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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (30/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Sábado 30 de noviembre de 2024 El Peruano / de Chile, fundada para contribuir al desarrollo económico de América Latina, encargada de coordinar las acciones encaminadas a su promoción y reforzar las relaciones económicas de los países entre sí y con las demás naciones del mundo. Posteriormente, su labor se amplió a los países del Caribe y se incorporó el objetivo de promover el desarrollo social; Que, la Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe es un órgano subsidiario de la CEPAL, que se convoca periódicamente para identi fi car las necesidades de las mujeres a nivel regional y subregional, realizar evaluaciones de las actividades llevadas a cabo en cumplimiento del Consenso de Santo Domingo, así como de los acuerdos y planes regionales e internacionales sobre el tema, de la cual el Perú es miembro; Que, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) tiene como ámbito de competencia, la protección de los derechos de las mujeres; la promoción de los derechos de las mujeres con especial énfasis en: (i) fortalecimiento de la ciudadanía y autonomía de las mujeres, con independencia de su edad, etnia y condición, (ii) igualdad de oportunidades para las mujeres, y (iii) promoción de la ampliación de la participación de las mujeres en el ámbito público; y, el seguimiento al cumplimiento de los compromisos tratados, programas y plataformas de acción de sus competencias; conforme lo establecen los literales b), c) y l) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, mediante Informe N° D000103-2024-MIMP- DPPDM, la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de las Mujeres de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación señala que la participación de la señora ELBA MARCELA ESPINOZA RIOS, Viceministra de la Mujer del MIMP en la citada reunión, representa una oportunidad para exponer ante la comunidad internacional los avances y el compromiso del Estado peruano en materia de igualdad de género y de promoción y protección de los derechos de las mujeres, así como nos permite estrechar lazos con autoridades de los gobiernos participantes y actores internacionales, siendo favorable a posibles coordinaciones e intercambio de experiencias y buenas prácticas sobre política, programas y estrategias para abordar los retos que impiden la consecución de la igualdad de género; Que, con Informe N° D000035-2024-MIMP-OCAI, la O fi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales señala que la participación de la mencionada funcionaria permitirá exponer ante la comunidad internacional los avances y el compromiso del Estado peruano en materia de igualdad de género y de promoción y protección de los derechos de las mujeres. Además, precisa que los gastos por conceptos de pasajes aéreos y de viáticos serán asumidos con cargo a los recursos presupuestales asignados al MIMP; Que, el artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 306-2024-MIMP, establece que el Despacho Viceministerial de la Mujer está a cargo de la/el Viceministra/o de la Mujer, quien es la autoridad inmediata a la/el Ministra/o de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Le corresponde formular, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar, por encargo y en coordinación con la/el Ministra/o, las políticas nacionales en favor de las mujeres en su diversidad, la dirección de las actividades de los órganos que dependen del Despacho Viceministerial de la Mujer y la supervisión de los programas nacionales, así como, veri fi car el cumplimiento de los objetivos de los organismos públicos adscritos, en el ámbito de su competencia; Que, a través de la Nota N° D000475-2024-MIMP- OGA, la O fi cina General de Administración remite los Certi fi cados de Crédito Presupuestario N° 5949 y N° 5936, que acreditan la disponibilidad de recursos para cubrir los gastos de pasajes y viáticos que irrogan la participación de la citada funcionaria en la reunión antes indicada; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, establece que los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; Que, la referida Ley N° 27619 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establecen que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, la autorización de viaje al exterior, se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, debiendo publicarse la misma en el diario o fi cial El Peruano; Que, en consecuencia, y de conformidad con el itinerario propuesto, resulta de interés nacional e institucional autorizar el viaje al exterior de la funcionaria antes mencionada, para los fi nes expuestos en los considerandos precedentes; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Secretaría General, de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la O fi cina General de Administración, de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, la Resolución Ministerial N° 306-2024-MIMP, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora ELBA MARCELA ESPINOZA RIOS, Viceministra de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 3 al 5 de diciembre de 2024, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial son cubiertos con cargo al Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos (Incluido TUUA) US$ dólares Viáticos por 3 días US$ dólares Total US$ dólares ELBA MARCELA ESPINOZA RIOS1 083.15 1 110.00 2 193.15 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a la realización del viaje, la funcionaria autorizada por la presente Resolución Ministerial presenta ante la Titular de la Entidad el informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas conforme a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Encargar a la señora JESSICA MELINA RUIZ ATAU, Viceministra de Poblaciones Vulnerables, las funciones de Viceministra de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en adición a sus funciones, a partir del 3 de diciembre de 2024 y en tanto dure la ausencia de la titular. Artículo 6.- Noti fi car la presente Resolución Ministerial al Despacho Viceministerial de la Mujer, al