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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2024 (19/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Martes 19 de marzo de 2024 El Peruano / eficacia anticipada al 16 de marzo del 2024, conforme a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Disposición Encargar el cumplimiento de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva a la Unidad de Recursos Humanos. Artículo 3.- Publicación Encargar a la Unidad de Administración, la publicación de la presente Resolución en el portal institucional del FONCODES (http://www.gob.pe/foncodes). Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO MANUEL VELEZMORO PINTO Director Ejecutivo del FONCODESFondo de Cooperación para el Desarrollo Social 2271460-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Decreto Supremo que establece nuevos plazos para la remisión de los resultados de la verificación del cumplimiento de las metas del tramo II del año 2023 y para determinar los montos máximos de recursos para cada Municipalidad, y modifica los literales c) y f) del numeral 10.3 del artículo 10 y el artículo 11 de los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación condicionada de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) del año 2023, aprobados por el Decreto Supremo Nº 095-2023-EF DECRETO SUPREMO Nº 029-2024-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley Nº 29332, Ley que crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, se crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal; el mismo que es denominado como Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) en el literal c) del numeral 41.1 del artículo 41 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) es una herramienta de incentivos presupuestarios a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas que promueve la mejora de la calidad de los servicios públicos provistos por las municipalidades a nivel nacional, el cual tiene por objetivo general contribuir a la mejora de la efectividad y eficiencia del gasto público de las municipalidades, vinculando el financiamiento a la consecución de resultados asociados a los objetivos nacionales; y, por objetivos específicos el mejorar la calidad de los servicios públicos locales y la ejecución de inversiones, que están vinculados a resultados, en el marco de las competencias municipales, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; así como mejorar los niveles de recaudación y la gestión de los tributos municipales. Asimismo, dispone que los criterios, lineamientos y procedimientos para la distribución del incentivo, así como los requisitos y metas que deben cumplir para que los gobiernos locales accedan al referido Programa de Incentivos son establecidos mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 095-2023-EF se aprueban los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación condicionada de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) del año 2023 y se dictan otras disposiciones; Que, con la finalidad de continuar con el proceso de verificación de cumplimiento de metas y posterior transferencia de recursos, resulta necesario el establecimiento de nuevos plazos a los que se refieren el literal b) del numeral 10.3 del artículo 10 y el numeral 12.4 del artículo 12, de los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación condicionada de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) del año 2023, aprobados por el Decreto Supremo Nº 095-2023-EF, así como modificar los literales c) y f) del numeral 10.3 del artículo 10 y el artículo 11 de los mencionados Procedimientos; los cuales constituyen elementos operativos para el cumplimiento del objetivo general del PI, que es contribuir a la mejora de la efectividad y eficiencia del gasto público de las municipalidades, vinculando el financiamiento a la consecución de resultados asociados a los objetivos nacionales; y así cautelar la aplicación de los criterios, lineamientos y procedimientos para la asignación condicionada de recursos del PI; Que, por lo expuesto, resulta necesario establecer nuevos plazos para la remisión de los resultados de la verificación del cumplimiento de las metas del tramo II del año 2023 y para la determinación de los montos máximos a los que pueden acceder las municipalidades que cumplen todas las metas del PI del tramo II del año 2023, a los que se refieren el literal b) del numeral 10.3 del artículo 10 y el numeral 12.4 del artículo 12, respectivamente, de los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación condicionada de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) del año 2023, aprobados por el Decreto Supremo Nº 095-2023-EF, así como modificar los literales c) y f) del numeral 10.3 del artículo 10 y el artículo 11 de los mencionados Procedimientos, con el objeto de garantizar la consecución de los fines señalados en el considerando precedente, así como la posterior transferencia de recursos para cada uno de los indicadores establecidos para cada compromiso del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) en el año 2023; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el numeral 67.4 del artículo 67 y la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1. Nuevo plazo para la remisión de los resultados de la verificación del cumplimiento de las metas del tramo II del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2023 1.1. Establecer como nuevo plazo para la remisión de resultados de la verificación del cumplimiento de las metas del tramo II del año 2023 al que se refiere el literal b) del numeral 10.3 del artículo 10 de los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación condicionada de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) del año 2023, aprobados por el Decreto Supremo Nº 095-2023-EF, hasta 02 días hábiles contados a partir de la publicación del presente Decreto Supremo. 1.2. Los resultados de esta verificación deben ser remitidos por cada entidad implementadora de los compromisos a la Dirección General de Presupuesto Público, de acuerdo a lo dispuesto en el literal b) del numeral 10.3 del artículo 10 de los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación condicionada