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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (26/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de junio de 2024 El Peruano / MDSA de la Gerencia de Servicios Públicos y Desarrollo Humano; el Informe N° 281-2024-MDSA/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; el Memorándum Nº 424-2024-MDSA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al artículo 197° de la Constitución Política del Perú, las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local. Asimismo, el artículo IX del Título Preliminar de la Ley 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el proceso de planeación es integral, permanente y participativo, articulando a la municipalidad con sus vecinos, teniendo principios la participación ciudadana a través de sus organizaciones vecinales; Que, conforme con el artículo 111° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, establece que los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de participación vecinal; asimismo la citada norma, en su artículo 102º, establece la conformación del Consejo de Coordinación Local Distrital, precisando que debe estar integrado por el Alcalde, quien lo preside, por los regidores, y por los representantes de las organizaciones sociales de base, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier forma de organización de nivel distrital; Que, mediante Ordenanza N°000091/MDSA, aprobada el 27 de marzo del 2012, se regula el procedimiento para el proceso de elecciones de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, precisando que el artículo 12°, que la convocatoria para la elección la realiza el Alcalde mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 00001-2024/ MDSA, de fecha 24 de enero del 2024, se conforma el Comité Electoral, encargado del proceso de elección de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital –CCLD en el Distrito de Santa Anita, para el periodo 2024-2026; Que, con informe N° 144-2024-SGPCBSDCO- GSPDH/MDSA, actualizado con el Informe Nº 159-2024-SGPCBSDCO, la Subgerencia de Participación Ciudadana, Bienestar Social, DEMUNA, CIAM y OMAPED, remite la propuesta para que se efectué la convocatoria para la elección de los representantes de la sociedad civil para integrar el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD, en el Distrito de Santa Anita periodo 2024-2026; Que, mediante Memorándum Nº 0542-2024-OGPPPI/ MDSA de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones considera pertinente la aprobación del cronograma dela convocatoria para efectuar la elección de los representantes de la sociedad civil, que integran el Concejo de Coordinación Local Distrital – CCLD; asimismo, a través del Informe Nº 0054-2024-SSPDH/MDSA, el Gerente de Servicios Públicos y Desarrollo Humano emite opinión favorable a la propuesta; Que, mediante Informe N° 281-2024-MDSA/OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable para que se formalice la convocatoria a elecciones para elegir a los representantes de la sociedad civil, que integran el Concejo de Coordinación Local Distrital -CCLD periodo 2024-2026; Estando a lo expuesto y en uso las facultades otorgadas por el artículo 20º, inciso 6) de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR a elecciones de los cinco (05) representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Concejo de Coordinación Local distrital -CCLD, para el periodo 2024-2026; Artículo Segundo.- APROBAR el cronograma del proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil, para el Periodo 2024-2026, el mismo que se detalla a continuación:N° ACTIVIDADES CRONOGRAMA 1 Difusión de las actividades CCLD 28 de Junio al 12 de Julio 2Inscripción de las organizaciones en el Libro de Registro distrital de organizaciones de la sociedad civil y de delegados electorales para el proceso de elección.28 de Junio al 13 de Julio 3Publicación del Padrón Electoral Provisional 14 de Julio 4 Impugnaciones al Padrón Provisional 15 al 16 de Julio 5Resolución de la Impugnación por el Comité Electoral17 de Julio 6Publicación del Padrón Electoral Defi nitivo18 de Julio 7 Inscripción de candidatos19 de Julio al 10 de Agosto 8Publicación de la lista provisional de candidatos12 de Agosto 9 Presentación de tachas 13 y 14 de Agosto 10 Resolución de Tachas 15 de Agosto 11Publicación de la lista de fi nitiva de Candidatos16 de Agosto 12ACTO ELECTORAL Auditorio municipal sito en la av. Eucaliptos Cdra 12 s/n de 8.30 am a 1.00 pmESCRUTINIO Y PROCLAMACIÓNA partir de la 1 p.m. hasta concluir con el Acta Electoral.17 de Agosto 13 Publicación de Resultados 20 de Agosto Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios Públicos y Desarrollo Humano y a la O fi cina de Relaciones Públicas e Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía; de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaria su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, y a la O fi cina de Tecnología de la Información y Comunicación su publicación en la página web de la municipalidad distrital de Santa Anita. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OLIMPIO ALEGRIA CALDERON Alcalde 2300629-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Aprueban Plan Operativo denominado ¡AQUÍ NO CUADRAS!, destinado a prohibir el estacionamiento y abandono de vehículos que afecten el libre tránsito o estacionados en las zonas más concurridas del distrito y el respeto a la normatividad referida al estacionamiento vehicular DECRETO DE ALCALDÍA Nº 015-2024-MSS Santiago de Surco, 13 de junio del 2024 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO