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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (07/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Jueves 7 de noviembre de 2024 El Peruano / MINISTERIO PÚBLICO Modifican el literal a) “En Materia de Gestión Normativa” del artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 115-2024-MP-FN RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2515-2024-MP-FN Lima, 6 de noviembre de 2024 VISTOS: El Informe Nº 1055-2024-MP-FN-OGASEJ, de fecha 23 de octubre de 2024, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; el Proveído Nº 12689-2024-MP-FN-GG, de fecha 24 de octubre de 2024, de la Gerencia General; el Informe Nº 472-2024-MP-FN-GG-OGPLAP-ORACE, de fecha 24 de octubre de 2024, de la O fi cina de Racionalización y Estadística; el O fi cio Nº 2196-2024-MP-FN-GG-OGPLAP, de fecha 25 de octubre de 2024, de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto; el O fi cio Nº 1146-2024-MP- FN-OGASEJ, de fecha 25 de octubre de 2024, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 476-2024-MP-FN-GG-OGPLAP-ORACE, de fecha 25 de octubre de 2024, de la O fi cina de Racionalización y Estadística; el O fi cio Nº 2207-2024-MP-FN-GG-OGPLAP, de fecha 26 de octubre de 2024, de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto; el O fi cio Nº 001329 -2024-MP-FN-GG, de fecha 30 de octubre de 2024, de la Gerencia General, y; CONSIDERANDO: El artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público establece que el Fiscal de la Nación representa al Ministerio Público, cuya autoridad se extiende a todos los funcionarios que lo integran, cualesquiera que sean su categoría y actividad funcional especializada. Con el numeral 72.2 del artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS (en adelante, el TUO LPAG), se establece que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el e fi ciente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia. Mediante los numerales 78.1 y 78.2 del artículo 78 del TUO LPAG, se establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad, con excepción de las atribuciones esenciales del órgano que justi fi can su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso, y las atribuciones a su vez recibidas en delegación. El numeral 6.1 del artículo 6º de la Directiva Nº 0002-2024-EF/53.01 “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modi fi cación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público” aprobada mediante Resolución Directoral Nº 0003-2024-EF/53.01, de fecha 13 de febrero de 2024, establece que el Presupuesto Analítico de Personal (en adelante, el PAP) es el documento de gestión institucional que sistematiza el presupuesto de las plazas que corresponden a los ingresos de personal que percibe el personal activo de manera permanente, periódica, excepcional u ocasional, cuya entrega se realiza de manera regular en el tiempo, incluyendo los aportes que por ley corresponda, comprendidos en el presupuesto institucional de las entidades del Sector Público, que cuenten con un crédito presupuestario aprobado. El numeral 14.7 del artículo 14 de la citada Directiva Nº 0002-2024-EF/53.01 establece que el Titular del Pliego aprueba el PAP de sus Unidades Ejecutoras, salvo delegación expresa al Titular de la Entidad de la Unidad Ejecutora. Mediante la Resolución de la Fiscalía de Nación Nº 115-2024-MP-FN, de fecha 15 de enero de 2024, se delegan facultades y atribuciones del Titular de la Entidad, al Jefe Nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses y a los Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores responsables de las unidades ejecutoras que conforman el Pliego 022: Ministerio Público, en materia presupuestal, tesorería, normativa y administrativa. En el literal a) “En materia de gestión normativa” del artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 115-2024-MP-FN, se dispone que la delegación de facultades - entre otros - incumbe la aprobación de directivas y/o manuales y la elaboración de documentos de gestión orientados a optimizar los procedimientos administrativos de la Unidad Ejecutora en concordancia con los instrumentos normativos institucionales. A través del Informe Nº 1055-2024-MP-FN-OGASEJ, de fecha 23 de octubre de 2024, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, considerando lo dispuesto en el numeral 14.7 del artículo 14 de la citada Directiva Nº 0002- 2024-EF/53.01, opina que resulta necesaria la emisión de un acto resolutivo precisando de manera expresa que la delegación de facultades por parte del Titular del Pliego hacia los Titulares de las Unidades Ejecutoras realizadas mediante la RFN 115-2024-MP-FN, también incluye la aprobación de sus respectivos PAP. En mérito a ello, mediante el Proveído Nº 12689-2024-MP-FN-GG, de fecha 24 de octubre de 2024, la Gerencia General dispuso a la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto que a través de la O fi cina de Racionalización y Estadística emita el informe técnico de sustento para el acto resolutivo precisando de manera expresa que la delegación de facultades por parte del Titular del Pliego hacia los Titulares de las Unidades Ejecutoras realizadas mediante la RFN 115-2024-MP-FN, también incluye la aprobación de su respectivo PAP. Con los O fi cios Nºs .2196-2024-MP-FN-GG-OGPLAP y 2207-2024-MP-FN-GG-OGPLAP, de fechas 25 y 26 de octubre de 2024, respectivamente, la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto remitió los Informes Nºs. 472-2024-MP-FN-GG-OGPLAP-ORACE y 476-2024-MP- FN-GG-OGPLAP-ORACE, ambos de fecha 25 de octubre de 2024, de la O fi cina de Racionalización y Estadística, en los cuales concluye que resulta válida la propuesta de modi fi cación de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 115-2024-MP-FN en relación a delegar expresamente las facultades por parte del Titular del Pliego hacia los Titulares de las Unidades Ejecutoras para aprobar el PAP. A través del O fi cio Nº 1146-2024-MP-FN-OGASEJ, de fecha 25 de octubre de 2024, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto de la propuesta de modi fi cación de la delegación de facultades precisando que, si bien la citada delegación de facultades incumbe la aprobación y elaboración de documentos de gestión, dentro del cual se encuentra el PAP, no obstante en mérito de lo dispuesto en el numeral 14.7 del artículo 14 de la citada Directiva Nº 0002-2024-EF/53.01, es necesario precisar de manera expresa la delegación de facultades por parte del Titular del Pliego hacia los Titulares de las Unidades Ejecutoras realizadas mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 115-2024-MP-FN, en relación a la aprobación de sus respectivos PAP. Teniendo en consideración las normas antes citadas, y con el propósito de lograr una mayor fl uidez a la gestión administrativa de la Entidad y cumplir de manera oportuna y efi caz las funciones institucionales, resulta necesario atender el requerimiento a efectos de modi fi car la delegación de facultades en materia de gestión normativa en el Jefe Nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses como responsable de la Unidad Ejecutora 010: Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, con competencia a nivel nacional; así como en los Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores responsables de las unidades ejecutoras: 003 Gerencia Administrativa de Arequipa, 004 Gerencia Administrativa de Lambayeque, 005 Gerencia Administrativa de La Libertad, 006 Gerencia Administrativa de Cusco, 007 Gerencia Administrativa de Piura, 008 Gerencia Administrativa de