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53 NORMAS LEGALES Sábado 30 de noviembre de 2024 El Peruano / la autorización de transferencia fi nanciera a favor de las municipalidades distritales de la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, por la suma de S/ 77 909,20 (Setenta y Siete Mil Novecientos Nueve y 20/100 Soles), correspondiente a la décima liquidación - 2024, en el marco del literal o) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, con Informe N° D-000198-2024-ATU/GG-OPP- UP, el cual cuenta con la conformidad de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de acuerdo a la Nota N° D-000311-2024-ATU/GG-OPP, la Unidad de Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal respecto a la transferencia fi nanciera propuesta por el monto indicado en el considerando precedente, correspondiente a la décima liquidación - 2024, a favor de las municipalidades distritales de la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, a fi n de garantizar el cumplimiento de los compromisos estipulados en los convenios de cooperación interinstitucional para la fi scalización del servicio público de transporte terrestre de personas; Con el visado de la Gerencia General, la Dirección de Fiscalización y Sanción, la O fi cina de Administración, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y, la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 155-2024-ATU/PE y, la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de las Municipalidades Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 203: Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU hasta por la suma de S/ 77 909,20 (Setenta y Siete Mil Novecientos Nueve y 20/100 Soles) correspondiente a la décima liquidación - 2024, a favor de las municipalidades distritales de la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, con las cuales se celebraron convenios de cooperación interinstitucional para la fi scalización del servicio público de transporte terrestre de personas, conforme a lo establecido en el literal o) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 y al Anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada por la presente resolución se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego: 203 Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 001: ATU, Programa Presupuestal 0148: Reducción del Tiempo, Inseguridad y Costo Ambiental en el Transporte Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5000276: Gestión del Programa, Categoría de Gasto 5: Gasto Corriente, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de S/ 77 909,20 (Setenta y Siete Mil Novecientos Nueve y 20/100 Soles). Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento La Dirección de Fiscalización y Sanción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se realiza la transferencia fi nanciera autorizada por la presente resolución.Artículo 5.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo en la sede digital de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU (https://www.gob.pe/atu) y en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.DAVID AUGUSTO HERNÁNDEZ SALAZAR Presidente Ejecutivo ANEXO DETALLE DE LA DÉCIMA LIQUIDACIÓN - 2024 A FAVOR DE LAS MUNICIPALIDADES N° MUNICIPALIDAD% DE DISTRIBUCION A LA MUNICIPALIDADMONTO TOTAL A TRANSFERIR 1 SAN ISIDRO 50% S/ 24,462.50 2 SANTIAGO DE SURCO 70% S/ 13,518.75 3 MIRAFLORES 70% S/ 14,600.25 4 JESÚS MARÍA 50% S/ 7,853.75 5 SAN BORJA 50% S/ 2,832.50 6 PUEBLO LIBRE 50% S/ 3,862.50 7 SAN JUAN DE MIRAFLORES 70% S/ 721.00 8 VENTANILLA 70% S/ 144.20 9 SAN MIGUEL 50% S/ 128.75 10 LA VICTORIA 70% S/ 1,802.50 11 CHORRILLOS 70% S/ 1,802.50 12 INDEPENDENCIA 50% S/ 2,575.0013 CARABAYLLO 70% S/ 1,802.50 14 PUENTE PIEDRA 70% S/ 1,802.50 TOTAL S/ 77,909.20 2349368-1 Designan Gerente General de la ATU RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 267-2024-ATU/PE Lima, 29 de noviembre de 2024 VISTOS:El Informe N° D-000380-2024-ATU/GG-OGRH, de la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, económica y fi nanciera; Que, los literales e) y t) del artículo 17 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 155-2024-ATU/PE, establecen que la Presidencia Ejecutiva tiene la función de designar, entre otros, al Gerente General, así como a los titulares de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, así como de las unidades orgánicas, de ser el caso, así como de emitir las resoluciones en los asuntos de su competencia; Que, a través de Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000113-2024-SERVIR-PE, publicada el día 6 de septiembre de 2024 en el diario o fi cial “El Peruano”, se formaliza el Acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, adoptado en la Sesión N° 12-2024-CD, mediante el cual se aprueba el