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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2024 (07/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 78

78 NORMAS LEGALES Jueves 7 de marzo de 2024 El Peruano / como contributivos al logro de los resultados priorizados. El resultado de esta fase es una lista de proyectos para ser discutida. Para este trabajo, el Equipo Técnico deberá concentrarse en tres tipos de análisis: a) Analizar la cartera de proyectos vinculados a los resultados priorizados, veri fi car si éstos cuentan con la viabilidad correspondiente, y si éstos guardan coherencia con los criterios de Alcance, Cobertura y Monto de Inversión establecidos en el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, y el Decreto supremo Nº 132-2010-EF que modi fi ca al anterior; con el siguiente detalle: b) Si el proyecto presentado no cuenta con la viabilidad requerida y responde a los criterios de priorización antes señalados, el Equipo Técnico coordina con las unidades correspondientes la formulación y aprobación del proyecto. c) En el caso que las propuestas de inversión no sean pertinentes y por tanto no existan en la cartera de proyectos alternativas de solución, el Equipo Técnico propone alternativas y coordina con las Unidades Formuladoras y la O fi cina Proyecto de Inversión, para el estudio de pre inversión correspondiente. En el caso que la formulación de proyectos no pueda ajustarse a los plazos del proceso, el Equipo Técnico debe recomendar su posterior formulación por los funcionarios competentes para su discusión en futuros procesos del Presupuesto Participativo. d) El Equipo Técnico presentará la lista de proyectos que superaron la evaluación técnica y que se ajustan a los criterios de impacto. Si el proyecto tiene naturaleza multianual, deberá presentarse los montos estimados de inversión por año, a fi n de conocer los niveles de inversión que deberán ser considerados en los montos de inversión que se asignarán al presupuesto participativo de los años siguientes. Luego, el representante del Equipo Técnico ordena los proyectos de mayor a menor puntaje, siendo los de mayor puntaje los más prioritarios y los de menor puntaje los menos prioritarios. Finalmente, se señala el costo total de cada proyecto y si cuenta con co fi nanciamiento; precisando el monto para conocimiento de todos los agentes participantes. Los proyectos priorizados en el proceso, cuyo fi nanciamiento requiera total o parcialmente recursos públicos, serán tomados en cuenta para su incorporación en el Presupuesto Institucional. Luego de identi fi cada la cartera de proyectos de inversión y teniendo en cuenta los costos totales, y cronograma de ejecución, se asignará el presupuesto a cada uno de los proyectos, de acuerdo con la asignación presupuestaria del presupuesto institucional. Los proyectos de inversión que por limitaciones presupuestales no logren fi nanciamiento, se incluyen en una lista de proyectos alternativos que deberá consignarse en el Acta de Formalización de Acuerdos y Compromisos, para su consideración en el presupuesto participativo del año siguiente. Si durante la fase de ejecución del presupuesto existiera mayor disponibilidad de recursos, estos proyectos pueden ser incorporados al presupuesto institucional mediante las modi fi caciones presupuestarias correspondientes. En la parte de formalización de acuerdos deberán realizarse las siguientes acciones: • El Equipo Técnico elaborara el Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo, para el año fi scal 2025. • El Gobernador Regional presenta los resultados del Presupuesto Participativo, consolidados en el Acta de Acuerdos y Compromisos a los Agentes Participantes para su consideración y aprobación fi nal. • Los miembros de los Consejos de Coordinación, presididos por el Gobernador Regional y demás Agentes Participantes, formalizan los acuerdos suscribiendo el Acta de Acuerdos y Compromisos, la que debe contener las fi rmas de todos los Agentes Participantes, tanto de los representantes del sector público como de la sociedad civil. • Conformar el Comité de Vigilancia, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Titulo III, Capítulo I del presente reglamento.• El Documento del Presupuesto Participativo y el Acta de Acuerdos y Compromisos del Proceso Participativo deben ser remitidos a la Dirección Nacional de Presupuesto Público. • -El Gobernador del Gobierno Regional, dispondrá la publicación del Acta de Acuerdos y Compromisos para conocimiento de la comunidad como mínimo en el portal electrónico institucional, así como en otros medios disponibles. Asimismo, durante el ejercicio presupuestal, en el Aplicativo Interactivo para el Proceso Participativo, deberá incorporarse la información sobre el avance de la ejecución de los proyectos priorizados, así como los cambios en las prioridades que se incorporen en el ejercicio presupuestal. CAPÍTULO IV COORDINACION Artículo 27º.- Coordinación entre Niveles de Gobierno. Corresponde a los Gobiernos Regionales organizar los mecanismos de coordinación y consistencia presupuestaria con los Gobiernos Locales de su jurisdicción, en materia de gastos de inversión y entre niveles de gobierno, respetando competencias y procurando economías de escala y concertación de esfuerzos, para lo cual deben tener en cuenta lo siguiente: a. A nivel Regional, la coordinación es dirigida por el Gobernador del Gobierno Regional. b. El co fi nanciamiento, debe ser orientado por el principio de subsidiariedad, es decir, las transferencias fi nancieras, resultante del co fi nanciamiento, deben adecuarse al nivel de gobierno que tiene la competencia y por tanto está en condiciones de brindar la mejor prestación de los servicios del Estado a la comunidad. c. Los proyectos que sean fi nanciados por el Gobierno Regional bajo el principio de subsidiariedad que bene fi cien a un ámbito provincial y/o distrital, deben contar con el cofi nanciamiento del Gobierno Local Provincial o Distrital bene fi ciario. Del mismo modo, los proyectos que sean fi nanciados por un Gobierno Local Provincial, deben contar igualmente con el co fi nanciamiento del Gobierno Local Distrital bene fi ciario. La población bene fi ciaria puede co fi nanciar con recursos fi nancieros o apoyar con materiales, mano de obra, o maquinaria, entre otros, la ejecución de los proyectos de inversión. El Gobernador Regionales convoca a los Alcaldes Provinciales y Alcaldes Distritales a una reunión de trabajo a fi n de coordinar acciones a desarrollar de manera conjunta, en el marco de las políticas de gastos de inversión de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, identi fi cando los principales problemas que deberían ser resueltos de manera conjunta, así como el compromiso de fi nanciamiento para la ejecución de proyectos en el marco del presupuesto participativo, para lo cual deben tener en cuenta lo siguiente: • Identi fi car intervenciones de importancia para el desarrollo regional y local, que pueden ser agrupadas en un proyecto de mayor dimensión que responda a objetivos de gran impacto en el desarrollo de la región, los que podrían ser fi nanciados por el Gobierno Regional o cofi nanciados conjuntamente con los Gobiernos Locales. • Establecer los compromisos y responsabilidades para asegurar la sostenibilidad de los proyectos a través de una adecuada operación y mantenimiento de los mismos. CAPÍTULO V FORMALIZACION Artículo 28º.- Fase de Formalización.• Formalización en el PIA de los Acuerdos y Compromisos Los acuerdos y compromisos adoptados en el Proceso Participativo, se formalizan en el mes de abril.