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57 NORMAS LEGALES Domingo 3 de marzo de 2024 El Peruano / relaciones Estado – Sociedad Civil; asimismo, en su artículo 2º señala que, la Ley tiene por objeto establecer disposiciones que aseguren la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto, el cual se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; especi fi cándose las acciones del proceso de presupuesto participativo mediante la Ley Nº 29298, que modi fi có los artículos 4º, 5º, 6º y 7º de la mencionada Ley citada precedentemente; Que, de conformidad a la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 29298, y el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 132-2010-EF, se establecen criterios de alcance y montos de ejecución que permiten delimitar los proyectos de inversión pública de impacto regional, provincial y distrital, a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Locales en sus respectivos Presupuestos Participativos; Que, de conformidad al Decreto Supremo Nº 142- 2009-EF, que reglamenta la Ley Marco del Presupuesto Participativo – Ley Nº 28056, y el Decreto Supremo Nº 131-2010-EF, que modi fi ca el artículo 6º del mencionado Reglamento, se precisan los lineamientos que permiten regular la participación de la sociedad civil en el proceso de Presupuesto Participativo; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 007- 2010-EF-76.01, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, que tiene como objetivo: establecer mecanismos y pautas para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales en el marco de la Ley del Presupuesto Participativo – Ley Nº 28056, su modi fi catoria, Ley Nº 29298, el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, que precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital, su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF; dicho proceso debe estar orientado a resultados con la fi nalidad que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos y resultados especí fi cos que la población necesite, particularmente en aquellas dimensiones que se consideran más prioritarias para el desarrollo regional o local, evitando, de este modo inefi ciencias en la asignación de los recursos públicos; Que, con Ordenanza Municipal Nº 634/MDC, se aprueba la Ampliación del Horizonte Temporal del Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2021 del Distrito de Comas hasta el año 2025, el cual se constituye en un instrumento de gestión estratégica, concertado entre las autoridades y la sociedad civil, que establece las orientaciones y prioridades estratégicas del desarrollo del territorio, contiene la visión, los objetivos estratégicos y las metas por cumplir a corto, mediano y largo plazo, también las actividades y proyectos a realizar; Que, según el Decreto Legislativo Nº 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones en su artículo 5º, acápite 5.1, señala que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, así como los Órganos Resolutivos, las O fi cinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladoras y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, mediante el Informe Nº 013-2024-OGPP/MDC de fecha 30 de enero de 2024, la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, comunica a la Gerencia Municipal la necesidad de aprobar el proyecto de “Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año Fiscal 2025 en el distrito de Comas” con la fi nalidad de garantizar la mayor participación de los diferentes actores sociales en el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, que permita de fi nir las prioridades de inversión encaminados a resolver los principales problemas aprovechando los potenciales locales, con una orientación adecuada en el uso de los recursos públicos en bene fi cio del desarrollo local, haciendo posible la generación de mejores condiciones de vida a los ciudadanos comeños; Que, con Informe Nº 017-2024-SGPV-GMDSPS/ MDC de fecha 30 de enero de 2024, la Subgerencia de Participación Vecinal informa a la Gerencia de la Mujer, Desarrollo Social y Programas Sociales que este proceso debe estar orientado a la solución de problemas prioritarios con la fi nalidad que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos y resultados especí fi cos que la población necesite, siendo de opinión favorable al proyecto de ordenanza; Que, mediante Informe Nº 012-2024-GMDSPS/MDC de fecha 01 de febrero de 2024, la Gerencia de la Mujer, Desarrollo Social y Programas Sociales, informa que se encuentra de acuerdo con todos los términos señalado en el informe de la Subgerencia de Participación Vecinal a su cargo, requiriendo se prosiga el trámite administrativo para su aprobación; Que, mediante el Informe Nº 118-2024-OGAJ/MDC de fecha 06 de febrero de 2024, la O fi cina General de Asesoría Jurídica estima que es viable la aprobación del proyecto de “Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año Fiscal 2025 en el distrito de Comas”, siendo que por principio de transparencia resulta necesario contar con un reglamento que determine los mecanismos y procedimientos que regule el Proceso del Presupuesto Participativo, en el que de acuerdo al cronograma establecido se podrá contar con la población, organizaciones sociales e instituciones públicas y privadas del distrito, a fi n de fortalecer las relaciones Estado – Sociedad, en base a los resultados obtenidos de esta Corporación Edil, para el año Fiscal 2025; por lo que opina procedente aprobar dicho proyecto de ordenanzas, debiendo elevarse al Concejo Municipal para su debate y aprobación; Que, mediante el Dictamen Nº 04-2024-CEAFPPTM/ MDC de fecha 15 de febrero de 2024, la Comisión Ordinaria de Regidores de Economía, Administración, Finanzas, Plani fi cación, Presupuesto y Tributación Municipal de la Municipalidad Distrital de Comas, recomienda al Pleno del Concejo Municipal, aprobar el Proyecto de Ordenanza que Reglamenta el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025 en el distrito de Comas, precisando que deberá aprobarse con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del Acta; De conformidad con las atribuciones previstas en el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto por MAYORIA de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2025 EN EL DISTRITO DE COMAS Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2025 EN EL DISTRITO DE COMAS, el cual consta de tres (3) Títulos, tres (3) Capítulos, veintisiete (27) Artículos y dos (2) Disposiciones Complementarias Finales, de acuerdo con el texto que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde para que emita las disposiciones complementarias, mediante Decreto de Alcaldía para la implementación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaría de Concejo Municipal la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”; a la Ofi cina de Tecnología de la Información, la publicación de la Ordenanza y su anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad, a la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, a la Gerencia de la Mujer, Desarrollo Social y Programas Sociales y demás áreas competentes, su debido cumplimiento. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ULISES VILLEGAS ROJAS Alcalde de Comas 2266769-1