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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (01/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Viernes 1 de noviembre de 2024 El Peruano / aprobada por Resolución de Contraloría N° 349-2023- CG, modi fi cada por Resolución de Contraloría N° 355- 2023-CG, establece que el proceso de incorporación, se formaliza con la emisión de la Resolución de Contraloría que aprueba el inicio de incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República. A su vez, el numeral 7.1.4 “Etapa 4. Transferencias Financieras” de la citada Directiva, establece que la entidad emite la autorización de la transferencia fi nanciera según corresponda, siendo que, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional se debe realizar mediante resolución del Titular del Pliego, debiendo la entidad gestionar la publicación de la autorización de la transferencia en el diario o fi cial El Peruano; Que, en mérito a lo expuesto, con O fi cio N° 000929- 2024-CG/SGE, de fecha 25 de julio de 2024, la Secretaría General de la Contraloría General de la República comunica al Jefe del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA), que la Contraloría General de la República, en calidad de ente rector del Sistema Nacional de Control, mediante Resolución de Contraloría N° 291-2024-CG aprobó la Incorporación de doscientos treinta y ocho (238) Órganos de Control Institucional a la Contraloría General, entre los cuales se encuentra el INIA; por lo que, habiendo recibido los documentos remitidos por la entidad; ha determinado que el monto a transferir a la Contraloría General asciende a la suma de ciento treinta y cuatro mil trescientos con 00/100 soles (S/ 134 300,00); Que, por Resolución Jefatural Nº 134-2024-INIA, de fecha 14 de agosto de 2024, se autorizó la transferencia Financiera del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, hasta por la suma de veintinueve mil ochocientos dos con 02/100 soles (S/ 29 802,02), a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco del proceso de incorporación progresiva del Órgano de Control Institucional a la Contraloría General de la República, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, y la Directiva N° 012-2023-CG-GMPL, “Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”; Que, mediante Memorando N° 1303-2024-MIDAGRI- INIA-GG-OA de fecha 16 de octubre de 2024, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) remite el Informe N° 0181-2024-MIDAGRI-INIA-GG/OPP-UPRE a través del cual la Unidad de Presupuesto (UPRE) señala que: “(…) En lo que va del año fi scal 2024, el Órgano de Control Institucional (OCI) del Pliego 163: INIA, cuenta en la fuente de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios un presupuesto PIA/PIM anual de S/ 621 762,00 Soles, distribuida en la genérica 2.1 Personal y Obligaciones Sociales (S/ 307 456,00); 2.3 Bienes y Servicios (S/ 180 005,00); 2.4 Donaciones y Transferencias (S/ 134 301,00), y que a la fecha 14 de octubre de 2024, dicho marco presupuestal evidencia una ejecución a nivel de Certi fi cación de Crédito Presupuestario (CCP) de S/ 476 099,93 Soles, con un avance del 76.57% de ejecución a nivel de Certi fi cado, determinando un saldo presupuestal por el monto de S/ 145 662.07, (Ver Reporte) lo cual viabiliza la transferencia correspondiente, en cumplimiento a lo dispuesto por la Contraloría General de la República, en el marco del proceso de incorporación progresiva de los OCI a la CRG (...)”; Que, asimismo, la UPRE indica que, en atención al O fi cio Nº 000929-2024-CG/SGE, mediante el cual, la Secretaria General de la Contraloría General de la Republica solicita la transferencia fi nanciera en el marco del proceso de incorporación progresiva de los OCI a la CRG por el monto de ciento treinta y cuatro mil trescientos con 00/100 soles (S/ 134 300,00), la mencionada Unidad de la OPP del Pliego 163 INIA, en uso de sus facultades, y con la fi nalidad de fi nanciar la segunda transferencia fi nanciera, cumple con otorgar la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 00007776, con cargo a la correlativa de meta 0496 Acciones de Control y Auditoria, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, genérica de gastos 2.4 Donaciones y Transferencias, partida especí fi ca 2.4.1 3.1 1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, hasta por la suma de ciento cuatro mil cuatrocientos noventa y siete con 98/100 soles (S/ 104 497,98); Que, en consecuencia, dicho órgano señala que, considerando los saldos disponibles en la correlativa de la meta 0496 “Acciones de Control y Auditoría” al cierre del presente informe, esta Unidad ha realizado un análisis exhaustivo de la situación presupuestaria; por lo que, en cumplimiento con lo previsto en la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30742, así como atendiendo al requerimiento formulado por la Contraloría General de la República a través del O fi cio Nº 000929- 2024-CG/SGE, se identi fi có la necesidad de proceder con la segunda transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República. En ese sentido refi ere que, dicha transferencia fi nanciera, que asciende a un monto total de ciento cuatro mil cuatrocientos noventa y siete con 98/100 soles (S/ 104 497,98), se fi nanciará con recursos ordinarios y será asignada en la genérica de gastos 2.4 “Donaciones y Transferencias”, en la partida especí fi ca 2.4.1 3.1 1 A “Otras Unidades del Gobierno Nacional”. Precisando además que, la transferencia tiene como objetivo cumplir con los compromisos establecidos en el marco legal vigente y asegurar el fi nanciamiento adecuado de las acciones de control y auditoría que realiza la Contraloría General de la República, fortaleciendo así el cumplimiento de las funciones de fi scalización en el ámbito gubernamental; Que, por Informe N° 00445-2024/MIDAGRI-INIA- GG/OAJ, de fecha 28 de octubre de 2024, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que, en consideración a la normativa glosada, y lo indicado por la UPRE-OPP, se debe proseguir con el trámite y aprobar la segunda transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; Con los vistos de la Gerencia General, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina de Administración, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y la Unidad de Presupuesto; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; la Directiva N° 012-2023-CG-GMPL, “Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 349-2023-CG, modi fi cada por Resolución de Contraloría N° 355-2023-CG; el Decreto Supremo N° 010-2014-MINAGRI, modi fi cado con el Decreto Supremo N° 004-2018-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del INIA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia Financiera del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, hasta por la suma de ciento cuatro mil cuatrocientos noventa y siete con 98/100 soles (S/ 104 497,98), a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco del proceso de incorporación progresiva del Órgano de Control Institucional a la Contraloría General de la República, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, y la Directiva N° 012-2023-CG-GMPL, “Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución, será con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, en la Especí fi ca del Gasto 2.4.1.3.1.1: Otras Unidades del Gobierno Nacional, fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Encargar a la O fi cina de Administración a efectuar la transferencia autorizada en el artículo 1 de