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51 NORMAS LEGALES Domingo 26 de mayo de 2024 El Peruano / Bancos Centrales de América Latina y el Caribe (FIF), que se realizará los días 28 y 29 de mayo de 2024 en Ciudad de México, México; Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales para el cumplimiento de sus funciones; La Gerencia de Política Monetaria tiene entre sus objetivos proveer de análisis, proyecciones y propuestas de política monetaria para defender la estabilidad monetaria; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N°27619, su Reglamento, el Decreto Supremo N°047-2002-PCM y sus normas modi fi catorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión del 18 de abril de 2024; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del señor Jorge Antonio Pozo Sánchez, Jefe del Departamento de Estadísticas Monetarias de la Gerencia de Política Monetaria, los días 28 y 29 de mayo de 2024, a Ciudad de México, México, y el pago de los gastos a fi n de que intervenga en el evento indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 805,31 Viáticos US$ 615,00 -------------------- TOTAL US$ 1 420,31 Artículo 3°.- Esta Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese.JULIO VELARDE Presidente 2285395-1 CONTRALORÍA GENERAL Autorizan viaje de funcionarios a Panamá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 265-2024-CG Lima, 24 de mayo de 2024 VISTOS: Las invitaciones cursadas por la Contraloría General de la República del Perú en su calidad de Presidencia de la Comisión de Parlamentos y Entidades Fiscalizadoras Superiores (CPE) a las Entidades Fiscalizadoras Superiores Miembros de la CPE; la Hoja Informativa N° 000039-2024-CG/CREI, de la Subgerencia de Cooperación y Relaciones Internacionales; los Memorandos N° 001081-2024-CG/GAD y N° 001116- 2024-CG/GAD de la Gerencia de Administración; las Hojas Informativas N° 000575-2024-CG/CONT y N° 000594-2024-CG/CONT, de la Unidad de Contabilidad; los Memorandos N° 004070-2024-CG/ABAS y N° 004180- 2024-CG/ABAS, de la Subgerencia de Abastecimiento; y, la Hoja Informativa N° 000155-2024-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, la Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores (OLACEFS) es un organismo internacional especializado de carácter técnico, cuyo objetivo es fomentar el desarrollo y perfeccionamiento de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS) de los países de la región, en materia de control gubernamental; teniendo entre sus atribuciones el mantener contacto de carácter cientí fi co y técnico con instituciones y organizaciones de otras regiones del mundo, especializadas en control y fi scalización del manejo de los recursos públicos. La Contraloría General de la República del Perú es miembro activo de la organización y de las instancias de trabajo que la conforman; y preside la Comisión de Participación Ciudadana (CPC) y la Comisión de Parlamentos y Entidades Fiscalizadoras Superiores (CPE) de la OLACEFS; Que, el Parlamento Latinoamericano y Caribeño, o PARLATINO, es un organismo regional, permanente y unicameral, integrado por los parlamentos nacionales de los países soberanos e independientes de América Latina y el Caribe, elegidos democráticamente mediante sufragio popular, cuyos países suscribieron el correspondiente Tratado de Institucionalización el 16 de noviembre de 1987, en Lima – Perú; Que, conforme a lo previsto en el artículo 82 de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía administrativa, funcional, económica y fi nanciera conforme a la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; asimismo, es el órgano superior del Sistema Nacional de Control, que tiene como atribución supervisar la legalidad de la ejecución del presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control; Que, la Comisión de Parlamentos y Entidades Fiscalizadoras Superiores fue creada por la XXXII Asamblea General de la OLACEFS 2023, en la ciudad de Lima, Perú; tiene por objetivo optimizar el relacionamiento entre los Parlamentos y las EFS, con la fi nalidad de establecer sinergias para obtener resultados signi fi cativos respecto al aprovechamiento de la información que proporcionan las EFS, así como la generación de propuestas legislativas que permitan a las EFS fortalecer su ámbito de acción. Actualmente, cuenta con 12 miembros, siendo las Entidades Fiscalizadoras de: Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Curazao, El Salvador, Guatemala, México, Panamá, Paraguay, Perú y Venezuela. La CGR del Perú preside la citada comisión por el período 2024 – 2026; Que, esta Entidad Fiscalizadora Superior, en ejercicio de la Presidencia de la CPE, período 2024 – 2026, y en cumplimiento del Plan Operativo Anual 2024 de la citada comisión, cursó invitaciones a las EFS de la organización regional para participar en el Seminario Internacional “Comisión de Parlamentos y Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS) OLACEFS y PARLATINO, Buenas prácticas para optimizar el relacionamiento entre los Parlamentos y las EFS, a realizarse los días 30 y 31 de mayo de 2024, en las instalaciones de la sede permanente del PARLATINO, en la ciudad de Panamá, República de Panamá; Que, el Seminario Internacional “Comisión de Parlamentos y Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS) OLACEFS y PARLATINO, Buenas prácticas para optimizar el relacionamiento entre los Parlamentos y las EFS” permitirá compartir experiencias y buenas prácticas realizadas entre los Parlamentos y las EFS de la región de América Latina y el Caribe, en bene fi cio de la ciudadanía en temas relacionados a la rendición de cuentas y auditorías; Que, el artículo 53 del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG y sus modi fi catorias, establece que la Subgerencia de Coordinación Parlamentaria “(…) es responsable de la coordinación, relacionamiento y enlace con el Congreso de la República, para lograr la atención oportuna de sus comunicaciones y pedidos, fortalecer las relaciones de colaboración entre sí, e impulsar el trabajo conjunto para el cumplimiento de los fi nes institucionales.”; Que, el artículo 57 del Reglamento de Organización y Funciones, establece que la Subgerencia de Cooperación y Relaciones Internacionales “(…) es responsable de proponer, articular y ejecutar las acciones en materia de cooperación técnica y fi nanciera internacional y el