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45 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de noviembre de 2024 El Peruano / Visto, el Expediente N° 2024-0252381, que contiene el Ofi cio N° 2286-2024-PE/INS del Instituto Nacional de Salud; y, el Informe N° D001045-2024-OGAJ-MINSA de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo; y que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es competente en salud de las personas; y su artículo 4 dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él, las instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y las personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, los literales b) y h) del artículo 5 del acotado Decreto Legislativo, modifi cado por el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud, entre otras; Que, de acuerdo con los artículos 4 y 6 del Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, modifi cado por la Ley N° 31961, el Instituto Nacional de Salud (INS) es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Salud, que tiene competencia a nivel nacional en investigación, innovación y tecnologías en salud, las que comprenden los siguientes ámbitos de la salud pública: a) La prevención y control de las enfermedades transmisibles y no transmisibles; b) La alimentación, nutrición y tecnologías alimentarias; c) La salud ocupacional y protección del ambiente centrado en la salud de las personas; d) La interculturalidad en salud y la medicina tradicional y complementaria; e) La producción de biológicos y bienes de importancia estratégica en salud pública; y, f) El control de la calidad de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios; Que, el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 190-2020-MINSA conforma la Red Nacional de Evaluación de Tecnologías Sanitarias (RENETSA), integrada por el Instituto Nacional de Salud (INS), la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID), y el Seguro Social de Salud (ESSALUD), a través del Instituto de Evaluación de Tecnologías en Salud e Investigación (IETSI); Que, con los documentos del visto, el Instituto Nacional de Salud propone la aprobación del Documento Técnico para la evaluación de costo – efectividad de tecnologías sanitarias; Con el visado del Instituto Nacional de Salud, de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General, y del Despacho Viceministerial de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modifi cado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, y por el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modifi cado mediante los Decretos Supremos N° 011-2017-SA y N° 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Documento Técnico para la evaluación de costo – efectividad de tecnologías sanitarias, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, y que se publica en la sede digital del Ministerio de Salud. Artículo 2.- Encargar a la Ofi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2347970-1 Autorizan viaje de Director General de la Oficina General de Cooperación Técnica Internacional a Francia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 825-2024/ MINSA Lima, 26 de noviembre del 2024 Visto, el Expediente OGCTI20240001679 que contiene la Nota Informativa Nº D000571-2024-OGCTI-MINSA de la Ofi cina General de Cooperación Técnica Internacional, el Memorándum Nº D003326-2024-OGA-MINSA de la Ofi cina General de Administración, el Memorándum Nº D004421-2024-OGGRH-MINSA de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos y la Nota Informativa Nº D001327-2024-OGAJ-MINSA de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N de fecha 27 de junio de 2024, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) extiende invitación al Ministerio de Salud, a fi n que participe en la “36° Sesión del Comité de Salud”, a llevarse a cabo del 2 al 4 de diciembre de 2024, en la ciudad de París, República Francesa; Que, el citado evento tiene como objetivo asegurar el cumplimiento del compromiso asumido por el sector Salud en el marco del proceso de adhesión del Perú a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE); así como, promover acuerdos para la adopción de instrumentos, decisiones y recomendaciones que ayuden a fortalecer la salud pública; Que, a través de la Nota Informativa Nº D000571- 2024-OGCTI-MINSA se solicita la autorización de viaje al exterior del señor VICTOR YOSEF MELT CAMPOS, Director General de la Ofi cina General de Cooperación Técnica Internacional, para que participe en el indicado evento; Que, con Memorándum Nº D003326-2024-OGA- MINSA la Ofi cina General de Administración informa que los gastos que irroga el viaje al exterior, por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme a las Certifi caciones de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000012672 y Nota Nº 0000012647, respectivamente; Que, mediante Memorándum Nº D004421-2024- OGGRH-MINSA la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos remite el Informe Nº D000495-2024-OGGRH-ODRH-EGC-MINSA, a través del cual comunica la condición laboral del servidor antes mencionado;