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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (30/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Sábado 30 de noviembre de 2024 El Peruano / estableció que el periodo de extensión de las prórrogas estará vinculado a estos factores, correspondiendo seis meses a los que alcanzaron un óptimo nivel de producción, mientras que serán cuatro, tres y dos meses para aquellos órganos jurisdiccionales que no alcanzaron los niveles esperados de producción en el periodo de análisis. Asimismo, se analizaron requerimientos adicionales de las Cortes Superiores de Cusco, del Santa, Lambayeque, La Libertad, Lima Norte, Loreto, Puente Piedra - Ventanilla y Ucayali, respecto a la redistribución de expedientes hacia el Juzgado Penal Unipersonal de Descarga Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios del distrito y provincia de Cusco, el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito y provincia de Cusco, el Juzgado de Investigación Preparatoria de Descarga del distrito y provincia de Casma, el 1° y 2° Juzgado Penal Colegiado Transitorio del distrito de Los Olivos y provincia de Lima, el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, en adición a sus funciones Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios del distrito y provincia de Chiclayo; y el Juzgado Penal Colegiado Transitorio del distrito de Ventanilla y provincia Callao, la 2° Sala Penal de Apelaciones del distrito de Iquitos y provincia de Maynas, el Juzgado Penal Colegiado Transitorio del distrito de Callería y provincia de Coronel Portillo; y la apertura de turno del 4° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente Especializado en Crimen Organizado del distrito y provincia de Chiclayo. En ese contexto, se debe precisar que las últimas medidas de redistribución de expedientes desde órganos jurisdiccionales permanentes a transitorios en los citados Distritos Judiciales, no han obtenido los resultados esperados; puesto que la cantidad de expedientes entregados a los juzgados transitorios para ser resueltos en un determinado periodo acorde al mínimo exigido de productividad establecido por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a la fecha, aún cuentan con pendientes por resolver. En ese sentido, por los niveles de subcarga y sobrecarga procesal de los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes involucrados, resulta oportuno optar por abrir y cerrar el turno como medida adicional a la redistribución de expedientes, a efectos de brindar alternativas de solución que permitan alcanzar el objetivo idóneo de descarga procesal en las Cortes Superiores de Justicia de Cusco, del Santa, Lambayeque, La Libertad, Lima Norte y Loreto, tomando como base los ingresos del 4° Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios Permanente y el 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6° y 7° Juzgados de Investigación Preparatoria Permanentes todos del distrito, provincia y Corte Superior de Justicia de Cusco; el 1° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del distrito y provincia de Casma, Corte Superior de Justicia del Santa; el 1°, 2° y 3° Juzgados Penales Colegiados Permanentes del distrito y provincia de Trujillo, Corte Superior de Justicia de La Libertad; el Juzgado Penal Colegiado Permanente del distrito de Los Olivos y provincia de Lima, Corte Superior de Justicia de Lima Norte; el 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7°, 8° y 9° Juzgados Penales Unipersonales Permanentes y el 1°, 2°, 3°, 5°, 6°, 7° y 8° Juzgados de Investigación Preparatoria Permanentes todos del distrito y provincia de Chiclayo, Corte Superior de Justicia de Lambayeque; y la 1° Sala Penal de Apelaciones del distrito de Iquitos y provincia de Maynas, Corte Superior de Justicia de Loreto. Cuarto . Que, en consecuencia, por lo expuesto en el mencionado informe, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva; resulta necesario dictar las disposiciones que permitan prorrogar el funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Quinto. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia.Por tales fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1606- 2024 de la cuadragésima primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 27 de noviembre de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de diciembre de 2024, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios: HASTA EL 31 DE MAYO DE 2025DISTRITO JUDICIAL DE CAÑETE• 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de San Vicente de Cañete y provincia de Cañete. DISTRITO JUDICIAL DE HUÁNUCO • Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio del distrito de Pillco Marca y provincia de Huánuco. DISTRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD• Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio del distrito y provincia Trujillo. DISTRITO JUDICIAL DE TUMBES• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito y provincia de Tumbes. • Juzgado de Investigación Preparatoria del distrito y provincia de Zarumilla. DISTRITO JUDICIAL DE UCAYALI• Juzgado Penal Colegiado Transitorio del distrito de Callería y provincia Coronel Portillo. HASTA EL 30 DE ABRIL DE 2025DISTRITO JUDICIAL DE HUAURA• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito y provincia Oyón, itinerante en la provincia de Cajatambo. DISTRITO JUDICIAL DE LAMBAYEQUE• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito y provincia Chiclayo, en adición a sus funciones Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios. DISTRITO JUDICIAL DE LIMA ESTE • Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Matucana y provincia Huarochirí. HASTA EL 31 DE MARZO DE 2025DISTRITO JUDICIAL DEL CALLAO• Juzgado Penal Colegiado Transitorio del distrito y provincia del Callao. DISTRITO JUDICIAL DE LIMA ESTE• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito de Matucana y provincia Huarochirí. DISTRITO JUDICIAL DEL SANTA• Juzgado de Investigación Preparatoria de Descarga del distrito y provincia Casma.