº00000836-2024/GM/ MDM, indicar que, el proyecto de ordenanza municipal contiene la información de los requisitos, plazos, califi cación y demás relacionados al procedimiento administrativo otorgamiento de constancias de posesión para la factibilidad de servicios básicos, constituyendo información necesaria y su fi ciente para poder incorporarlo al TUPA de la municipalidad ello de conformidad con el numeral 17.2 de la Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP.la incorporación del