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28 NORMAS LEGALES Sábado 30 de noviembre de 2024 El Peruano / Que, la O fi cina General de Recursos Humanos, a través del Informe N° D000834-2024-MIMP-OPTP de la O fi cina de Procesos Técnicos de Personal, sustenta la modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para incorporar el cargo de Director/a de la Unidad Funcional, requerido para el cumplimiento de las funciones y responsabilidades de la unidad de asesoramiento y apoyo (Unidad de Gestión Administrativa), de las Unidades de Línea (Unidad de Promoción, Prevención y Capacitación, Unidad de Atención de las Personas Adultas Mayores y Unidad de Servicios de Cuidado); y de las Unidades Desconcentradas establecidas en el Manual de Operaciones (MOP) del Programa Nacional de Servicios Especializados para Personas Adultas Mayores - “Gratitud”, adjuntando la fi cha correspondiente en el marco de la normativa respectiva; Que, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a través del Informe N° D000138-2024- MIMP-OMI de la O fi cina de Modernización Institucional, emite opinión favorable para la modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para incorporar el cargo de Director/a de la Unidad Funcional del Programa Nacional de Servicios Especializados para Personas Adultas Mayores - “Gratitud”, indicando que resulta concordante con las unidades funcionales establecidas en el MOP del Programa Nacional de Servicios Especializados para Personas Adultas Mayores - “Gratitud”; Que, mediante Informe N° D000657-2024-MIMP-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la base del marco normativo expuesto y lo sustentado por los órganos competentes de la entidad, emite opinión favorable para continuar con el trámite de emisión de la presente resolución; Con las visaciones de la O fi cina General de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; la Resolución Ministerial N° 306-2024-MIMP, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE que aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución de Secretaría General N° 064-2023-MIMP/SG y modi fi cado por Resolución de Secretaría General N° 086-2024- MIMP/SG, incorporando el cargo de Director/a de la Unidad Funcional del Programa Nacional de Servicios Especializados para Personas Adultas Mayores - “Gratitud”, cuya fi cha de información, como Anexo, forma parte de la presente resolución. Artículo 2. -Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo en el portal de transparencia estándar y en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. TABATA DULCE VIVANCO DEL CASTILLO Secretaria General 2349658-1PRODUCE Modifican el Anexo “Programa para facilitar el Equipamiento de embarcaciones con capacidad de bodega menor o igual a 10 metros cúbicos con el correspondiente Equipo de Seguimiento Satelital o similar, en el marco de la Sexta Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta para Consumo Humano Directo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2017-PRODUCE”, de la R.M. Nº 000439-2024-PRODUCE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000470-2024- PRODUCE Lima, 29 de noviembre de 2024 VISTOS: El Memorando Nº 00000565-2024- PRODUCE/DGPCHDI de la Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto, con el que remite el Informe Legal Nº 00000095-2024-PRODUCE/ DECHDI-varevalos de su Dirección de Extracción para Consumo Humano Directo e Indirecto; el Informe Nº 00000598-2024-PRODUCE/DGPARPA de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura con el que hace suyo el Informe Nº 00000694-2024-PRODUCE/DPO de su Dirección de Políticas y Ordenamiento; y el Informe Nº 00001294-2024-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, por lo que corresponde al Estado regular el manejo integral y su explotación racional, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que, los artículos 11 y 12 de la citada Ley disponen que el Ministerio de la Producción, según el tipo de pesquería y la situación de los recursos que se explotan establece el sistema de ordenamiento que concilie el principio de sostenibilidad de los recursos pesqueros o conservación en el largo plazo, con la obtención de los mayores bene fi cios económicos y sociales, y que para tales efectos considera, según sea el caso, regímenes de acceso permisible, magnitud del esfuerzo de pesca, periodos de veda, temporadas de pesca, tallas mínimas de captura, zonas prohibidas o de reserva, artes, aparejos, métodos y sistemas de pesca, así como las acciones de monitoreo, control y vigilancia necesarias; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2014-PRODUCE se aprueba el Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital para Embarcaciones Pesqueras - SISESAT, atendiendo a los avances tecnológicos y a la necesidad de actualizar las especi fi caciones del servicio de comunicación satelital, estableciendo, entre otros, las especi fi caciones técnicas que los proveedores satelitales deben cumplir para acceder al listado de proveedores satelitales aptos y mantener vigente su inscripción; Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del citado Reglamento dispone que mediante Resolución Ministerial se pueden modi fi car dichas especi fi caciones técnicas. Para tal efecto, el Ministerio de la Producción realiza las coordinaciones con la Autoridad Marítima, a efectos de cautelar la compatibilidad de los sistemas de seguimiento marítimo; Que, mediante Resolución Ministerial N° 000439-2024-PRODUCE se establece el programa para