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80 NORMAS LEGALES Jueves 7 de marzo de 2024 El Peruano / relativo al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 28056-Ley Marco del Presupuesto Participativo y el presente Reglamento. • Dirección Nacional del Presupuesto Público- DNPP Desarrolla programas de capacitación descentralizados, en el marco de la capacitación a nivel regional y municipal a que se re fi ere la Ley de Bases de Descentralización. Imparte las instrucciones y lineamientos del proceso participativo; registra los omisos a la presentación de la Información en el Aplicativo Informático y la remisión del Documento del Proceso del Presupuesto Participativo. • Consejo Regional.Desarrolla acciones de seguimiento y fi scalización sobre el cumplimiento del presupuesto participativo, así como de los acuerdos y compromisos asumidos en el proceso. Fiscaliza los mecanismos de acceso y transparencia a la información pública en el marco del presupuesto participativo TÍTULO IV DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes, aprobará el presente Reglamento mediante Ordenanza de Consejo Regional y tendrá vigencia durante el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fi scal 2025. Segunda.- Todo lo no contemplado en el presente Reglamento deberá ser resuelto por el Equipo Técnico designado para tal fi n por la Gerencia General Regional y se sujetaran a la Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento, así como las respectivas modi fi catorias; y al Instructivo vigente, emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas y la Base Legal del presente Reglamento. Tercera.- Para el cumplimiento del proceso del Presupuesto Participativo del presente año lectivo, se cumplirá el siguiente cronograma: 1 Inscripción de Agentes ParticipantesDel 11 al 15 de marzo 2Proceso de veri fi cación de información y Observaciones a la Inscripción de Agentes Participantes.18 y 19 de marzo 3Acreditación de Agentes Participantes y publicación en portal20 de marzo 4 Recepción de observaciones y/o tachas 21 de marzo 5 Traslado de observaciones y/o tachas 22 de marzo 6 Recepción de descargos 25 de marzo 7 Levantamiento de observaciones y tachas. 27 de marzo 8Entrega de credenciales a los Agentes Participantes Aptos01 de abril 9 Desarrollo de Talleres de Trabajo 11 y 12 de abril 101) Taller I: Capacitación de Agentes Participantes, defi nición de matriz de criterios y puntajes e identi fi cación y priorización de resultados,11 de abril. 112) Taller II: de identi fi cación y priorización de, proyectos e ideas, elección del comité de vigilancia y control. Suscripción del acta de acuerdos y compromisos. 12 de abril Cuarta.- El Equipo Técnico estará conformado de la siguiente manera: Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. Gerente Regional de Infraestructura. Gerente Regional de Desarrollo Social. Gerente Regional de Desarrollo Económico. Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. Sub. Gerente Planeamiento Estratégico (secretario técnico).Sub Gerente de Presupuesto. Jefe de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones. Coordinador de la Unidad Formuladora de proyectos de Inversión. 03 plani fi cadores de la Gerencia Regional de Presupuesto, Plani fi cación y acondicionamiento Territorial 02 representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional Tumbes SEGISMUNDO CRUCES ORDINOLA Gobernador Regional de Tumbes 2267394-1 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ANTONIO DE PUTINA Delegan al Gerente Municipal la facultad de aprobar y formalizar las Modificaciones Presupuestarias en el nivel Institucional, Funcional y Programático durante el año fiscal 2024 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 007-2024-MPSAP/A San Antonio de Putina, 17 de enero del 2024EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ANTONIO DE PUTINA CONSIDERANDO: Que, a mérito de lo estipulado en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad Provincial de San Antonio de Putina, es el órgano de gobierno promotor del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes que goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo el Alcalde su representante legal y máxima autoridad administrativa; Que, de conformidad al inc. 6) del artículo 20° concordante a lo dispuesto en el artículo 43° de la Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, reconoce al alcalde las atribuciones como órgano ejecutivo del gobierno local y como su máxima autoridad administrativa, prescribiendo asimismo que las resoluciones de alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo en el seno de la entidad; Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 82-2023-MPSAP/CM, de fecha 29 de diciembre del año 2023, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura para el año fi scal 2024 de la Municipalidad Provincial de San Antonio de Putina; Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 8° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, la administración municipal está integrada por los funcionarios y servidores públicos, empleados y obreros que prestan servicio para la municipalidad, correspondiendo a cada municipalidad organizar la administración de acuerdo con sus necesidades y presupuesto; Que, conforme al artículo 83° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los titulares de los órganos administrativos pueden delegar mediante comunicación escrita la fi rma de actos