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79 NORMAS LEGALES Jueves 7 de marzo de 2024 El Peruano / Los proyectos deben ser incluidos en el Presupuesto Institucional del gobierno Regional de Tumbes para su aprobación por el Consejo Regional. Asimismo, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto o la que haga sus veces, elabora un cronograma de ejecución de proyectos que deberá ser puesto a disposición del Comité de Vigilancia y el Consejos de Coordinación Regional, así como del Consejo Regional. Si en la etapa de ejecución, alguno de los proyectos priorizados en el presupuesto participativo no puede ser ejecutado, el Gobernador Regional dispondrá el reemplazo de dicho proyecto por otro, según la escala de prioridades establecida participativamente y el nivel de recursos disponibles para su atención, hecho que debe hacerse de conocimiento al Consejo de Coordinación y al Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo. • Rendición de CuentasLa Rendición de Cuentas correspondiente al ejercicio anterior es responsabilidad del Gobernador Regional la rendición de cuentas correspondiente. Todos los agentes participantes son responsables de participar en dicho acto. La Rendición de Cuentas constituye un mecanismo de corresponsabilidad entre las autoridades y la sociedad civil, permite evaluar el desarrollo del proceso y genera elementos para concertar, asumir y medir responsabilidades y compromisos frente al cumplimiento de las acciones trazadas participativamente. Por ello, el Gobernador Regional y alcaldes deben informar a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los Acuerdos y Compromisos asumidos en el año anterior por las entidades del Estado y la Sociedad Civil en particular, sobre lo siguiente: a. Programación y nivel de avance en la ejecución y resultados (en términos de población bene fi ciada y problemas resueltos), de los proyectos priorizados en el Proceso del Presupuesto Participativo del año anterior. b. Sustentar los cambios efectuados a los proyectos priorizados en el Presupuesto Participativo anterior y modi fi caciones presupuestarias realizadas. c. Nivel de cumplimiento de los compromisos asumidos por cada uno de los actores, públicos y privados participantes del proceso. d. Presupuesto Institucional de Apertura del presente ejercicio. e. Asimismo, en este espacio las autoridades informan respecto a los resultados de su gestión en el año anterior, a nivel de actividades, proyectos y logro de los Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado. De igual modo, en esta reunión los agentes participantes de la sociedad civil y las entidades del Gobierno Nacional que hayan intervenido en el proceso informan sobre el cumplimiento de los compromisos que asumieron en el proceso participativo. El Equipo Técnico elabora un Resumen Ejecutivo conteniendo esta información básica. Dicho resumen es de carácter público y debe ser colocado en la página web institucional TÍTULO III MECANISMOS DE VIGILANCIA CAPÍTULO I Artículo 29º.- Comité de Vigilancia. El Comité de Vigilancia realiza acciones de vigilancia ciudadana del proceso participativo. Es elegido por los agentes participantes y será conformado por los agentes participantes que representan a la sociedad civil y debe ser reconocido formalmente por el Consejo Regional. Los requisitos para ser elegidos miembros del Comité de Vigilancia son: a. Ser Agente Participante, representante de una organización social de base o de institución privada, que forman parte del ámbito jurisdiccional.b. Radicar en la jurisdicción donde se desarrolla el proceso participativo. c. No haber sido condenado por delitos o faltas.La conformación del Comité de Vigilancia debe procurar la participación de mujeres y representantes de comunidades campesinas y otros grupos vulnerables, a fi n de cumplir con los principios de igualdad de oportunidades y equidad. Artículo 30º.- Funciones del Comité de Vigilancia. El número mínimo de personas que integran los Comités de Vigilancia es de cuatro (04) miembros y dentro de sus principales funciones, están las de: • Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Proceso del Presupuesto Participativo. • Vigilar que el Gobierno Regional cuente con un cronograma aprobado de ejecución de obras, de los proyectos de inversión priorizados en el proceso participativo. • Vigilar que los recursos del Gobierno Regional destinados al presupuesto participativo del año fi scal sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos. • Vigilar que los proyectos priorizados y ejecutados se vinculen efectivamente con la mejor provisión de servicios o productos a la población, en el marco de los resultados identi fi cados, incluyendo los niveles de cobertura alcanzados. • Vigilar que la sociedad civil cumpla con los compromisos asumidos en el co fi nanciamiento de los proyectos de inversión, incluidos en el proceso participativo. • Informar semestralmente, a los Consejos de Coordinación Regional y Local sobre los resultados de la vigilancia. • Presentar un reclamo o denuncia al Consejo Regional o, a la Contraloría General de la República, al Ministerio Público o a la Defensoría del Pueblo, en caso encuentren indicios o pruebas de alguna irregularidad en el proceso del Presupuesto Participativo o en la implementación de los acuerdos adoptados en éste. Artículo 31º.- Información para el Comité de Vigilancia El Gobiernos Regional deberá proporcionar a los Comités de Vigilancia, la siguiente información: • Cronograma de inversiones donde se detalle la programación de los proyectos priorizados, especí fi camente las fechas en las que se iniciará y culminará las etapas de pre inversión y la etapa de inversión, según corresponda. • El Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente y sus modi fi caciones, durante la ejecución, cuando éstas afecten los acuerdos del Presupuesto Participativo. • Ejecución de gastos de inversión, trimestral, semestral y anual del avance de la ejecución de proyectos de inversión según reporte del Sistema Integrado de Administración Financiera. • El Comité de Vigilancia deberá utilizar la información contenida en el “Aplicativo Interactivo para el Proceso Participativo del Presupuesto”. Artículo 32º.- Otros Actores de Vigilancia y Control Otros actores que también participan en la vigilancia del Proceso del Presupuesto Participativo: • Contraloría General de la RepúblicaSupervisa el cumplimiento del proceso y de los acuerdos. Con relación a este último punto, la Contraloría General de la República podrá requerir al Gobierno Regional las razones del incumplimiento de los acuerdos. • El órgano de control institucional del Gobierno Regional En el marco de sus funciones dentro del Sistema Nacional de Control, efectúa el control gubernamental