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13 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de noviembre de 2024 El Peruano / Nacional, es un órgano colegiado integrado por tres (3) funcionarios de la Alta Dirección o titulares de órganos de línea o asesoramiento de la entidad; Que, la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego a través del Memorando Nº 1265-2024-MIDAGRI-DVDAFIR-DGIHR y el Informe N° 0049-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/DGIHR-DNIHR-RACH, de la Dirección de Normatividad de Infraestructura Hidráulica y Riego, proponen la inclusión de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto - OGPP en el CPIP-CEPRI, considerando su rol estratégico en la gestión de inversión pública y privada del sector, y en la programación multianual de inversiones; así como, su participación en la coordinación y evaluación del Plan Operativo Institucional y el Plan Estratégico Institucional del MIDAGRI, asegurando que los proyectos de inversión estén alineados con las metas estratégicas y recursos disponibles; Que, mediante Resolución Ministerial N° 004-2024-MIDAGRI se crea el Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada CPIP-CEPRI del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en relación a los miembros que integran el Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada CPIP, incorporar a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto - OGPP; Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de la Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; del Director General de Infraestructura Hidráulica y Riego; del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 240-2018-EF; el Decreto Legislativo Nº 994, Decreto Legislativo que promueve la inversión privada en proyectos de irrigación para la ampliación de la frontera agrícola, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 020-2008-AG; la Ley Nº 31075, Ley que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y la Resolución Ministerial N° 080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modi fi cación del Artículo Primero de la Resolución Ministerial N° 0259-2024-MIDAGRI, que modi fi ca el Artículo Primero de la Resolución Ministerial N° 004-2024-MIDAGRI. Modi fi car el Artículo Primero de la Resolución Ministerial N° 0259-2024-MIDAGRI, en los siguientes términos: “Artículo Primero.- Creación del Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada CPIP-CEPRI del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y designación de sus integrantes. Crear el Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada CPIP-CEPRI del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, responsable de ejercer las funciones de conducción de los procesos de promoción de la inversión privada y de tramitar y evaluar las iniciativas privadas en proyectos de inversión agrarios que se presenten en el marco del Decreto Legislativo Nº 994 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 020-2008-AG, y el Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 240- 2018-EF; el mismo que estará integrado de la siguiente manera: 1. Un Representante del Viceministerio de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, quien lo preside. 2. El Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto.3. El Director General de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego. El Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego designa a su representante mediante documento escrito dirigido a la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego Artículo Segundo.- Publicación La presente Resolución Ministerial es publicada en la Sede Digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2343573-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor del Gobierno Regional de Amazonas DECRETO SUPREMO Nº 219-2024-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el numeral 112.1 del artículo 112 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza al Ministerio de Educación, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional del Año Fiscal 2024, a efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los gobiernos regionales, hasta por la suma de S/ 991 972 499,00 (NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), para fi nanciar, entre otras fi nalidades, lo dispuesto en el literal l) del citado numeral, referido al pago de los derechos y bene fi cios correspondientes de los profesores contratados en el marco del Contrato de Servicios Docente al que se re fi ere la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones, y la normatividad complementaria; Que, asimismo, el numeral 112.2 del artículo 112 de la Ley Nº 31953, dispone que dichas modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a propuesta de este último, conforme con las disposiciones establecidas por el Ministerio de Educación, en el marco de la normatividad de la materia; debiendo publicarse hasta el 15 de noviembre de 2024; precisando que las propuestas en mención se presentan al Ministerio de Economía y Finanzas hasta el 22 de octubre de 2024; Que, mediante el O fi cio Nº 02425-2024-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor del Gobierno Regional de Amazonas, para fi nanciar el pago de las remuneraciones del personal docente contratado por reemplazo de los docentes titulares que han sido separados por medida preventiva, en el marco de lo dispuesto en el literal l) del numeral 112.1 del artículo 112 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 02039-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del citado Ministerio, con los respectivos sustentos;