TEXTO PAGINA: 83
83 NORMAS LEGALES Viernes 1 de noviembre de 2024 El Peruano / Ofi cina de Informática para su publicación en el portal de Municipalidad Provincial de Islay. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RICHARD ALE CRUZ Alcalde 2339831-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES Ordenanza que modifica e incorpora en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Majes el procedimiento administrativo “Emisión de Constancia de Posesión de Servicios Básicos” en adecuación a la Ordenanza Municipal N° 006-2024-MDM ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-2024-MDM Majes, 18 de julio de 2024EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE MAJES en Sesión Ordinaria de la fecha; y, VISTO: Informe Nº 00000076-2024/GM/MDM de Gerencia Municipal; Informe Nº 00000325-2024/SGAJ/MDM de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica; Informe Nº 00000102- 2024/AL/NPCC/SGAJ/MDM Asistente Legal de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica; informe Nº 00000120- 2024/SGAYF/MDM la Sub Gerencia de Administración y Finanzas; Informe Nº 00000078-2024/UPYR-SGPPYR- MDM de la Unidad de Plani fi cación y Racionalización; Informe Nº 00000101-2024/UPYR-SGPPYR/MDM de la Unidad de Plani fi cación y Racionalización; Proveído Nº 00000465-2024/RAMD-SGAPI-MDM de la Sub Gerencia de Administración de la Propiedad Inmueble; Informe Nº 00000100-2024/UPYR-SGPPYR-MDM de la Unidad de Plani fi cación y Racionalización; y, CONSIDERANDO:Que, estando a lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; asimismo el artículo 41º de la misma norma indica que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, acuerdos que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o una norma institucional; Que, el numeral 17.2 del artículo 17º de la Resolución de secretaria de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, Resolución que Aprueba lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), en el cual se indica lo siguiente: Para los Gobiernos Regionales y Locales 17.2.1 En el caso de los proyectos de TUPA correspondientes a los Gobiernos Regionales y Locales, previamente a su aprobación por el Consejo Regional o Concejo Municipal, deben contar con la conformidad de la Gerencia General Regional o Gerencia Municipal respectiva; Que, el Informe Nº 00000100-2024/UPYR-SGPPYR- MDM de la Unidad de Plani fi cación y Racionalización, concluye que, ante la necesidad urgente de proceder con la incorporación del procedimiento administrativo “emisión de constancia de posesión de servicios básicos” en el TUPA de la municipalidad, en mérito de la Segunda Disposición Complementaria de la Ordenanza Municipal Nº 006-2024-MDM, este despacho ha considerado hacer una nueva revisión de la estructura de costos que sustentan la tasa establecida como derecho de tramitación en la propuesta inicial de modi fi cación del TUPA, a fi n de poder aplicar algún ajuste técnico, en el marco de la aplicación del proceso de simpli fi cación administrativa, para ello, es necesario que la Subgerencia de Administración de la Propiedad Inmueble y sus Departamentos involucrados con el mencionado procedimiento, deban brindar los siguientes insumos de información relacionados con el procedimiento: a. Actividades que podrían ser eliminadas del cuadro que se encuentra en el anexo Nº 01 del presente informe. b. Reducción del tiempo estimado de desarrollo para cada actividad identi fi cada en el procedimiento; Que, el Proveído Nº 00000465-2024/RAMD-SGAPI- MDM de la Sub Gerencia de Administración de la Propiedad Inmueble, opina que para la propuesta de la Ordenanza Municipal para servicios básico aplico el principio de simpli fi cación administrativa, por lo cual no sería prudente simpli fi car más allá de lo permitido dicho procedimiento, más aún cuando este se encuentra regulado en la Ordenanza Municipal Nº 006-2024-MDM; Que, el Informe Nº 00000101-2024/UPYR-SGPPYR/ MDM de la Unidad de Plani fi cación y Racionalización, hace una nueva reevaluación a la estructura de costos que sustentan la tasa establecida como derecho de tramitación para el procedimiento administrativo “EMISIÓN DE CONSTANCIA DE POSESIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS” en la propuesta de modi fi cación del TUPA alcanzada mediante INFORME Nº 00000078-2024-UPYR-SGPPYR-MDM, a solicitud del despacho de Alcaldía, a través del proveído Nº 00000659-2024/A/MDM; sin embargo, dado que la Subgerencia de Administración de la Propiedad Inmueble ha comunicado no poder realizar la simpli fi cación administrativa a las actividades considerados en el costo de la tasa del procedimiento administrativo: EMISIÓN DE CONSTANCIA DE POSESIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS, no será posible realizar algún reajuste a la referida estructura de costos, en ese sentido, se procede a reiterar la propuesta inicial de modi fi cación del TUPA; Que, el Informe Nº 00000078-2024/UPYR- SGPPYR-MDM de la Unidad de Plani fi cación y Racionalización, respecto de la modi fi cación del TUPA, sobre el procedimiento administrativo “EMISIÓN DE CONSTANCIA DE POSESIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS”, en adecuación a la ordenanza municipal Nº 006-2024-MDM, es de la opinión que, en el marco de lo establecido en el artículo 17º de los lineamientos, alcanza la propuesta de modi fi cación del TUPA que considera la implementación de la Segunda Disposición Complementaria de la Ordenanza Municipal Nº 006-2024-MDM, con la fi nalidad de incorporar al TUPA de la municipalidad, cuya tasa se encuentra sustentado en la respectiva Estructura de Costos (anexos 01; 02; 03; 04; 05; 06 y 07) derivado de la Tabla ASME elaborado en el Sistema Único de Tramites, bajo la metodología establecida en el D.S. 064-2010-PCM, para cuyo efecto de aprobación forman parte del presente, los formatos respectivos de la modi fi cación del TUPA; recomendando proseguir con el trámite de aprobación de la modi fi cación por parte del Pleno del Concejo Municipal mediante Ordenanza Municipal, asimismo, una vez aprobado deberá de elevarse a la Municipalidad Provincial de Caylloma para la rati fi cación de la tasa correspondiente, para luego ser publicado;