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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (26/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de junio de 2024 El Peruano / Así mismo, se intervendrá prioritariamente a zonas de estacionamiento preferencial, así como cocheras. Artículo Tercero.- El Ámbito de Aplicación y el Plazo de la Campaña ¡AQUÍ NO CUADRAS! podrán ser ampliados a través de Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- DISPONER el inicio de forma paralela, de la correspondiente campaña de sensibilización, a cargo de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, a fi n de crear consciencia en los vecinos y conductores en general, de la importancia de respetar las normas de tránsito en general, y en especial las normas referidas al estacionamiento vehicular. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General de la Municipalidad de Santiago de Surco, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal Institucional de la Municipalidad www.munisurco.gob.pe, en el Portal de Transparencia Estándar (www.transparencia.gob.pe), y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe); así como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la difusión del presente Decreto. Artículo Sexto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS BRUCE MONTES DE OCA Alcalde 1 ARTÍCULO 73º.- MATERIAS DE COMPETENCIA MUNICIPAL. (…) Las municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones especí fi cas “(…) 1.5. Acondicionamiento territorial. (…). 1.8. Vialidad. 2. Servicios públicos locales (…) 2.2. Tránsito, circulación y transporte público. 2.8. Promoción del desarrollo económico local para la generación de empleo. (…)” ARTÍCULO 74º.- FUNCIONES ESPECÍFICAS MUNICIPALES Las municipalidades ejercen, de manera exclusiva o compartida, una función promotora, normativa y reguladora, así como las de ejecución y de fi scalización y control, en las materias de su competencia, conforme a la presente ley y la Ley de Bases de la Descentralización. 2300389-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA Aprueban licencia de Regidora de la Municipalidad Provincial de Arequipa para participar en evento a realizarse en la Región de Macao - China ACUERDO DE CONCEJO N° 226-2024-MPA Arequipa, 12 de junio del 2024 VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal realizada el 6 de junio del 2024, el Informe Nº 96-2024-MPA-GDS/SGTYRE, de la Sub Gerencia de Turismo y Relaciones Exteriores, el Informe Nº 87-2024- GDS de la Gerencia de Desarrollo Social, el Escrito de Registro Nº 54401-2024, presentado por la regidora Ingrid Natty Carpio Pérez, y el Dictamen Legal Nº 676-2024- MPA/GAJ, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de Arequipa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional, es una entidad de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y se rige por la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades; Que, con Informe Nº 96-2024-MPA/GDS/SGTYRE, la Sub Gerencia de Turismo y Relaciones Exteriores, precisa que, la integración de ciudades creativas en gastronomía permite ejecutar lineamientos estratégicos relevantes para nuestro desarrollo articulado entre instancias de gobierno, privados y sociedad civil y es en razón de ello que la ciudad de Arequipa es invitada a participar del 25 Aniversario de Fundación de la ciudad de Macao y al Carnaval Gastronómico de Ciudades Creativas en Gastronomía por la UNESCO, evento que se realizará del 14 al 23 de junio del presente año 2024, actividad denominada “Opening Ceremony” y “Gastronomy Forum”, precisando que la Dirección of Macao Government Tourism Of fi ce and (Directora de la Ofi cina de Turismo de Gobierno de Macao SAR - China) cursó invitación para su participación a la Regidora Abog. Ingrid Natty Carpio Pérez. Precisando que dicho viaje no generará costo alguno a la Municipalidad Provincial de Arequipa; Que, mediante escrito de registro 54401-2024, la Regidora Ingrid Natty Carpio Pérez, expresa su voluntad de participar en dicha actividad y solicita autorización al Concejo Municipal para viajar al extranjero y asistir al referido evento a partir del 12 de junio de 2024; Que, conforme al artículo 9 inc. 11 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, corresponde al Concejo Municipal, adoptar el acuerdo correspondiente en cuanto a la autorización para el viaje al exterior de la Regidora Ingrid Natty Carpio Pérez y su participación en el evento denominado, “25 Aniversario de Fundación de la Ciudad de Macao y al Carnaval Gastronómico de Ciudades Creativas en Gastronomía por la UNESCO”, el mismo que se realizará del 14 al 23 de junio del presente año 2024, actividad denominada “Opening Ceremony” y “Gastronomy Forum”, precisando que la Dirección of Macao Government Tourism Of fi ce and the “International Gastronomy Forum, Macao”, asimismo, ha señalado que dicha participación no generará costo alguno a la Municipalidad Provincial de Arequipa; En mérito a las competencias del Concejo Municipal precisadas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y con el voto mayoritario de los miembros del Concejo Municipal de Arequipa y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó el siguiente: ACUERDO:Artículo 1º.- APROBAR la licencia de la Abog. INGRID NATTY CARPIO PÉREZ, Regidora de la Municipalidad Provincial de Arequipa, del 12 al 23 de junio del 2024, para participar en el evento denominado: “25 Aniversario de la Fundación de la Ciudad de Macao y al Carnaval Gastronómico de Ciudades Creativas en Gastronomía por la UNESCO”, que se desarrollará en la Región de Macao - China, del 14 al 23 de junio del 2024, actividad denominada: “Opening Ceremony” y “Gastronomy Forum”, el cual no irrogará gasto alguno a la entidad, conforme a las consideraciones establecidas en el presente Acuerdo de Concejo. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- DISPONER que, Sub Gerencia de Informática y Estadística, publique la presente norma municipal en el portal institucional (www.muniarequipa.gob.) de la Municipalidad Provincial de Arequipa y en el del Portal Estándar de Transparencia del Estado Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR HUGO RIVERA CHÁVEZ Alcalde Provincial de Arequipa 2299288-1