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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (30/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Domingo 30 de junio de 2024 El Peruano / títulos cumplan las condiciones de acceso y permanencia del ordenamiento normativo vigente y las normas complementarias que regulan la vigencia extraordinaria, y que además, no se encuentren en las excepciones previstas en la Quinta Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley Nº 30900; Que, en consideración a lo dispuesto en el literal s) del artículo 81 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte para Lima y Callao – ATU, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 193-2023-ATU/PE, esta Dirección cuenta con facultades para la emisión de resoluciones en los asuntos de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU y sus modi fi catorias, el Reglamento de la Ley Nº 30900, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2019-MTC, y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 193-2023-ATU/PE que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte para Lima y Callao – ATU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Prorróguese hasta el 31 de diciembre de 2024, los títulos habilitantes relacionados con la prestación del Servicio de Transporte Regular de Personas, bajo competencia de la ATU, cuya fecha de vencimiento se encuentren comprendidos entre el 30 de junio de 2024 y el 20 de octubre de 2024, en atención a la Quinta Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 005-2019-MTC, salvo aquellos títulos cuya culminación fue resultado de la imposición de sanción, medida complementaria, o medida correctiva, u otra que contravenga las condiciones de acceso y permanencia. Artículo 2.- Dispóngase la actualización de los registros administrativos relacionados a la prestación del servicio de transporte regular. Artículo 3.- Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial “El Peruano” y, el mismo día de su publicación, en la sede digital de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (https://www.gob.pe/atu). Regístrese, comuníquese y publíquese;EDUARDO BEINGOLEA ZELADA Director de la Direccion de Operaciones (DT) 2302463-1 ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO Designan Gerente de Administración y Finanzas de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Loreto Sociedad Anónima – EPS SEDALORETO S.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 000015-2024-OTASS-CD Lima, 28 de junio de 2024 VISTO: Los Informes Nº 000612-2024-OTASS-URH y Nº 000620-2024-OTASS-URH de la Unidad de Recursos Humanos, los Informes Nº 000264-2024-OTASS-OA y Nº 000271-2024-OTASS-OA de la O fi cina de Administración, el Memorando Nº 000067-2024-OTASS-ST-CD de la Secretaría Técnica del Consejo Directivo, y el Informe Nº 000263-2024-OTASS-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario y tiene por objeto promover y ejecutar la política del Ente rector en materia de gestión y administración de la prestación de los servicios de saneamiento; Que, el inciso 101.1 del artículo 101 de la Ley de Agua y Saneamiento, dispone que a partir del inicio y durante la aplicación del Régimen de Apoyo Transitorio, la responsabilidad y la administración de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento en el ámbito de las empresas prestadoras se encuentra a cargo del OTASS, precisando que para dichos efectos, el OTASS se encuentra facultado entre otros, en su numeral 3, que: “ Respecto del personal de Con fi anza, el OTASS: i) Contrata personal de con fi anza bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), defi niéndose en cada empresa prestadora el número de personas que tienen la calidad de personal de con fi anza, de acuerdo al número de conexiones de agua potable que administran, considerando hasta un profesional de confi anza por cada siete mil (7,000) conexiones, en un número no menor a cinco (5); exceptuándose del requisito de que la plaza se encuentre previamente prevista en el Cuadro de Asignación de Personal (CAP), CAP Provisional, Cuadro de Puestos de la Entidad y Presupuesto Analítico de Personal; así como, de la condición establecida en la parte fi nal de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales; y, de los límites establecidos por el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 053- 2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31419, de cada EPS en RAT, y el artículo 77 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; ii) Asume las gerencias con profesionales pertenecientes al OTASS; y/o, iii) Rati fi ca en sus cargos a los gerentes que venían desempeñándose previo al inicio del Régimen de Apoyo Transitorio”; Que, el numeral 101.4. del artículo 101 de la Ley de Agua y Saneamiento, señala que: “El Acuerdo de Consejo Directivo del OTASS que designa a los Directores y a los Gerentes en las empresas prestadoras incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio, es título su fi ciente para su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la ofi cina registral respectiva.”; Que, a través de la Sesión Extraordinaria Nº 008- 2024, con fecha 28 de junio de 2024, el Consejo Directivo del OTASS, en mérito a los Informes Nº 000612-2024-OTASS-URH y Nº 000620-2024-OTASS-URH de la Unidad de Recursos Humanos y los Informes Nº 000264-2024-OTASS-OA y Nº 000271-2024-OTASS- OA de la O fi cina de Administración; acordó, dar por concluida la designación de la señora YILDA MARISSELLA CAMBERO SCHERADER, en el cargo de Gerente de Administración y Finanzas de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Loreto Sociedad Anónima – EPS SEDALORETO S.A., siendo su último día de labores el 30 de junio de 2024; revocándole las funciones, atribuciones y responsabilidades delegadas; asimismo, se acordó designar al señor JAMES IVAN VASQUEZ ACOSTA en el cargo de Gerente de Administración y Finanzas de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Loreto Sociedad Anónima – EPS SEDALORETO S.A., a partir del 01 de julio de 2024; delegándole las funciones, atribuciones y responsabilidades que le corresponden, según los documentos internos de gestión de la citada Empresa;