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60 NORMAS LEGALES Domingo 3 de marzo de 2024 El Peruano / Jurídica, se rati fi ca en el contenido de su Informe N° 413-2023-MPC/OGAJ de fecha 05 de octubre de 2023, para que a través de ordenanza municipal se apruebe el cambio de zoni fi cación solicitado, del predio ubicado en la Urbanización Popular de Interés Social, Proyecto Especial Ciudad Pachacútec, Mz. G, Lote 1, Sector F, Grupo Residencial 3, Barrio XIII, Distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, inscrito con Partida Registral N° P01064868, el cual quedará de manera exclusiva con zoni fi cación: Educación (E); Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, la Gerencia de Desarrollo Urbano y la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal Provincial del Callao, por unanimidad, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DE PARTE DEL PREDIO UBICADO EN LA URBANIZACIÓN POPULAR DE INTERÉS SOCIAL, PROYECTO ESPECIAL CIUDAD PACHACUTEC, MZ. G, LOTE 1, SECTOR F, GRUPO RESIDENCIAL 3, BARRIO XIII, DISTRITO DE VENTANILLA, PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO, PARA SER DESTINADO A EDUCACION Artículo 1°.- APRUEBESE el cambio de zoni fi cación de 4,324.27 m2 (82.78%) del predio ubicado en la Urbanización Popular de Interés Social, Proyecto Especial Ciudad Pachacutec, Mz. G, Lote 1, Sector F, Grupo Residencial 3, Barrio XIII, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, de Zona de Recreación Pública (ZRP) a Educación (E). En consecuencia, el íntegro del mencionado predio (5,233.81 m2) contará con zoni fi cación destinada a Educación (E), a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 2°.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Urbano el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 3°.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”, y a la O fi cina General de Tecnologías de la Información y Telecomunicación, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao (www.gob.pe/municallao). POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla.PEDRO SPADARO PHILIPPS Alcalde 2266439-1 Ordenanza Municipal que aprueba el Programa de Incentivos “VECINO PUNTUAL CHALACO - VPCHALACO” ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2024/MPC Callao, 22 de febrero de 2024 El ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, VISTO: En Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, el Dictamen Nº 013-2024-MPC-SR-COADAL, de fecha 16 de febrero de 2024, de la Comisión de Administración y Asuntos Legales; el O fi cio N° 115-2024-MPC/SGCM- OACMA, de fecha 13 de febrero de 2024, emitido por la Secretaría General del Concejo Municipal; el Memorándum N° 321-2024-MPC/GM de fecha 13 de febrero de 2024, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe N° 065- 2024-MPC/OGAJ de fecha 13 de febrero de 2024, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 098-2024-MPC/OGPMPI de fecha 12 de febrero, emitido por la O fi cina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones; el Informe N° 758-2024-MPC/OGPMPI-OPR de fecha 12 de febrero, emitido por la O fi cina de Presupuesto; el Informe N° 24-2024-MPC-GAT de fecha 08 de febrero de 2024, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe N° 113-2024-MPC-GAT-SGRC de fecha 08 de febrero, emitido por la Subgerencia de Recaudación; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el artículo 9° numeral 8) de la Ley N° 27972, prescribe que corresponde al Concejo Municipal, entre otras atribuciones, aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, el Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que; las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, el Artículo 20° del Texto Único Ordenando de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que el 5% del rendimiento del Impuesto Predial, se destina exclusivamente a fi nanciar el desarrollo y mantenimiento de catastro distrital, así como a las acciones que realice la administración tributaria, destinadas a reforzar su gestión y mejorar su recaudación; Que, mediante Informe N° 24-2024-MPC-GAT, de fecha 08 de febrero de 2023, la Gerencia de Administración Tributaria remite a la Gerencia Municipal el Informe N° 113-2024-MPC-GAT-SGRC, emitido en la misma fecha, por el cual la Subgerencia de Recaudación presenta el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el “Programa de Incentivos Vecino Puntual Chalaco-VPCHALACO”; indicando que es necesario desarrollar acciones que generen conciencia tributaria, promuevan y premien el pago oportuno de las obligaciones, cuyo efecto consolide políticas de gestión tributaria, reduciendo el índice de morosidad por parte de los vecinos del distrito; Que, con Memorando N° 098-2024-MPC/OGPMPI de fecha 12 de febrero de 2024, la O fi cina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones, hace suyo el Informe N° 758-2024-MPC/OGPMPI-OPR por el cual la O fi cina de Presupuesto otorga opinión favorable al Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el “Programa de Incentivos Vecino Puntual Chalaco-VPCHALACO”; toda vez que tiene como principal objetivo promover el bienestar de los vecinos del distrito, incentivar el cumplimiento puntual de las obligaciones tributarias de aquellos contribuyentes que cumplan con el requisito de ser persona natural, sociedad conyugal o sucesión indivisa, que registren por lo menos un predio con uso de casa habitación, que no mantengan ninguna obligación tributaria, costas y gastos administrativos vencidos pendiente de pago o fraccionada, tanto del ejercicio fi scal corriente como de periodos anteriores; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe N° 065-2024-MPC/OGAJ de fecha 13 de febrero de 2024, emite opinión legal favorable para la aprobación del Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el “Programa de Incentivos Vecino Puntual