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21 NORMAS LEGALES Sábado 30 de noviembre de 2024 El Peruano / disposiciones para la implementación y funcionamiento del Consejo Fiscal, creado mediante la Ley N° 30099, el Consejo Fiscal cuenta con una Secretaría Técnica que le brinda apoyo técnico y lleva la gestión administrativa del Consejo, constituyéndose como Unidad Ejecutora; Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas, cuya implementación se realiza progresivamente, de acuerdo a las reglas de gradualidad que establecen las normas reglamentarias, en el marco de la programación de las leyes anuales de presupuesto; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado con Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, modi fi cada por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 085-2021-PCM, dispone que, para la implementación del régimen del Servicio Civil, por parte de las entidades públicas, se deben seguir las siguientes etapas: a) Análisis situacional respecto a los recursos humanos y al desarrollo de sus funciones, b) Propuesta de reorganización respecto a la estructura de recursos humanos y c) Valorización de los puestos de la entidad pública. Las etapas del proceso de implementación son desarrolladas mediante Directivas emitidas por SERVIR; Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000018-2024-SERVIR-PE, se formalizó el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, adoptado en la Sesión N° 002-2024-CD, mediante el cual se aprueba la “Directiva N° 003-2024-SERVIR-GDSRH, Diseño de per fi les de puestos y elaboración, aprobación, administración y modi fi cación del Manual de Per fi les de Puestos” (en adelante, la Directiva), la cual tiene por fi nalidad que las entidades públicas cuenten con reglas que les permitan elaborar per fi les de puestos y/o cargos de los distintos regímenes laborales para gestionar los procesos de selección, vinculación, inducción, periodo de prueba, desplazamiento, evaluación del desempeño, capacitación y, en los casos que corresponda, progresión en la carrera, en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (SAGRH); Que, con O fi cio N° 061-2024-CF/ST, nuestra entidad solicitó opinión técnica a la Autoridad Nacional del Servicio Civil, respecto de la propuesta de Manual de Per fi l de Puestos del Consejo Fiscal, conforme al artículo 26° de la Directiva; Que, mediante O fi cio N° 000434-2024-SERVIR-PE, la Autoridad Nacional del Servicio Civil envió al Consejo Fiscal, el Informe Técnico N° 000029-2023-SERVIR- GDGP que recoge los términos del Informe Técnico N° 000006-2024-SERVIR-GDGP-DCR, Informe N° 000021-2024- SERVIR-GDGP e Informe Técnico N° 00017-2024-SERVIR-GDGP-GFP; en el cual señala que la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), emite la opinión técnica favorable a la propuesta de aprobación del MPP; el marco de lo establecido en los numerales 27.2 y 27.3 del artículo 27 de la Directiva; Que, en atención a lo dispuesto en el numeral 27.8 de la Directiva, una vez noti fi cada la opinión técnica favorable de SERVIR, la entidad pública que elabora y presenta la propuesta de MPP, lo aprueba mediante resolución del/la titular. Dicha aprobación se realiza en un plazo no mayor a los cinco (5) días hábiles, contabilizados desde la fecha de recepción de la opinión técnica de SERVIR; Que, mediante Resolución Ministerial N° 431-2023- EF/41, se designa al Secretario Técnico de la Secretaría Técnica del Consejo Fiscal, como responsable de la administración, control y ejecución presupuestaria de la Unidad Ejecutora Secretaría Técnica del Consejo Fiscal para el año fi scal 2024; por lo que, el titular y responsable de esta, es el Secretario Técnico; Con el visado de la Responsable de Recursos Humanos y de Asesoría Legal; De conformidad con la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014- PCM, la Directiva N° 003-2024-SERVIR-GDSRH “Diseño de per fi les de puestos y elaboración, aprobación, administración y modi fi cación del Manual de Per fi les de Puestos”, aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000018-2024-SERVIR-PE;y, el Reglamento Interno del Consejo Fiscal, aprobado mediante Acta de la Vigésima Primera Sesión Ordinaria del Consejo Fiscal y modi fi catorias; el Acta de la Décimo Quinta Sesión Ordinaria del Consejo Fiscal celebrada el 26 de agosto de 2016, en la cual se designa al señor Arturo Martínez Ortiz como Secretario Técnico del Consejo Fiscal; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Manual de Per fi les de Puestos - MPP del Consejo Fiscal, que en Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano; así como, la publicación de la Resolución y su Anexo en la sede digital y en el Portal de Transparencia del Consejo Fiscal. Regístrese, comuníquese y cúmplase,ARTURO MANUEL MARTINEZ ORTIZ Secretario Técnico Consejo Fiscal 2349235-1 Asignan funciones adicionales a servidora como responsable de entregar la información de acceso público en el Consejo Fiscal RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA TÉCNICA DEL CONSEJO FISCAL Nº 051-2024-CF/ST Lima, 21 de noviembre de 2024 VISTO: El Memorando Nº 743-2024-CF/ST.04 del Secretario Técnico del Consejo Fiscal; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 8 y 9 del Decreto Supremo Nº 287-2015-EF, que establecen disposiciones para la implementación y funcionamiento del Consejo Fiscal, creado mediante la Ley Nº 30099, el Consejo Fiscal cuenta con una Secretaría Técnica que le brinda apoyo técnico y lleva la gestión administrativa del Consejo, constituyéndose como Unidad Ejecutora; Que, el artículo 10 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, establece la obligación de las entidades públicas de brindar el acceso a la información pública a quienes la soliciten sin expresión de causa, salvo en los casos de denegatoria; Que, el artículo 8 del precitado TUO, concordante con lo dispuesto en el numeral 1.2 del artículo 1 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2024-JUS, dispone que es obligación del titular de la entidad designar al funcionario responsable de la entrega de la información de acceso público, siendo que, opcionalmente, las entidades pueden designar al/a la funcionario/a o funcionarios/as suplentes; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 del citado Reglamento, la designación del funcionario responsable de entregar la información pública se efectúa mediante resolución de la máxima autoridad de la entidad, y debe ser publicado en el Portal de Transparencia Estándar de esta, siendo opcional su publicación en el diario o fi cial El Peruano; Que, bajo dicho contexto mediante Memorando Nº 743-2024-CF/ST, el Secretario Técnico del Consejo Fiscal