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76 NORMAS LEGALES Viernes 31 de mayo de 2024 El Peruano / EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR VISTOS: El Memorando Nº 644-2024-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 180-2024-OAJ/MVES de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 078-2024- GRAT/MVES de la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria y el Informe Nº 294-2024-SGRCEC-GRAT/ MVES de la Subgerencia de Recaudación, Control y Ejecutoria Coactiva, sobre prórroga de la Ordenanza Nº 504-MVES, Ordenanza que Establece bene fi cios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Villa El Salvador, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 establece que “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico” ; Que, el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Alcalde entre otras, las de: ¨Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas¨ ; y el artículo 42º establece que: “ Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal” ; Que, mediante Ordenanza Nº 504-MVES, se establece bene fi cios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Villa El Salvador, cuyos predios se encuentran declarados como uso casa habitación; estableciéndose en dicho dispositivo municipal que tendría vigencia hasta el 31 de mayo del 2024; precisándose en su Cuarta Disposición Transitoria y Final que se facultaba al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, pueda prorrogar la vigencia de la misma; Que, con Informe Nº 078-2024-GRAT/MVES, la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, teniendo en consideración el Informe Nº 294-2024-SGRCEC-GRAT/MVES de la Subgerencia de Recaudación, Control y Ejecutoria Coactiva, informa que, desde la entrada en vigencia de la Ordenanza Nº 504-MVES, Ordenanza que establece bene fi cios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Villa El Salvador, se ha obtenido como resultado una buena recaudación para el ejercicio fi scal 2024; asimismo, existe una gran a fl uencia de contribuyentes cumpliendo el pago de sus tributos, por ello, teniendo en cuenta los ingresos generados durante el tiempo de vigencia de la referida Ordenanza y siendo que la misma se encuentra próxima a vencer, la referida Gerencia recomienda prorrogar la Ordenanza Nº 504-MVES, Ordenanza que establece bene fi cios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Villa El Salvador, hasta el 28 de junio del 2024;Que, con Informe Nº 180-2024-OAJ/MVES, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, emite opinión precisando que resulta legalmente viable la aprobación mediante Decreto de Alcaldía de la prórroga de la vigencia de los bene fi cios otorgados mediante Ordenanza Nº 504-MVES, Ordenanza que establece bene fi cios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Villa El Salvador, hasta el 28 de junio del 2024, conforme a lo solicitado por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, así como lo previsto en el numeral 6) del artículo 20º y artículo 42º la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y lo dispuesto en la Cuarta Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 504-MVES; Que, con Memorando Nº 644-2024-GM/MVES, la Gerencia Municipal, teniendo en consideración el informe técnico y legal emitido, hace suya la propuesta y solicita se emita el Decreto de Alcaldía mediante el cual se prorrogue hasta el 28 de junio del 2024, la vigencia de la Ordenanza Nº 504-MVES, Ordenanza que establece bene fi cios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Villa El Salvador ; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al alcalde por el numeral 6) del artículo 20º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y lo establecido en el numeral 13.2 del artículo 13º de la Ordenanza Nº 479-MVES, que modi fi ca la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza Nº 369-MVES, y la Cuarta Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 504-MVES; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 28 de junio del 2024, la vigencia de la Ordenanza Nº 504-MVES, Ordenanza que establece bene fi cios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Villa El Salvador. Artículo Segundo .- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, la Subgerencia de Recaudación, Control y Ejecutoria Coactiva, la Unidad de Tesorería y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico, el cabal cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía y a la Unidad de Imagen Institucional, su correcta difusión. Artículo Tercero .- DISPONER que el presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “EL PERUANO”. Artículo Cuarto .- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaria General cumpla con la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano, así como a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación correspondiente en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 2293630-1 USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES