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14 NORMAS LEGALES Domingo 24 de marzo de 2024 El Peruano / prácticas y fortalecer la cooperación regional para abordar el problema de violencia doméstica; asimismo, permitirá el intercambio de información y la construcción de alianzas estratégicas con las fuerzas policiales de Brasil y Bolivia; Que, en ese sentido, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior; mientras que el traslado a la República del Brasil se realizará vía terrestre; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, en su artículo 1, dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”; Que, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”; Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)”; Que, a través del Informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución ministerial que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de la Policía Nacional del Perú JAVIER EDWARD INFANTE REVILLA y del Subo fi cial Técnico de Segunda OSCAR FERNANDO VENERO JIMENEZ, del 26 al 28 de marzo de 2024, al municipio de Brasileia del estado de Acre de la República Federativa del Brasil; Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de la Policía Nacional del Perú JAVIER EDWARD INFANTE REVILLA y del Subo fi cial Técnico de Segunda OSCAR FERNANDO VENERO JIMENEZ, del 26 al 28 de marzo de 2024, al municipio de Brasileia del estado de Acre de la República Federativa del Brasil, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos, del General de la Policía Nacional del Perú JAVIER EDWARD INFANTE REVILLA y del Subo fi cial Técnico de Segunda OSCAR FERNANDO VENERO JIMENEZ son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo con el siguiente detalle: Importe Días Personas Total Viáticos US$ 370,00 1 2 US$ 740,00 Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR MANUEL TORRES FALCÓN Ministro del Interior 2273445-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0074-2024-JUS Lima, 22 de marzo de 2024 VISTOS, el O fi cio N° 000134-2024-CG/SGE, de la Contraloría General de la República; el Informe Nº 0128-2024-JUS/OGPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 272-2024-JUS-OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 31953, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 y con Resolución Ministerial N° 0397-2023-JUS, del 19 de diciembre de 2023, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos por la suma de S/ 611 946 857,00 (Seiscientos Once Millones Novecientos Cuarenta y Seis Mil Ochocientos Cincuenta y Siete y 00/100 Soles); Que, la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República General de la República y del Sistema Nacional de Control establece las normas y disposiciones requeridas para el fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, con la fi nalidad de modernizar, mejorar y asegurar el ejercicio oportuno, efectivo y e fi ciente del control gubernamental, así como de optimizar sus capacidades orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción;