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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2024 (24/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 95

95 Viernes 24 de mayo de 2024 El Peruano / PROYECTO En este sentido, la estructura tarifaria para EPS EMSAPA CALCA S.A. contempla a partir del primer año regulatorio el uso del Padrón General de Hogares (PGH) del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. III. IMPACTO ESPERADOLa aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales, aplicables por EPS EMSAPA CALCA S.A. favorece, por un lado, al prestador de servicios de saneamiento y, por el otro, a la población atendida. Al prestador de servicios de saneamiento debido a que su aplicación coadyuvará a su sostenibilidad económica y viabilidad fi nanciera; y a la población, porque se bene fi ciará del compromiso del prestador de servicios de saneamiento re fl ejado en las metas de gestión, cuyo cumplimiento traerá consigo una mejora en la calidad y continuidad de los servicios. 1 Aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 028-2021-SUNASS-CD y sus modi fi catorias. 2 Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos. 3 Aprobado por Decreto Supremo N° 017-2001-PCM. 4 Aprobado mediante Decreto Supremo N° 016-2021-VIVIENDA. ANEXO N° 1 FÓRMULA TARIFARIA DE EPS EMSAPA CALCA S.A. PARA EL PERIODO REGULATORIO 2025-2027 A. FÓRMULA TARIFARIA BASE Por el servicio de agua potable Por el servicio de saneamiento T1 = T0 (1 + 0,090) (1 + Φ)T1 = T0 (1 + 0,090) (1 + Φ) T2 = T1 (1 + 0,105) (1 + Φ)T2 = T1 (1 + 0,105) (1 + Φ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + Φ)T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + Φ) Donde To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 : Tarifa media que corresponde al año 1 T2 : Tarifa media que corresponde al año 2 T3 : Tarifa media que corresponde al año 3 Φ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor Los incrementos tarifarios del primer y segundo años regulatorios de 9,0% y 10,5%, respectivamente, en los servicios de agua potable y saneamiento, permitirán fi nanciar: i) los costos incrementales de operación y mantenimiento de los servicios de agua potable y saneamiento; ii) los costos de inversión de los proyectos a ser fi nanciados con recursos internamente generados y iii) costos de inversiones para la: implementación de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos (MRSE), implementación de gestión del riesgo de desastres (GRD) y la implementación del plan de control de calidad (PCC). Los mencionados incrementos tarifarios del primer y segundo años regulatorios se aplicarán de manera automática en el ciclo de facturación posterior al inicio del primer y segundo años regulatorios, respectivamente, sobre la estructura tarifaria resultante de la aplicación del reordenamiento tarifario de dichos años regulatorios. En el tercer año del periodo regulatorio 2025-2027 se realizará un reordenamiento de las estructuras tarifarias, de acuerdo con lo señalado en el Subcapítulo VI.9.3: “Estructura Tarifaria para el periodo regulatorio 2025-2027” del estudio tarifario, lo cual representará un incremento en la tarifa media de 2,0% en el tercer año regulatorio en los ingresos de EPS EMSAPA CALCA S.A. El mencionado estudio tarifario, puede ser ubicado en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/sunass/colecciones/ informes-publicacionesANEXO N° 2 ESTRUCTURA TARIFARIA DE EPS EMSAPA CALCA S.A. DEL PERIODO REGULATORIO 2025-2027 PARA LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO I. Estructuras tarifariasPara las estructuras tarifarias, en atención al principio de equidad, se aplica el criterio de jerarquía de las tarifas cobradas a los usuarios, estableciendo un subsidio cruzado, de modo que los usuarios de las categorías con menor capacidad adquisitiva paguen menos que aquellos de las otras categorías con mayor capacidad de pago. Para el primer año regulatorio, EPS EMSAPA CALCA S.A. aplicará la estructura tarifaria, de acuerdo con lo siguiente: I.1 Cargo fi jo (S//Mes): 1,6 1 se reajusta por efecto de in fl ación, conforme a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras 2. I.2 Cargo por volumen de agua potable y saneamiento en el primer año regulatorio por localidades Calca (1er. año) CategoríaRango de consumo (m3 / mes)Tarifa Agua Potable S/ /m3Tarifa Saneamiento S/ / m3 Social 0 a más 0,63 0,12 Doméstico0 a 10 0,68 0,12 10 a 20 0,99 0,17 20 a más 1,10 0,20 Estatal 0 a más 1,10 0,20 Comercial y otros 0 a más 1,10 0,20 Industrial 0 a más 1,10 0,20 Asignación Máxima de Consumo Volumen asignado (m³/mes) Social DomésticoComercial y otrosEstatal Industrial 15 15 30 50 100 De acuerdo con el marco legal vigente, con la fi nalidad de garantizar que los usuarios reciban señales de consumo adecuadas, aquellos usuarios que no acepten la micromedición, tendrán una asignación equivalente al doble de la asignación correspondiente, según su categoría. Si transcurridos 2 meses el usuario continúa oponiéndose a la instalación del medidor, el prestador podrá efectuar el cierre del servicio de acuerdo con lo previsto en el artículo 118 del Texto Único Ordenado del Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento 3. I.3 Factor de ajuste para la aplicación del sistema de subsidios cruzados focalizados Los usuarios de la categoría doméstico con una Clasi fi cación Socioeconómica de pobre o pobre extremo en el Padrón General de Hogares (PGH) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) serán bene fi ciarios con un factor de ajuste por los primeros 10 m3, sobre la tarifa de agua potable, de la localidad de Calca, según el siguiente cuadro: Factor de ajuste aplicable a la tarifa de agua potable de la categoría doméstico por los primeros 10 m3 Año Regulatorio Rango (m3) Factor de ajuste 1er. año regulatorio 0 a 10 0,92 2do. y 3er. año regulatorio 0 a 10 0,80