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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (07/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Jueves 7 de noviembre de 2024 El Peruano / VISTO: El Informe N° 001245-2024-07.04/SENCICO, de fecha 04 de noviembre de 2024, del Departamento de Recursos Humanos; el Informe N° 000139-2024-06.00/SENCICO, de fecha 05 de noviembre de 2024, de la O fi cina de la Secretaría General; el Informe N° 000632-2024-03.01/ SENCICO, de fecha 06 de noviembre de 2024, de la Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO:Que, el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, es un organismo público ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que funciona con autonomía técnica, administrativa y económica, y cuenta con patrimonio propio. Es el encargado de la formación, capacitación integral, cali fi cación y certi fi cación profesional de los trabajadores de la actividad de la construcción, en todos sus niveles, y de realizar las investigaciones y estudios necesarios para atender a sus fi nes, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 30156, el Decreto Legislativo N° 147 y el Decreto Supremo N° 097-2021-PCM; Que, mediante Resolución Suprema N° 077-2001- MTC, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, el mismo que contiene el número, nivel, denominación y ubicación estructural de las plazas de la entidad, entre las que se encuentra la plaza denominada “Asesor en Sistemas e Informática”, Categoría D2; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 094-2022-02.00, se aprueba el Manual de Clasi fi cador de cargos del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, que establece la clasi fi cación del personal de acuerdo a los grupos ocupacionales señalados en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, así como los requisitos mínimos para asumir los cargos mencionados en dicho instrumento de gestión; en el cual se consigna que el cargo de “Asesor” y se encuentra dentro del grupo ocupacional “Empleado de Con fi anza”; Que, conforme al numeral 2.1 del artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, las Ofi cinas de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces en las entidades públicas, son responsables de verifi car el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puestos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 67-2021-02.00 se aprobó la Directiva DI/PE/OAF-RRHH/N° 001-2021 – Directiva de designación, rotación y encargo de puestos y funciones en el SENCICO, la cual establece los lineamientos para la procedencia y aplicación de las acciones administrativas de designación, rotación y encargo de puesto o funciones en el SENCICO; Que, el numeral 8.1.2 de dicha Directiva indica que, para gestionar la designación en cargos clasi fi cados como de con fi anza o de directivos de libre designación y remoción, el Departamento de Recursos Humanos realizará la veri fi cación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el Clasi fi cador de Cargos del SENCICO, a fi n de determinar la compatibilidad entre el per fi l del candidato y el per fi l mínimo del cargo objeto de designación, siendo necesario su total cumplimiento; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 114-2019-02.00 de fecha 21 de junio de 2019, al Ing. Héctor Varas Graus MBA PMP, en el cargo de con fi anza de Asesor en Sistemas e Informática, bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios CAS, en el marco de lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29548, que modi fi ca el Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios. Que, mediante Informe N° 001245-2024-07.04/ SENCICO, de fecha 04 de noviembre de 2024, el Departamento de Recursos Humanos concluyó que el señor LUIS ANGEL LAPA LOAYZA cumple con los requisitos establecidos en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; y, el Manual de Clasi fi cador de Cargos de SENCICO, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 94-2022-02.00; Que, por Acuerdo Unánime N° 100-01 adoptado por el Consejo Directivo Nacional en la Sesión Extraordinaria 100, llevada a cabo el 5 de noviembre de 2024, se retira la con fi anza al señor Roger Héctor Varas Graus, del cargo de Asesor en Sistemas e Informática, o fi cializada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 114-2019-02.00 de fecha 21 de junio de 2019; y asimismo, en base a los Informes N° 001245-2024-07.04, del Departamento de Recursos Humanos y el Informe N° 000630-2024-03.01 de Asesoría Legal, designa al señor Luis Ángel Lapa Loayza, en el cargo de con fi anza de Asesor en Sistemas e Informática, a partir del día de la publicación en el Diario O fi cial el Peruano de la Resolución de su o fi cialización, quien será designado bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), regulado por el Decreto Legislativo N° 1057, en cumplimiento al Acuerdo N°1278-01 del Consejo Directivo Nacional; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el literal c) y j) del artículo 33 del Estatuto del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2001-MTC, es función del Presidente Ejecutivo disponer la ejecución de los Acuerdos del Consejo Directivo Nacional y de las resoluciones que este adopte; así como emitir las disposiciones que estime necesario para la buena marcha del SENCICO; Que, mediante Informe N° 000632-2024-03.01/ SENCICO, de fecha 06 de noviembre de 2024, la Asesoría Legal concluye que estando a lo indicado por el Departamento de Recursos Humanos, a lo dispuesto por el Consejo Directivo Nacional de SENCICO, y a la verifi cación de cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y, el Manual de Clasi fi cador de Cargos de SENCICO, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 94-2022-02.00; resulta pertinente que se emita el correspondiente acto resolutivo por el cual se formalice el Acuerdo Unánime N° 100-01, adoptado en la Sesión Extraordinaria N° 100 realizada el día 5 de noviembre de 2024; por el cual se designa al señor Luis Ángel Lapa Loayza, en el cargo de confi anza de Asesor en Sistemas e Informática, a partir del día de la publicación en el Diario O fi cial el Peruano de la Resolución de su o fi cialización; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Legislativo N° 147, Ley del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción (SENCICO); el literal c) y j) del artículo 33 del Estatuto del Servicio Nacional de Normalización, Capacitación e Investigación para la Industria de la Construcción – SENCICO, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2001-MTC; Con los vistos del Jefe (e) del Departamento de Recursos Humanos, de la Asesora Legal (e) y del Gerente General (e); SE RESUELVE: Artículo 1°.- FORMALIZAR el punto N° 1 del Acuerdo Unánime N° 100-01 adoptado por el Consejo Directivo Nacional en la Sesión Extraordinaria 100, llevada a cabo el 5 de noviembre de 2024, por el cual se retira la con fi anza al señor Roger Héctor Varas Graus, del cargo de Asesor en Sistemas e Informática, o fi cializada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 114- 2019-02.00 de fecha 21 de junio de 2019.