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76 NORMAS LEGALES Jueves 7 de marzo de 2024 El Peruano / población se encuentre debidamente informada sobre las acciones que se tienen plani fi cado ejecutar en el proceso del presupuesto participativo regional, teniendo como principal medio de comunicación el Portal Web Institucional. Asimismo, promoverá la participación responsable de la sociedad civil con la fi nalidad de empoderar su participación en la toma de decisiones concertada y compromisos asumidos en el proceso participativo para ello podrá utilizar en otros mecanismos, el establecimiento de alianzas estratégicas con organismos privados que realicen acciones encaminadas a fortalecer la participación y vigilancia ciudadana. Artículo 16°.- Actualización del Reglamento El Gobierno Regional de Tumbes realizará la actualización del Reglamento en su oportunidad, con la fi nalidad de adecuarlo a los dispositivos legales vigentes en el año en el que se realiza el Proceso Participativo. Para ello deberá tomar en cuenta la adecuación de las fases y el cronograma de actividades que se requieran para el mejor cumplimiento del proceso, considerando la realidad territorial que serán reguladas mediante Ordenanza Regional. Artículo 17º.- De la Ordenanza Regional La dación de la Ordenanza Regional regula el proceso del Presupuesto Participativo y precisa de ser el caso, la aprobación del Reglamento del Proceso, Cronograma de ejecución del proceso y conformación del Equipo Técnico. Artículo 18.- Convocatoria Pública Una vez aprobada la ordenanza regional, el Gobernador Regional, conjuntamente con los miembros del Consejo de Coordinación Regional, convocan públicamente al Proceso de Presupuesto Participativo a través de los medios de comunicación de alcance regional mediante anuncios en los diarios y avisos radiales, dando a conocer el Cronograma del Proceso. El Gobierno Regional de Tumbes comprometerá a la población debidamente organizada; a las organizaciones públicas y privadas que ejecutan acciones en la región, a la Cooperación Técnica y autoridades elegidas democráticamente a participar activamente en el proceso. El Gobierno Regional de Tumbes liderará el proceso y constituirá Alianzas Estratégicas con Organizaciones de la Sociedad Civil con la fi nalidad de sumar esfuerzos para alcanzar una mayor cobertura participativa. Artículo 19º.- De la Identi fi cación de Agentes Participantes Para efectos del Proceso Participativo, los agentes participantes se identi fi can tomando en cuenta que existen dos clases de agentes participantes: agentes participantes con voz y voto y agentes participantes con voz, pero sin voto, disponiéndose su registro correspondiente. - Agentes Participantes con voz y voto: Los agentes participantes del proceso del Presupuesto Participativo con voz y voto son aquellos de carácter regional, y/o provincial que se mencionan a continuación: • Miembros del Consejo de Coordinación Regional: Gobernador Regional (o Vice Gobernador Regional), alcaldes, Distritales, Provinciales y Representantes de la Sociedad Civil elegidos. • Miembros del Consejo Regional• Los representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil debidamente inscritos en el Libro de Registro Regional actualizado del Gobierno Regional de Tumbes. • Los Representantes de la Sociedad Civil Organizada y No Organizada que con fi rmen su participación por escrito, en el proceso del Presupuesto Participativo. • Los representantes de las dependencias u organismos nacionales presentes en el departamento; de igual manera, los organismos de Estado como son las Unidades Ejecutoras Sectoriales, Direcciones Regionales u otros organismos Públicos.• Los representantes de Instituciones Privadas: Universidades, Organizaciones Empresariales, Colegios Profesionales, Asociaciones Juveniles, Organizaciones Sociales de Base, Comunidades, Asociaciones de Personas con Discapacidad, Mujeres y Niños. • Los representantes de los Espacios de Concertación de la Sociedad Civil-Estado, de los diferentes Consejos Regionales (CORDA, CORES, COREMYPE, COREDIS, COPARE, entre otros). - Agentes Participantes con voz, pero sin voto:Está conformado por el Equipo Técnico del Gobierno Regional, según se menciona en el Art. 9º del presente reglamento. Artículo 20º.- De la Inscripción y Registro de Agentes Participantes de la Sociedad Civil. Podrán solicitar su inscripción para el Proceso del Presupuesto Participativo, los siguientes Organizaciones de la Sociedad Civil: a) Los representantes de organizaciones e instituciones de carácter provincial, y/o regional inscritas en el Libro Registro de la Sociedad Civil del Gobierno Regional de Tumbes, en cuyo caso sólo deberán con fi rmar su participación por escrito. b) Otros representantes de las organizaciones de la sociedad civil e instituciones que participen únicamente cuando se realice el Proceso de Presupuesto Participativo, y que tengan representatividad provincial, y/o regional, deben cumplir con los siguientes requisitos: - Solicitud de inscripción dirigida al Gerente Regional Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional, la que podrá presentarse en las o fi cinas de trámite documentario de la Sede Tumbes. - La Solicitud debe contener la razón social de la organización y la identi fi cación de la persona que la representará, así como la designación de un representante alterno para solucionar inasistencias en casos fortuitos o de fuerza mayor. - Se deberá acompañar los siguientes documentos: • Copia del documento de identidad de los representantes designados titular y alterno. • Copia del documento en la que se acredite la Vigencia de la Junta Directiva actual de su Organización. • Copia simple de documentos que acrediten por lo menos dos (02) años de actividad institucional y presencia efectiva en el nivel regional, y/o provincial. Para ello las organizaciones podrán adjuntar fotocopias del Libro de Actas, instrumentos jurídicos suscritos, memoriales, publicaciones, boletines, entre otros. • Copia simple del Acta que contenga el acuerdo de participar en el proceso y la designación de su(s) representante(s) titular y suplente. La inscripción de Agentes Participantes se efectuará según cronograma que se establezca en la Convocatoria Pública correspondiente. Artículo 21º.- Atribuciones y Responsabilidades de los Agentes Participantes Los Agentes Participantes deberán asistir, cuando el Gobernador del Gobierno Regional los convoque dentro del Proceso del Presupuesto Participativo. Para este fi n. Los Agentes Participantes tendrán en cuenta lo siguiente: • Deberán estar inscritos y acreditados como agentes participantes. • La participación debe ser activa y responsable; puntual e integral. • El diálogo, entre los agentes participantes con voz y voto y los agentes participantes con voz pero sin voto , debe ser constante y fl uido, sobre asuntos estrictamente relacionados con el proceso. • Es importante fi jar los temas a discutir a fi n de garantizar el cumplimiento de los objetivos en procura del desarrollo socioeconómico de la población Tumbesina.