TEXTO PAGINA: 55
55 NORMAS LEGALES Jueves 28 de marzo de 2024 El Peruano / ANEXO N° 1 TRANSFERENCIA FINANCIERA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL “PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE - PIRDAIS” N°ENTIDAD EJECUTORADENOMINACIÓN DE LA INVERSIÓNMONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/ 1MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPA HERMOSAMEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD DEL CAMINO VECINAL TRAMO: EMP-PE-24 A (MONTE OLIVO) - LOCALIDAD DE PAMPA MANDARINA, DISTRITO DE PAMPA HERMOSA - PROVINCIA DE SATIPO - DEPARTAMENTO DE JUNÍN.2’504,046.93 2MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPA HERMOSAMEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD DEL CAMINO VECINAL TRAMO ANEXO RÍO BLANCO AL ANEXO SAN JUAN DE PACASMAYO, DISTRITO DE PAMPA HERMOSA – PROVINCIA DE SATIPO – DEPARTAMENTO DE JUNÍN.1’694,813.34 TOTAL 4’198,860.27 2274801-1 Autorizan transferencia financiera para financiar inversión a favor de la Municipalidad Distrital de Pebas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000049-2024-DV-PE Mira fl ores, 27 de marzo del 2024 VISTO:El Memorando N° 000582-2024-DV-DATE, mediante el cual la Dirección de Articulación Territorial remite el Anexo N° 1 que detalla la inversión, entidad ejecutora e importe a ser transferido, y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el literal c) del numeral 13.1 del artículo 13° de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza a DEVIDA en el presente año fi scal, a realizar de manera excepcional, transferencias fi nancieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, precisándose en el numeral 13.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, el numeral 13.4 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que trans fi ere los recursos en virtud al numeral 13.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales fueron transferidos los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia fi nanciera; Que, mediante Informe N° 000012-2024-DV-HPO-OPP- UINV, la Unidad de Inversiones de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto comunica la programación de las inversiones para el año 2024, encontrándose entre ellas, la inversión: “Mejoramiento de la cadena de valor del cultivo de cacao en seis (06) comunidades del Río Ampiyacu, distrito de Pebas - Mariscal Ramón Castilla – Loreto”; Que, en el marco del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, en el año 2024, DEVIDA suscribió un convenio con la Municipalidad Distrital de Pebas para la ejecución de la precitada inversión, hasta por la suma de UN MILLÓN SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 00/100 SOLES (S/ 1’062,448.00), cuyo fi nanciamiento se efectuará a través de transferencia fi nanciera; Que, la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, ha emitido el Informe N° 000072-2024-DV-OPP-UPTO, informe previo favorable que dispone el numeral 13.2 del artículo 13° de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; asimismo, se ha emitido la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000000580 y la respectiva conformidad del plan operativo de la inversión; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada norma legal, la entidad ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de la inversión detallada en el Anexo N° 1, de conformidad con el plan operativo aprobado por DEVIDA, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otras inversiones, actividades y/o gastos administrativos; Con los visados de la Gerencia General, los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Ofi cina General de Administración y la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera hasta por la suma total de UN MILLÓN SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 00/100 SOLES (S/ 1’062,448.00), para fi nanciar la inversión a favor de la entidad ejecutora que se detalla en el Anexo N° 1, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la transferencia fi nanciera autorizada por el Artículo Primero, se realice con cargo al presupuesto del año fi scal 2024 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, correspondiente a la fuente de fi nanciamiento “recursos ordinarios”. Artículo Tercero.- RATIFICAR que la entidad ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de la inversión descrita en el Anexo N° 1 de la presente