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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (07/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 56

56 NORMAS LEGALES Jueves 7 de noviembre de 2024 El Peruano / Que, a través del Informe Técnico N° 001518-2024-SERVIR-GPGSC la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, señala que la propuesta sustentada por la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, órgano de línea de SERVIR competente para emitir opinión, está en consonancia con la fi nalidad de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, de contar con un servicio civil que permita que las entidades públicas alcancen mayores niveles de e fi cacia y e fi ciencia, y presten efectivamente servicios de calidad, así como con la fi nalidad de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, de obtener mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal y el logro de una mejor atención a las personas; recomendando se continúe con el trámite para su aprobación; Que, mediante el Informe Legal N° 000497-2024-SERVIR-GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que la propuesta efectuada por la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, se enmarca en lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley N° 31912; como parte de su implementación, por lo que, opina en el sentido que resulta viable su aprobación; Con el visado de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto la Ley N° 31912, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica, la respuesta ante la emergencia y el peligro inminente por la ocurrencia del Fenómeno El Niño para el año 2023 y dicta otras medidas; el Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, y modi fi catorias; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y modi fi catorias; su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y modi fi catorias; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2008-PCM y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car la “ Defi nición de metas de cumplimiento y evaluación de los servidores públicos de alto rendimiento contratados con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial (FAG), en el marco de la Ley N° 31912 ”, contenida en el Anexo N° 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000020-2024-SERVIR-GDGP, sustituyéndose por el Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR (www.gob.pe/servir), el mismo día de la publicación de la Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUILLERMO STEVE VALDIVIESO PAYVA Presidente Ejecutivo Consejo Directivo 2341632-1 Formalizan Acuerdo a través del cual se aprueban los “Lineamientos que regulan el procedimiento e implementación del Servicio de Identificación de Competencias” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000143-2024-SERVIR-PE Lima, 1 de noviembre de 2024VISTOS, el Informe N° 000030-2024-SERVIR-GDGP, los Informes Técnicos Nos. 000008-2024-SERVIR-GDGP-DCR y 000052-2024-SERVIR-GDGP-SD, los Memorandos N°s 000594-2024-SERVIR-GDGP (precisado por el Proveído N° 002402-2024-SERVIR-GDGP) y 000631-2024-SERVIR-GDGP de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública; los Informes Técnicos Nos 001475-2024-SERVIR-GPGSC y 001080-2024-SERVIR-GPGSC de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil; el Memorando N° 000629-2024-SERVIR-GG-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 000331-2024-SERVIR-GG de la Gerencia General; el Informe Legal N° 000500-2024-SERVIR-GG-OAJ y la Hoja Informativa N° 000131-2024-SERVIR-GG-OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1023, se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno, con competencia a nivel nacional y sobre todas las entidades de la administración pública, asumiendo la calidad de ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (SAGRH); Que, el Decreto Legislativo N° 1602, Decreto Legislativo que modi fi ca la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, para fortalecer la gestión pública a través el tránsito de las entidades públicas y promover el acceso meritocrático de los servidores civiles al régimen del servicio civil y dicta otras disposiciones, en el numeral 6.1 de su artículo 6, autoriza a SERVIR a diseñar e implementar el servicio de evaluación de competencias para puestos directivos, distinto al establecido para los concursos públicos de méritos de directivos y la gestión del rendimiento, el cual está orientado a los servidores civiles y profesionales interesados en vincularse al grupo de directivos públicos; Que, en ese sentido, los numerales 6.2 y 6.3 del artículo 6 del referido Decreto Legislativo, establecen que el resultado favorable de dicho servicio, es utilizado para acreditar la cali fi cación aprobatoria de la evaluación de competencias de los concursos públicos de méritos; y, que SERVIR, mediante lineamiento, aprueba el procedimiento y aplicación del servicio de evaluación por competencias para puestos directivos; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1602, establece, entre otras cosas, que los lineamientos que emita SERVIR en el marco de lo dispuesto en dicho Decreto Legislativo, se aprueban por el Consejo Directivo y se formalizan mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva; Que, la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, a través del Informe N° 000030-2024-SERVIR- GDGP y el Informe Técnico N° 000008-2024-SERVIR- GDGP-DCR, complementado con el Informe Técnico N° 000052-2024-SERVIR-GDGP-SD, sustenta y propone los “Lineamientos que regulan el procedimiento e implementación del Servicio de Identi fi cación de Competencias”; cuya fi nalidad es realizar la medición del nivel de desarrollo de las competencias de los servidores o profesionales interesados en formar parte del segmento directivo en el régimen del servicio civil, a través de indicadores conductuales como predictores del desempeño laboral, precisándose que estas competencias se encuentran directamente relacionadas con el puesto y la función del segmento directivo; Que, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, a través del Informe Técnico N° 001080-2024-SERVIR-GPGSC, rati fi cado con Informe Técnico N° 001475-2024-SERVIR-GPGSC, señala que el servicio de identi fi cación de competencias se realizaría a través de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, que cuenta con el equipo necesario para su aplicación y ejecución; motivo por el cual, se hace necesaria la emisión de los lineamientos que desarrollen y viabilicen el procedimiento del servicio, conforme se ha contemplado en la propuesta de Lineamientos; opinando que encuentra viable la propuesta de lineamientos formulada por la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica a través del Informe Legal N° 000500-2024-SERVIR-GG-OAJ concluye que la propuesta de lineamientos formulada por la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública resulta