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33 NORMAS LEGALES Martes 5 de marzo de 2024 El Peruano / el diario o fi cial “El Peruano” y, a la O fi cina de Gobierno Digital, la publicación del texto íntegro del Reglamento de Organización y Funciones y su Organigrama aprobado por la presente Ordenanza, en el Portal Institucional (www.munlima.gob.pe) y en Portal del Estado Peruano (www.peru.gob), el mismo día de su publicación. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Prorróguese, el plazo señalado en el artículo 2 de la Ordenanza N.° 2599: “Creación de órgano de Línea y adecuación de los Instrumentos de Gestión en el Marco de la Ley N.° 31980, Ley de Creación de un Régimen Especial para el Centro Histórico de Lima, a fi n de Proteger el Patrimonio Cultural y Fomentar su Desarrollo Integral y Sostenible”, que dispone la adecuación de los instrumentos de gestión municipal, por un plazo adicional de hasta veinte (20) días hábiles, contados a partir del 8 de marzo del 2024; consecuentemente, las unidades de organización de la Municipalidad Metropolitana de Lima continuarán con la atención y tramitación de los procedimientos administrativos, de conformidad con lo señalado en la única disposición complementaria transitoria de la referida ordenanza. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Deróguese la Primera Disposición Final de la Ordenanza N° 062-MML: “Reglamento de Administración del Centro Histórico de Lima”. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.Lima, 29 de febrero de 2024RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2266826-1 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Aprueban modificación del Manual de Clasificador de Cargos del Hospital Municipal Los Olivos RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 016-2024/HMLO Los Olivos, 29 de febrero de 2024 VISTOS: La Resolución de Gerencia Municipal Nº 142-2023-MDLO/GM de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, el Informe N° 115-2024-HMLO/GAF/URRHHyGR de la Unidad de Recursos Humanos del Hospital Municipal Los Olivos, el Informe N° 017-2024-HMLO/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del Hospital Municipal Los Olivos, el Informe N° 024-2024-HMLO/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Hospital Municipal Los Olivos, el O fi cio N° 023-2024-GM/MDLO de la Gerencia Municipal de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, y; CONSIDERANDO:Que, el Hospital Municipal Los Olivos es un Organismo Público Descentralizado de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, con personería jurídica de derecho público que ejerce sus funciones con autonomía administrativa, económica, técnica y con patrimonio propio en los asuntos de su competencia, siendo creado mediante Ordenanza N°127-CDLO y sus modi fi catorias;Que, el artículo 6° de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, señala que las o fi cinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector, teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por Servir y por la entidad; supervisar, desarrollar y aplicar iniciativas de mejora continua en los procesos que conforman el Sistema de Gestión de Recursos Humanos; así como gestionar los per fi les de puestos; Que, el artículo 3° del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y sus modi fi catorias establece como uno de los subsistemas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el de organización del trabajo y su distribución, que de fi ne las características y condiciones de ejercicio de las funciones, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas, y que comprende los procesos de diseño de los puestos y administración de puestos; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR formaliza el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, la cual tiene por fi nalidad que las entidades públicas cuenten con reglas que les permitan elaborar el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC); Que, el literal c) del sub numeral 5.1 del numeral 5 de la citada Directiva, de fi ne al Manual de Clasi fi cador de Cargos como el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad, asimismo, dispone en el literal h) que el Titular de la Entidad es la máxima autoridad administrativa para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; Que, el numeral 6.1.7 de la mencionada directiva, establece que la O fi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces debe elevar la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) al (a la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia; asimismo, dispone que de obtener la validación, el (la) titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad; Que, de acuerdo con el sub numeral 6.1.8 de la directiva, en caso de constituir una Entidad Tipo B, previo a la aprobación del MCC por parte del(la) titular, debe remitir su propuesta al(la) titular de la entidad Tipo A a la que se encuentra adscrita. La entidad Tipo A, a través de su ORH, o la que haga las veces, debe evaluar la propuesta según los lineamientos dispuestos en la presente directiva y en atención a su propio MCC; Que, a través de la Resolución de Gerencia Municipal Nº 142-2023-MDLO/GM, la Gerencia Municipal de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, declaró como Entidad Pública Tipo B para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, al Hospital Municipal Los Olivos, Organismo Público Descentralizado de la Municipalidad Distrital de Los Olivos; Que, bajo el marco legal expuesto, la Unidad de Recursos Humanos del Hospital Municipal Los Olivos mediante Informe N° 115-2024-HMLO/GAF/URRHHyGR, sustenta la modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos del Hospital Municipal Los Olivos, en relación a los requisitos establecidos para directivos de unidades, en los términos que aparecen en su documento, con la