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86 NORMAS LEGALES Jueves 28 de noviembre de 2024 El Peruano / Planes GIRH por Cuencas, realizados por los Comités GIRH por Cuencas, para la conservación y protección de las fuentes naturales de agua y bienes asociados o del dominio hídrico público; b) Desarrollar y presentar propuestas ante la Comisión, provenientes de los Comités GIRH por Cuencas, sobre convenios interinstitucionales y de cooperación internacional, en el marco de Planes GIRH por Cuencas; c) Realizar las consultas técnicas a la Comisión efectuadas por los Comités GIRH por Cuencas; d) Proponer el reglamento interno de la Comisión, de ser requerido; e) Analizar y emitir opinión o criterio técnico, según corresponda, y trasladar las propuestas técnicas y planes que provengan de los Comités GIRH por Cuencas a la Presidencia pro tempore, con fi nes de ser presentados a la Comisión; f) Hacer seguimiento a la aplicación de las fuentes y mecanismos de fi nanciamiento aprobadas por la Comisión, conforme al artículo 12° del Acuerdo; y g) Las demás que le encargue la Presidencia pro tempore dentro del ámbito de sus respectivas atribuciones. 13.2 Del (la) Secretario(a) Técnico(a) Binacional a) Articular la coordinación política y técnica entre los Comités GIRH por Cuencas y la Comisión, favoreciendo el fl ujo de las políticas, estrategias e instrumentos de carácter binacional, así como las demandas propias de los sistemas de gestión que excedan la jurisdicción y competencia de cada Comité GIRH por Cuencas; b) Coordinar con los Comités GIRH por Cuencas, la formulación, establecimiento y cumplimiento de protocolos y mecanismos para intercambiar información técnica para procesos de elaboración e implementación de los Planes GIRH por Cuencas correspondientes; c) Llevar a cabo el seguimiento global de las actividades desarrolladas por los Comités GIRH por Cuencas en la formulación, implementación, seguimiento y monitoreo de Planes GIRH por Cuencas; d) Coordinar con las Secciones Nacionales, la organización de las reuniones de la Comisión y distribuir la información necesaria para su realización; e) Llevar las actas respectivas de la Comisión y compartirlas entre las instituciones participantes; f) Transmitir las convocatorias de la Comisión, así como la respectiva agenda de las reuniones y todos sus documentos e información correspondiente, conforme lo establezca la Comisión y en el marco del artículo 15° del presente Reglamento; g) Sostener reuniones periódicas con cada Comité GIRH por Cuencas, conforme al literal “c” del artículo 15° del presente Reglamento; y, al menos, una reunión anual presencial con todos los Comités GIRH por Cuencas constituidos;h) Presentar anualmente ante la Comisión, la planifi cación para su gestión y el informe de resultados y cumplimiento correspondiente; i) Ejercer sus funciones sobre la base de lo establecido en el artículo 10° del Acuerdo; j) Proponer mecanismos para el diálogo y la resolución de diferencias que se susciten en los Comités GIRH por Cuencas; k) Coordinar la agenda de cooperación con organizaciones internacionales; y l) Las demás que le encargue la Presidencia pro tempore dentro del ámbito de sus respectivas atribuciones. Artículo 14° Los Comités GIRH por Cuencas De conformidad con el artículo 11° del Acuerdo, son sus funciones: a) Aplicar las políticas y estrategias binacionales transfronterizas en gestión de los recursos hídricos, provenientes de la Comisión, a través de la Secretaría Técnica Binacional, en la formulación, implementación, seguimiento y monitoreo de Planes GIRH por Cuencas, así como elaborar propuestas técnicas acordes; b) Elaborar y presentar las propuestas de Planes GIRH por Cuencas, a la Comisión, a través de la Secretaría Técnica Binacional, para su análisis, evaluación, consenso y aprobación; c) Elaborar las propuestas técnico-fi nancieras para la implementación de los Planes GIRH por Cuencas, que permita la gestión de su fi nanciamiento y la suscripción de acuerdos interinstitucionales y de cooperación internacional, cuando corresponda; d) Aplicar mecanismos y recomendaciones de benefi cio común para el monitoreo, seguimiento conjunto y evaluación de los Planes GIRH por Cuencas, en lo correspondiente a protección y conservación de los recursos hídricos; e) Sistematizar la ejecución de sus actividades respecto a la implementación del Plan GIRH por Cuencas a su cargo, dando cuenta de su gestión institucional a la Secretaría Técnica Binacional; f) Ejecutar las actividades recomendadas por la Secretaría Técnica Binacional para la solución de diferencias que pudieran suscitarse en la aplicación de los Planes GIRH por Cuencas; g) Intercambiar información técnica con su par homólogo en la cuenca hidrográfi ca transfronteriza correspondiente, así como con los demás Comités GIRH por Cuencas subsecuentes; h) Coordinar con las autoridades correspondientes la ejecución de acciones de socialización, difusión, cooperación mutua, sensibilización y fortalecimiento de capacidades para implementar los Planes GIRH por Cuencas; Editora Perú es una empresa pública de derecho privado. 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