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50 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de marzo de 2024 El Peruano / ANEXO Nº 1 TRANSFERENCIA FINANCIERA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL “PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE – PIRDAIS” NRO.ENTIDAD EJECUTORANOMBRE DE LA ACTIVIDAD MONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/ 01MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTILLANAMANTENIMIENTO PERIÓDICO DEL CAMINO VECINAL NO PAVIMENTADO EN EL TRAMO: REPARTICIÓN TOCCAS QUESERA - HUAYRAPAMPA (NUEVA ESPERANZA), DISTRITO DE SANTILLANA - HUANTA – AYACUCHO766,544.00 TOTAL 766,544.00 2274248-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA Disponen la publicación del Informe Técnico N° 174-2024-GRT , “Proceso de Cálculo del Valor Agregado de Distribución (VAD), Fijaciones 2022-2026 y 2023-2027” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 039-2024-OS/CD Lima, 26 de marzo de 2024 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Nº 189-2022-OS/CD, se fi jaron los Valores Agregados de Distribución (en adelante “VAD”) aplicables al periodo 01 de noviembre de 2022 al 31 de octubre de 2026 de las empresas Enel Distribución Perú S.A.A. (en adelante “Enel”); Luz del Sur S.A.A. (en adelante “Luz del Sur”); Electro Dunas S.A.A. (en adelante “Electro Dunas”); Electro Tocache S.A. (en adelante “Electro Tocache”), Empresa Municipal de Servicios Eléctricos Utcubamba S.A.C. (en adelante “Emseusa”); Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C. (en adelante “Coelvisac”); Proyecto Especial Chavimochic (en adelante “Chavimochic”); Empresa de Servicios Eléctricos Municipales de Paramonga S.A. (en adelante “Emsemsa”); Servicios Eléctricos Rioja S.A. (en adelante “Sersa”); Empresa de Interés Local Hidroeléctrica S.A. de Chacas (en adelante “Eilhicha”); Electro Pangoa S.A. (en adelante “Electro Pangoa”); Empresa Distribuidora y Generadora para la Comercialización del Servicio Público de Electricidad Pangoa S.A. (en adelante “Egepsa”); Empresa de Servicios Eléctricos Municipal de Pativilca S.A.C. (Emsempat) y Empresa de Distribución y Comercialización de Electricidad San Ramón de Pangoa S.A. (en adelante “Edelsa”); Que, asimismo, mediante la Resolución Nº 187- 2023-OS/CD, se fi jaron los VAD aplicables al periodo 01 de noviembre de 2023 al 31 de octubre de 2027 de las empresas Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. (en adelante “Electrocentro”), Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A. (en adelante “Electronoroeste”), Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. (en adelante “Electronorte”), Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A. (en adelante “Hidrandina”), Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A. (en adelante “Electro Puno”), Electro Sur Este S.A.A. (en adelante “Electro Sur Este”), Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electrosur S.A. (en adelante “Electrosur”), Empresa Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. (en adelante “Seal”), Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. (en adelante “Adinelsa”), Electro Oriente S.A. (en adelante “Electro Oriente”) y Electro Ucayali S.A. (en adelante “Electro Ucayali”); Que, las Resoluciones Nº 189-2022-OS/CD y Nº 187-2023-OS/CD, fueron modi fi cadas en parte por las Resoluciones Nº 224-2022-OS/CD y Nº 223-2023-OS/CD, respectivamente, como consecuencia de los análisis realizados respecto de los recursos de reconsideración formulados contra las resoluciones tarifarias antes citadas; Que, el artículo 81 del Decreto Ley Nº 25844, (en adelante “LCE”), dispone como obligación de Osinergmin preparar periódicamente información que permita dar a conocer a los ciudadanos y a los agentes del subsector eléctrico, los procedimientos utilizados en la determinación de las tarifas. En particular, señala que serán de conocimiento público los informes relativos al cálculo del VAD; Que, el artículo 162 del Reglamento de la LCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que, Osinergmin debe emitir un informe técnico que contenga lo previsto en el artículo 81 de la referida Ley, para su difusión entre todas las instituciones del subsector eléctrico; y que, simultáneamente, publicará un informe resumen en el diario o fi cial El Peruano por una sola vez; Que, por lo expuesto, corresponde disponer la publicación del Informe Técnico Nº 174-2024-GRT, sobre el Proceso de Cálculo del Valor Agregado de Distribución (VAD) correspondiente a los periodos 01 de noviembre de 2022 al 31 de octubre de 2026 y 01 de noviembre de 2023 al 31 de octubre de 2027, en el Portal Institucional de Osinergmin; y, publicar la presente resolución, conjuntamente con el Resumen Ejecutivo del referido informe, en el diario o fi cial El Peruano; Que, es importante señalar que la presente publicación tiene efecto informativo, siendo un resumen y reproducción de actos administrativos fi rmes, por lo que no cabe su impugnación, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 217.3 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Que, se ha emitido el Informe Técnico Nº 174-2024- GRT de la División de Distribución Eléctrica y el Informe Legal Nº 173-2024-GRT de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas, que complementan la motivación que sustenta la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se re fi ere el Numeral 4 del Artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en el Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto supremo Nº 010-2016-PCM, en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; así como en sus normas modi fi catorias, complementarias y conexas; y, Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión Nº 10-2024 de fecha 26 de marzo de 2024. SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del Informe Técnico Nº 174-2024-GRT, “Proceso de Cálculo del Valor