Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (02/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 79

79 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de octubre de 2024 El Peruano / distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley. Las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati fi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia. (…). Que, mediante Informe Técnico Nº 001-2023-OPPyR- MDSM, emitido por la O fi cina de Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización, señala que, siendo política de la actual gestión municipal, corresponde se emitan normas internas con el fi n de mejorar la calidad en los servicios de los trámites administrativos por ello dicha O fi cina remite la propuesta de “ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA” y en base al Art. 9 Inc. 8 de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, sea elevado al Pleno del Concejo Municipal; para su debate y de ser el caso su aprobación. Que, mediante Informe Nº 07107-2023-SGAF-MDSM, la Subgerencia de Administración y Finanzas, remite todo lo actuado a Gerencia Municipal, a fi n que emita su conformidad, previa opinión legal. Que, mediante Informe Nº 1170-2023-OAJ-MDSM, emitido por la O fi cina de Asesoría Legal, emite opinión favorable recomendando que la propuesta de la “ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA”, sea puesta de conocimiento al pleno del concejo municipal para que en mérito a sus atribuciones de ser el caso y previa deliberación de estimarlo conveniente se apruebe. Que, mediante Proveído Nº 2088-2023-GM-MDSM, la Gerencia Municipal, da cuenta de todo lo actuado y remite todos los documentos obrantes al presente, a fi n que sea elevado al pleno del concejo para su atención y debate correspondiente. Que, estando a lo expuesto, con la conformidad Ofi cina de Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización, Subgerencia de Administración y Finanzas, O fi cina de Asesoría Jurídica, Gerencia Municipal y en uso de las facultades conferidas en el Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, por UNANIMIDAD, APRUEBA la siguiente Ordenanza Municipal: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA Artículo Primero.- APROBAR el TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA, conforme a los lineamientos establecidos de acuerdo al formato elaborado en el Sistema Único de Tramites (SUT) la misma que por anexo y por separado forma parte de la presente norma, asimismo cuyo texto íntegro será publicado en la Página Web Institucional: http://www.munisantamaria.gob.pe. Artículo Segundo.- APROBAR los derechos de tramitación correspondiente a los procedimientos administrativos y los formularios contemplados en el anexo que forma parte integrante de la ordenanza. Artículo Tercero.- dejar sin efecto el Ordenanza Municipal Nº 008-2022/MDSM, de fecha 15 de noviembre del 2022, así como todas las disposiciones que se opongan a la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- FACULTAR, al alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía modi fi que o deje en suspenso algunas medidas aprobadas en la presente Ordenanza, así como establezca las normas complementarias, reglamentarias, formatos y formularios, exigidos como requisitos en la tramitación de los procedimientos administrativos contenidos en el TUPA, los mismos que serán de distribución gratuita o de libre reproducción para la aplicación e implementación de la presente Ordenanza, de ser el caso de conformidad con lo señalado en el Art. 44º inciso 44.5 del TUO de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial el Peruano, asimismo la presente ordenanza y su anexo será publicado en el Portal Web Institucional del Diario O fi cial El Peruano, en el Portal Plataforma Digital Única para la Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa María (Página Web Institucional: http://www.munisantamaria.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSE LUIS VASQUEZ LA CRUZ Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 2329118-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Addendum N° 2 al Convenio de Financiación DCI-LA/2017/038-902 “ Apoyo a la lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Crimen Organizado” Addendum N° 2 al Convenio de Financiación DCI-LA/2017/038-902 “Apoyo a la lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y el Crimen Organizado” La Comisión Europea, en lo sucesivo denominada “la Comisión” , en nombre de la Unión Europea, en lo sucesivo denominada “la UE” , por una parte, yla República del Perú, en lo sucesivo denominada “el Socio” , representada por la Agencia Peruana de Cooperación Internacional en su calidad de Coordinador Nacional, considerando que el presente Convenio de Financiación DCI-LA/2017/038-902 se enmarca en el “Convenio Marco relativo a la Ejecución de la Ayuda Financiera y Técnica y de la Cooperación Económica en la República del Perú en virtud del Reglamento ALA”, teniendo a la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas como Organismo Ejecutor de la fi nanciación de la UE, y el Ministerio del Interior como Organismo Co-ejecutor. por otra, Han convenido suscribir el presente Addendum No. 2 al Convenio de Financiación DCI-LA/2017/038-902 del 17 de setiembre de 2018 y su Addendum Nº 1 del 27 de julio de 2021, de acuerdo a lo siguiente: Convenio de Financiación DCI-LA/2017/038-902 Condiciones Particulares Cláusula 2 - Periodo de ejecuciónDonde dice:2.1. El periodo de ejecución del presente Convenio de Financiación, tal y como se de fi ne en la cláusula 15 del