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16 NORMAS LEGALES Jueves 28 de noviembre de 2024 El Peruano / comisión de servicio, por cuanto permitirá el intercambio de experiencias con otras entidades del Estado e internacionales en el ámbito operacional científi co; asimismo, permitirá aplicar los conocimientos y la experiencia adquirida en la ejecución de operaciones aéreas a nivel nacional e internacional, lo cual redundará en benefi cio de la institución y del Estado; Que, la Estación Científi ca Antártica Machu Picchu (ECAMP) asumirá los gastos por concepto de alojamiento por el periodo del 07 de diciembre de 2024 al 29 de enero de 2024, conforme a lo expuesto por la Fuerza Aérea del Perú; por lo que, de conformidad con lo establecido en el párrafo c) del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 262- 2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria en caso de misión de estudios, comisión de servicio y tratamiento médico altamente especializado con fi nanciamiento parcial, corresponde que se le otorgue el pago del cuarenta por ciento (40%) de la compensación extraordinaria por servicio en el extranjero para cubrir el gasto de alimentación y transporte local; Que, de acuerdo con las Hojas de Gastos Nº 128, N° 134 y N° 135 DGVC-ME/SIAF-RP, suscritas por la Fuerza Aérea del Perú, los gastos por viáticos y compensación extraordinaria mensual por servicios en el extranjero (40%) que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2024 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; concordantes con los incisos a) y b) del artículo 10 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; Que, conforme a las Certifi caciones de Crédito Presupuestario N° 0000000777 y N° 0000000003, la Fuerza Aérea del Perú garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, con Ofi cio Extra FAP Nº 003818-2024-SECRE/ FAP la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, al personal militar y civil que participará en la Trigésima Primera Expedición Científi ca del Perú a la Antártida – ANTAR XXXI, a realizarse en la Isla Rey Jorge, Antártida, del 30 de noviembre de 2024 al 04 de febrero de 2025; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la bonifi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativ o N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cada por Decreto Legislativo Nº 1143, el Ofi cial Superior nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia; Que, de conformidad con el artículo 24 del Decreto Legislativo Nº 1144, que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Subofi ciales u Ofi ciales de Mar de las Fuerzas Armadas, concordante con el artículo 21 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 014-2013-DE, establece que el personal nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios, por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 21 del referido Decreto Legislativo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo artículo; Que, con Ofi cio N° 03554-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 142-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Legal N° 02176-2024-MINDEF/SG-OGAJ la Ofi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el citado viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modifi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modifi catorias; y el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modifi cado por Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, al personal militar y civil FAP que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial, quienes participarán en la Trigésima Primera Expedición Científi ca del Perú a la Antártida – ANTAR XXXI, a realizarse en la Isla Rey Jorge, Antártida, del 30 de noviembre de 2024 al 04 de febrero de 2025. Artículo 2.- La participación de las tripulaciones alternas quedan supeditadas a la imposibilidad de participación de las tripulaciones principales. Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos: PERSONAL DE LA DIRECCIÓN DE METEOROLOGÍA AERONÁUTICA (DIRMA) Y DEL GRUPO AÉREO Nº 3 (GRUP3) Viáticos por despliegue y repliegue (Estadía en Punta Arenas, República de Chile) US $ 370.00 x 13 días x 8 personas = US$ 38,480.00 ------------------- Total viáticos DIRMA-GRUP3 = US$ 38,480.00 PERSONAL DEL GRUPO AÉREO Nº 8 (GRUP8) Vuelo de despliegue - Avión Hércules KC-130H FAP 393: Viáticos: US $ 370.00 x 7 días x 10 personas = US$ 25,900.00 Vuelo - Avión Hércules KC-130H FAP 393: Viáticos: US $ 370.00 x 5 días x 10 personas = US$ 18,500.00 Vuelo - Avión Boeing 737-500: Viáticos: US$ 370.00 x 4 días x 11 personas = US$ 16,280.00 Vuelo de repliegue - Avión Hércules KC-130H FAP 393: Viáticos: US $ 370.00 x 6 días x 10 personas = US$ 22,200.00 -------------------- Total viáticos GRUP8 = US$ 82,880.00 PERSONAL DEL GRUPO AÉREO Nº 3 (GRUP3) Armado del helicóptero BELL-212Viáticos: US $ 370.00 x 7 días x 3 personas = US$ 7,770.00Desarmado del helicóptero BELL-212Viáticos: US $ 370.00 x 6 días x 3 personas = US$ 6,660.00 -------------------- Total viáticos GRUP3 = US$ 14,430.00 -------------------- Total general viáticos = US$ 135,790.00