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40 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de noviembre de 2024 El Peruano / a transferir, estableciendo previamente el mecanismo apropiado para tal efecto; Que, con fecha 14 de noviembre de 2024, se aprobó mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 017-2024-IMARPE/PE, la desagregación de los recursos aprobados mediante Ley N°32158, por la suma de S/ 46 802 340,00 (Cuarenta y Seis Millones Ochocientos Dos Mil Trescientos Cuarenta y 00/100 Soles), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que mediante el Ofi cio N° 00000326-2024-PRODUCE/ OGPPM de fecha 22 de noviembre de 2024, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, remite el Informe N° 383-2024-PRODUCE/OPMI de la Ofi cina de Programación Multianual de Inversiones, donde se emite opinión favorable a la propuesta de modifi cación presupuestaria para la ejecución de la Inversión “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE PROMOCIÓN DE LA CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA EN INVESTIGACIÓN PESQUERA OCEANOGRÁFICA DEL IMARPE DE CENTRO POBLADO CALLAO DISTRITO DE CALLAO DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO DEL DEPARTAMENTO DE CALLAO” con CUI N° 2660685, de conformidad con lo establecido en los Lineamientos sobre modifi caciones presupuestarias para la ejecución del gasto en proyectos de los pliegos, que forma parte de la Directiva N° 001-2024-EF/50.04 Directiva de la Ejecución Presupuestaria, solicitado por el IMARPE mediante Ofi cio N° 0187-2024-IMARPE/PE; Que, con fecha 25 de noviembre del 2024, se suscribió la ADENDA N° 003 al Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional entre el Instituto del Mar del Perú (IMARPE) y la Empresa Servicios Industriales de la Marina S.A – SIMA - PERÚ, con el objeto de establecer mecanismos de mutua colaboración entre el SIMA-PERÚ y el IMARPE, para que SIMA PERÚ desarrolle el Expediente Técnico para el diseño y la posterior ejecución de la construcción, equipamiento orgánico, suministros, puesta en funcionamiento, pruebas y entrega del BIPO Tipo 1, bajo la modalidad “Llave en Mano”, de acuerdo a los alcances y términos del Estudio de Pre inversión a nivel de perfi l, presentado por SIMA PERÚ y aprobado por la Unidad Formuladora del IMARPE; Que, el numeral 5.1 de la Cláusula Quinta de la citada Adenda, señala que, el IMARPE deberá pagar un adelanto equivalente al Veintiséis con Cuatro Décimas (26.4%) del monto establecido en la Cláusula Cuarta, equivalente a S/ 46 802 340,00 (Cuarenta y Seis Millones Ochocientos Dos Mil Trescientos Cuarenta y 00/100 Soles) en el presente Año Fiscal 2024; Que, a través del Informe N° 051-2024-IMARPE/ OGPP, de fecha 25 de noviembre de 2024, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable y señala que el Presupuesto Institucional del Pliego 240: Instituto del Mar del Perú - IMARPE, cuenta con los recursos disponibles para realizar la transferencia fi nanciera a que se refi eren los considerandos precedentes, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios - RO, por la suma S/ 46 802 340,00 (Cuarenta y Seis Millones Ochocientos Dos Mil Trescientos Cuarenta y 00/100 Soles), a favor del Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA-PERÚ) S.A. para fi nanciar la elaboración de los estudios defi nitivos - expediente técnico y obra de construcción del BIPO Tipo 1, considerado en el proyecto de inversión CUI N° 2660685, “Mejoramiento del Servicio de Promoción de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica en Investigación Pesquera Oceanográfi ca del IMARPE del Centro Poblado Callao, Distrito del Callao de la Provincia Constitucional del Callao del Departamento de Callao”; Que, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° 316-2024-IMARPE/OGAJ de fecha 25 de noviembre de 2024, indica que resulta jurídicamente viable la emisión de la Resolución que apruebe la transferencia fi nanciera por la suma S/ 46 802 340,00 (Cuarenta y Seis Millones Ochocientos Dos Mil Trescientos Cuarenta y 00/100 Soles), a favor del Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA-PERÚ) S.A. para fi nanciar la elaboración de los estudios defi nitivos - expediente técnico y obra de construcción del BIPO Tipo 1, considerado en el proyecto de inversión CUI N° 2660685, “Mejoramiento del Servicio de Promoción de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica en Investigación Pesquera Oceanográfi ca del IMARPE del Centro Poblado Callao, Distrito del Callao de la Provincia Constitucional del Callao del Departamento de Callao”, de acuerdo a lo indicado por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Con los visados de la Gerencia General, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la Ofi cina General de Administración y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Autorizar la transferencia fi nanciera a favor de Servicios Industriales de la Marina S.A - SIMA PERÚ S.A, con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 240: Instituto del Mar del Perú (IMARPE) del Ejercicio Fiscal 2024, por la suma de S/ 46 802 340,00 (Cuarenta y Seis Millones Ochocientos Dos Mil Trescientos Cuarenta y 00/100 Soles), para fi nanciar la elaboración de los estudios defi nitivos - expediente técnico y obra de construcción del BIPO Tipo 1 (BIPO Tipo 1-01), considerado en el proyecto de inversión con CUI N° 2660685, “Mejoramiento del Servicio de Promoción de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica en Investigación Pesquera Oceanográfi ca del IMARPE del Centro Poblado Callao, Distrito del Callao de la Provincia Constitucional del Callao del Departamento de Callao”. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada por la presente Resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 240: Instituto del Mar del Perú - IMARPE, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios - RO, Meta 0000536, Específi ca de Gasto 2.4.23.14 “A Otras Entidades Públicas”, por la suma de S/ 46 802 340,00 (Cuarenta y Seis Millones Ochocientos Dos Mil Trescientos Cuarenta y 00/100 Soles). Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y encargar al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, proceda a publicarla con su Anexo en el portal web de la entidad: http://www.imarpe.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE PAZ ACOSTA Presidente Ejecutivo (e) Instituto del Mar del Perú 2348074-1 Modifican el contenido del Anexo Nº 3 denominado “Lista de Servicios Adicionales (no incluidos en Tarifarios)”, aprobado mediante la Resolución Ejecutiva Nº 047- 2021-ITP/DE RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 000200-2024-ITP/DE San Isidro, 25 de noviembre del 2024VISTOS:El Memorando N° 0806-2024-ITP/DEDFO de fecha 15 de octubre de 2024 de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE; el Memorando N° 6769-2024-ITP/OPPM de fecha 24 de octubre de 2024 y el Memorando N° 7096-2024-ITP/OPPM de fecha 06