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54 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de marzo de 2024 El Peruano / Ejecutivo del referido informe, en el Diario O fi cial El Peruano; Que, es importante señalar que la presente publicación tiene efecto informativo, siendo un resumen y reproducción de actos administrativos fi rmes, por lo que no cabe su impugnación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 217.3 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Que, se ha emitido el Informe Legal Nº 172-2024-GRT de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas, que complementa la motivación que sustenta la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se re fi ere el numeral 4 del Artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en el Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto supremo Nº 010-2016-PCM; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; así como en sus normas modi fi catorias, complementarias y conexas; y, Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión Nº 10-2024 de fecha 26 de marzo de 2024. SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del Informe Técnico Nº 175-2024-GRT, “Procedimiento de Determinación de los Costos de Conexión Eléctrica 2023 - 2027”, en el Portal Institucional de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2024.aspx Artículo 2.- Disponer la publicación del Informe Técnico Nº 176-2024-GRT, “Procedimiento de Determinación de los Importes de Corte y Reconexión de la Conexión Eléctrica 2023 - 2027”, en el Portal Institucional de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2024.aspx Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, conjuntamente con los Resúmenes Ejecutivos que se anexan, así como los informes a que se re fi eren los artículos precedentes, y que sea consignada, en el citado Portal Institucional de Osinergmin, conjuntamente con el Informe Legal Nº 172-2024-GRT y los Informes Técnicos Nº 175-2024-GRT y Nº 176-2024-GRT. OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directivo ANEXO 1 PROCEDIMIENTO DE DETERMINACIÓN DE LOS COSTOS DE CONEXIÓN ELÉCTRICA 2023 - 2027 Resumen Ejecutivo 1. Objetivo Presentar los antecedentes, desarrollo y resultados del Procedimiento de Determinación de los Costos de Conexión Eléctrica del periodo 01 de setiembre de 2023 al 31 de agosto de 2027, fi jados con la Resolución Osinergmin Nº 130-2023-OS/CD, modi fi cada con la Resolución Osinergmin Nº 166-2023-OS/CD. 2. Antecedentes En el artículo 22 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas , aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM (en adelante “RLCE”), se establece que Osinergmin debe fi jar, revisar y modi fi car los montos que deberán pagar los usuarios del servicio público de electricidad por el costo de acometida, equipo de medición y protección y su respectiva caja y el monto mensual que cubre su mantenimiento y permite su reposición en un plazo de 30 años. Además, establece que tratándose de equipo de medición estático monofásico de medición simple, se considerará una vida útil no menor de 15 años. En cumplimiento de la disposición mencionada, Osinergmin a través de la Resolución Nº 130-2023-OS/CD, modi fi cada con la Resolución Osinergmin Nº 166-2023- OS/CD, fi jó los costos de conexión eléctrica del periodo 01 de setiembre de 2023 al 31 de agosto de 2027, de acuerdo con las disposiciones del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas (en adelante “LCE”), la RLCE, y demás normas complementarias, siguiendo el Procedimiento contenido en el Anexo B.2 de la Norma “Procedimientos para Fijación de Precios Regulados”, aprobada mediante Resolución Osinergmin Nº 080-2012-OS/CD, adaptándose los cronogramas del proceso según lo dispuesto en el artículo 10 de la Resolución Osinergmin Nº 130-2023-OS/CD y la Ley Nº 31603 que modi fi ca el artículo 207 de la Ley 27444 respecto al plazo para resolver recursos de reconsideración. Los artículos 81 de la LCE y 162 del RLCE establecen la obligación de Osinergmin de preparar periódicamente información que permita conocer al sector, los procedimientos utilizados en la determinación de las tarifas de electricidad, dentro de los que se encuentra el relativo a la determinación de los costos de conexión eléctrica, lo cual es materia del presente informe. 3. Procedimientos de FijaciónEl Procedimiento de Fijación de los Costos de Conexión Eléctrica se encuentra contenido en el Anexo B.2 de la Norma “Procedimientos para Fijación de Precios Regulados”, aprobado mediante Resolución Osinergmin Nº 080-2012-OS/CD. De conformidad con el referido Procedimiento, la fi jación de los costos de conexión eléctrica del periodo 01 de setiembre de 2023 al 31 de agosto de 2027, se inició el 03 de octubre de 2022 con la presentación, por parte de las empresas de distribución eléctrica, de la información de costos de materiales y recursos (mano de obra, transporte y equipos), utilizados en la instalación, reposición y mantenimiento de las conexiones eléctricas. Posteriormente, el 03 de enero de 2023, las empresas presentaron sus propuestas de costos de conexión eléctrica que fueron sustentadas por sus representantes en Audiencia Pública convocada por Osinergmin el 19 y el 20 de enero de 2023. El 17 de febrero de 2023, Osinergmin, a través de su Gerencia de Regulación de Tarifas (GRT), comunicó las observaciones a las propuestas de las empresas. La absolución de observaciones y las propuestas de fi nitivas fueron presentadas por las empresas el 10 de marzo de 2023. Luego del análisis de la absolución y propuestas defi nitivas de las empresas, Osinergmin, a través de la Resolución Osinergmin Nº 062-2023-OS/CD, dispuso la publicación del proyecto de resolución de fi jación de los costos de conexión eléctrica 2023-2027, la cual fue realizada el 21 de abril de 2023. Posteriormente, el proyecto fue sustentado en Audiencia Pública Virtual realizada 09 de mayo de 2023. Seguidamente, hasta el 06 de junio de 2023, se recibieron las opiniones y sugerencias de las empresas Adinelsa, Besco S.A., CEG Perú, Coelvisac, Electro Dunas, Electronorte, Electro Oriente, Electro Sur Este, Electro Ucayali, Electrocentro, Electronoroeste, Enel Distribución, Epower Global, Hidrandina, Luz del Sur, Seal, Malcom S.A. Servicio Contraste, así como del Sr. José Daniel Arce Pérez. Luego del análisis de las opiniones y sugerencias, Osinergmin efectuó la fi jación de los Costos de Conexión Eléctrica 2023-2027 con la Resolución Nº 130-2023-OS/CD, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 19 de julio de 2023. Las empresas Electrocentro, Electronoroeste, Electro Dunas, Electro Puno, Electrosur, Enel Distribución, Adinelsa, Electro Ucayali, Seal, Coelvisac, Electro