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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2024 (26/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Domingo 26 de mayo de 2024 El Peruano / en el equilibrio real de sus ingresos y egresos y estar aprobado por el concejo municipal dentro del plazo que establece la normatividad sobre la materia; Que, el artículo 112 de la citada Ley establece que los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión, para tal fi n deberá garantizarse el acceso de todos los vecinos a la información; Que, la Ley Nº 28056, Ley marco del Presupuesto Participativo tiene por objeto establecer disposiciones que aseguren la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto, el cual se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertados de los gobiernos regionales y gobiernos locales, así como la fi scalización de la gestión. Asimismo, la citada Ley tiene por fi nalidad recoger las aspiraciones y necesidades de la sociedad, para considerarlos en los presupuestos y promover su ejecución a través de programas y proyectos prioritarios, de modo que les permita alcanzar los objetivos estratégicos de desarrollo humano, integral, sostenible y optimizar el uso de los recursos a través de un adecuado control social en las acciones públicas; Que, mediante Informe N° 000088-2024-MDSL-GPEP de fecha 16 de abril de 2024 la Gerencia de Planeamiento Estratégico y Presupuesto remite a la Gerencia Municipal, un proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de San Luis, el cual tiene por objetivo normar, regular y establecer procedimientos para la programación, formulación, aprobación, ejecución y vigilancia del proceso de Presupuesto Participativo pro Resultados con participación integral de los agentes participantes y de la sociedad civil en general, opinando favorablemente por su aprobación; Que, mediante Informe Legal N° 000136-2024-MDSL- GAJ de fecha 08 de mayo de 2024 la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal considerando procedente la aprobación de la Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de San Luis; Que, mediante Memorando N° 000582-2024-MDSL- GM de fecha 08 de mayo de 2024 la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaria General a fi n de ponerlos a consideración del Concejo Municipal, conforme a sus atribuciones conferidas en el numeral 8 del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Dictamen N° 015-2024-CEPAL-CM/ MDSL de fecha 20 de mayo de 2024 la Comisión Ordinaria de Economía, Presupuesto y Asuntos Legales recomienda al Concejo Municipal aprobar la referida Ordenanza; Estando a lo expuesto y en el ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de la fecha y con dispensa de la lectura y aprobación del Acta, aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE SAN LUIS” Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de San Luis, que consta de tres (03) Títulos, nueve (9) Capítulos, cuarenta (40) Artículos y siete (07) Disposiciones Complementarias Finales, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- FACULTAR y AUTORIZAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias de la presente Ordenanza, así como para dictar disposiciones modi fi catorias de los anexos del presente Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de San Luis. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, a la Subgerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal y a la Subgerencia de Tecnología de la Información, el cumplimiento del desarrollo del proceso, conforme a los lineamientos establecidos en el Reglamento. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO cualquier dispositivo legal que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano”, a la Subgerencia de Tecnología de la Información la publicación de la presente Ordenanza y su Anexo en el Portal Electrónico de la Entidad www.munisanluis.gob.pe y en el Portal Institucional, asimismo, a la Subgerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal la difusión correspondiente. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.RICARDO ROBERT PEREZ CASTRO Alcalde 2292076-1