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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (27/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de noviembre de 2024 El Peruano / de acompañamiento a la Empresa Consultora durante la elaboración del Plan de Rehabilitación, en aquellos casos en que la remediación ambiental se encuentre a cargo del Estado y de manera facultativa en los casos de Planes de Rehabilitación a cargo de una Empresa Responsable; Que, el literal c) del artículo 8 del Reglamento de la Ley del Fondo de Contingencia, establece que son funciones de la Autoridad sectorial competente, realizar acciones de acompañamiento a la Empresa Remediadora durante la ejecución del Plan de Rehabilitación, en aquellos casos en que la remediación ambiental se encuentre a cargo del Estado; Que, mediante el informe de vistos, emitido por la Dirección de Gestión Ambiental de Hidrocarburos de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos, se sustenta la necesidad de aprobar los lineamientos para el proceso de acompañamiento en la remediación ambiental, los cuales permitirán establecer y detallar los aspectos que debe considerar la Autoridad sectorial competente para ejecutar las acciones de acompañamiento tanto para la etapa de elaboración y ejecución del Plan de Rehabilitación; Que, resulta necesario aprobar los lineamientos para el proceso de acompañamiento en la remediación ambiental, en el marco de lo dispuesto Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 021-2020-EM; los mismos que cuentan con la opinión previa favorable del Ministerio del Ambiente, la cual fue otorgada mediante Ofi cio N° 00564-2024-MINAM/VMGA/DGPIGA y sustentada mediante Informe N° 00321-2024-MINAM/VMGA/DGPIGA/DGEIA; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modifi catorias; el Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM; el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 039-2014-EM, y sus modifi catorias; la Ley Nº 30321, Ley que crea el Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental; y, el Reglamento de la Ley Nº 30321, Ley que crea el Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental, aprobado por Decreto Supremo N° 039-2016-MINEM, y su modifi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Aprobar los “Lineamientos para el proceso de acompañamiento en la remediación ambiental”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- De los Procesos de acompañamiento Los Procesos de acompañamiento en curso se regirán por lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial, en lo que corresponda, siempre que no retrotraiga las etapas ni se incrementen los plazos. Artículo 3.- Publicación La presente Resolución Ministerial y su Anexo aprobado en el artículo 1, se publican en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario ofi cial “El Peruano”. Artículo 4.- Vigencia La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.RÓMULO MUCHO MAMANI Ministro de Energía y Minas 2348144-1INTERIOR Designan temporalmente a funcionario para que desempeñe las funciones de Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES RESOLUCIÓN SUPREMA N° 194-2024-IN Lima, 26 de noviembre de 2024 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 285-2022-IN se designó al señor Armando Benjamín García Chunga en el cargo público de confi anza de Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; Que, con Resolución Ministerial N° 1435-2024- IN, se autoriza el viaje del citado servidor, en comisión de servicios, del 27 al 30 de noviembre de 2024, a la ciudad de Bogotá de la República de Colombia, para que participe en el XIV Congreso de la Red Iberoamericana de Autoridades Migratorias (RIAM); Que, es necesario designar temporalmente al profesional propuesto mediante Ofi cio N° 001482- 2024-GG-MIGRACIONES, para que desempeñe las funciones de Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, quien las ejercerá, en adición a sus funciones y, en tanto dure la ausencia del titular, desde el 27 de noviembre de 2024, a fi n de continuar con el normal desarrollo de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM; Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1130, Decreto Legislativo que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, publicado por Resolución de Superintendencia N° 000139-2024-MIGRACIONES; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar temporalmente al señor HIALMER SATURNINO ORDINOLA CALLE, para que desempeñe las funciones de Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, en adición a sus funciones de Gerente General de la referida Superintendencia, a partir del 27 de noviembre de 2024, y en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JUAN JOSÉ SANTIVÁÑEZ ANTÚNEZ Ministro del Interior 2348175-6