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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2024 (31/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 64

64 NORMAS LEGALES Viernes 31 de mayo de 2024 El Peruano / GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Declaran de necesidad pública e interés regional la creación de la ciudad satélite La Libertad, distrito de Salaverry, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad ORDENANZA REGIONAL N° 000005-2024-GRLL-CR Trujillo, 3 de mayo del 2024 “DECLARAR DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS REGIONAL LA CREACIÓN DE LA CIUDAD SATELITE LA LIBERTAD, DISTRITO DE SALAVERRY, PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD” El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Extraordinaria Mixta de fecha 26 de abril de 2024; VISTO Y DEBATIDO, el OFICIO N° 000027-2024- GRLL-CR-COMPLAN, suscrito por la presidenta de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Abog. María Cristina Méndez Visitación, que contiene el Dictamen N.º 006-2024-GRLL-CR-COMPLAN recaído en el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a declarar de necesidad pública e interés regional la creación de la ciudad satélite La Libertad, Distrito de Salaverry, Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado de 1993, concordante con el artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, señalan que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa que tienen por fi nalidad fomentar el desarrollo regional integral y sostenible, promoviendo la inversión pública y privada, y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidad de sus habitantes. Que, conforme al artículo 38 de la Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, el Decreto Supremo N° 012-2021-VIVIENDA aprueba la Política Nacional de Vivienda y Urbanismo 2021-2030; en el artículo 1 se aprueba la Política Nacional de Vivienda y Urbanismo, con horizonte temporal al 2030; y, en el artículo 2 se precisa que el ámbito de aplicación de la Política Nacional de Vivienda y Urbanismo es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de la Administración Pública. Que, la Ley Nº 31313-Ley de Desarrollo Urbano Sostenible tiene por objeto establecer los principios, lineamientos, instrumentos y normas que regulan el acondicionamiento territorial, la plani fi cación urbana, el uso y la gestión del suelo urbano, a efectos de lograr un desarrollo urbano sostenible, entendido como la optimización del aprovechamiento del suelo en armonía con el bien común y el interés general, la implementación de mecanismos que impulsen la gestión del riesgo de desastres y la reducción de vulnerabilidad, la habilitación y la ocupación racional del suelo; así como el desarrollo equitativo y accesible y la reducción de la desigualdad urbana y territorial, y la conservación de los patrones culturales, conocimientos y estilos de vida de las comunidades tradicionales y los pueblos indígenas u originarios. Asimismo, en el artículo 2 se precisa que tiene por fi nalidad orientar el desarrollo de ciudades y centros poblados para ser sostenibles, accesibles, inclusivos, competitivos, justos, diversos y generadores de oportunidades para toda la ciudadanía, promoviendo la integración y el crecimiento ordenado, procurando la creación de un hábitat seguro y saludable con el fi n de mejorar la calidad de vida de sus habitantes. Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2022-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Plani fi cación Urbana del Desarrollo Urbano Sostenible, estableciéndose disposiciones sobre el acondicionamiento territorial y la plani fi cación urbana del desarrollo urbano sostenible, regulados en la Ley Nº 31313, Ley de Desarrollo Urbano Sostenible. Que, la Ley N° 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el artículo 58 establece como funciones en materia de vivienda y saneamiento: - Formular, aprobar y evaluar los planes y políticas regionales en materia de vivienda y saneamiento, en concordancia con los planes de desarrollo de los gobiernos locales, y de conformidad con las políticas nacionales y planes sectoriales. - Promover la ejecución de programas de vivienda urbano y rural, canalizando los recursos públicos y privados, y la utilización de los terrenos del gobierno regional y materiales de la región, para programa municipales de vivienda. Que, por Ordenanza Regional N° 00007-2023-GRLL/ CR, se aprueba el Plan de Desarrollo Concertado del Gobierno Regional La Libertad 2023-2033, otorgándose competencia para desarrollar el Objetivo Prioritario OP 3-Asegurar la provisión de vivienda digna y adecuada a las condiciones locales, para los sectores socioeconómicos más vulnerables, lo cual se encuentra enmarcado en el Objetivo Estratégico Regional-OER.01 Reducir la Desigualdad Económica en La Región. Que, conforme al Manual de Organización y Funciones-MOF, la Subgerencia de Vivienda y Urbanismo tiene como objetivo especí fi co promover, orientar y facilitar la ejecución de programas de vivienda en terrenos de propiedad del Estado y privados; y la participación del Gobierno central, Gobiernos locales y organizaciones de la sociedad civil y facilitar el acceso a la vivienda digna de la población de la Libertad, con recursos del Gobierno Central. Que, mediante Informe Técnico N°000002-2024- GRLL-GGR-GRVCS-SGVU, de fecha 20 de febrero del 2024, la Sub Gerencia de Vivienda y Urbanismo de la Gerencia Regional de Vivienda Construcción y Saneamiento concluye que, de acuerdo al gran dé fi cit de vivienda en la Región La Libertad la población en el ámbito habitacional, son de diferente tipo y cada una de ellas responde a necesidades especí fi cas de vivienda en cuanto a cantidad y calidad, considerando su estructura material o espacial, así como al adecuado acceso a los servicios básicos principales como son agua, energía eléctrica y baño o desagüe es de necesidad urgente contar con una plani fi cación urbana adecuada, se constituye en una alternativa para miles de ciudadanos que viven en condiciones infrahumanas y que vienen sufriendo las consecuencias de la poca o nula plani fi cación del ámbito urbano y rural ante el crecimiento exponencial de la población en la Región La Libertad, por lo que esta iniciativa garantizara el acceso a una vivienda adecuada y contribuye a mejorar la calidad de vida y el desarrollo urbano regional. Que, conforme al Informe Legal N°0063-2024-GRLL- GGR-GRAJ de fecha 18 de marzo del 2024, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica EMITE OPINIÓN LEGAL FAVORABLE respecto del proyecto de ordenanza regional para “DECLARAR DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS REGIONAL LA CREACIÓN DE LA CIUDAD SATELITE LA LIBERTAD, DISTRITO DE SALAVERRY, PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”, de conformidad con los argumentos antes expuestos. Que, con O fi cio N° 000124-2024-GRLL-GGR, de fecha 01 de abril del 2024, la Gerencia General Regional remite al Consejo Regional y solicita evaluar la aprobación de la