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26 NORMAS LEGALES Viernes 4 de octubre de 2024 El Peruano / Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024 - 2030 del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0057-2024/CEPLAN/PCD, se aprueban los “Lineamientos para la identi fi cación del Listado de las Inversiones Estratégicas en los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales -PESEM”; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0058-2024/CEPLAN/PCD, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 28 de junio de 2024, se estableció el plazo de 60 días para que los sectores identi fi quen y aprueben el Listado de las Inversiones Estratégicas en los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales – PESEM, el cual fue ampliado hasta el 15 de octubre de 2024 de conformidad con la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 105-2024/CEPLAN/PCD; Que, con O fi cio Nº 000451-2024-CEPLAN-PCD, la Presidencia del Consejo Directivo del CEPLAN remite el Informe Técnico Nº 000017-2024-CEPLAN-DNCPPESEM, a través del cual se emite opinión técnica favorable al proyecto del “Listado de Inversiones Estratégicas Sectoriales del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024 - 2030 del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables”, recomendando proseguir con su trámite de aprobación; Que, con Memorándum Nº D001066-2024- MIMP-OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe Nº D000168-2024-MIMP-OP de la O fi cina de Planeamiento, a través del cual propone la aprobación del “Listado de Inversiones Estratégicas Sectoriales del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024 - 2030 del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables”, el cual señala se realizó de manera articulada con la O fi cina de Inversiones; Que, mediante Informe Nº D000560-2024-MIMP- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para continuar con el trámite de emisión de la presente Resolución Ministerial; Con las visaciones de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Decreto Supremo Nº 095-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050; la Resolución Ministerial Nº 306-2024-MIMP, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0057-2024/CEPLAN/ PCD, que aprueba los Lineamientos para la identi fi cación del Listado de las Inversiones Estratégicas en los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales -PESEM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el “Listado de las Inversiones Estratégicas Sectoriales del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024 - 2030 del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el portal de transparencia estándar y en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/ mimp), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANGELA TERESA HERNANDEZ CAJO Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2331273-1Aprueban la modificación del Manual de Clasificador de Cargos de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 086-2024- MIMP/SG Lima, 3 de octubre de 2024 Vistos, el Informe N° D000697-2024-MIMP-OPTP de la O fi cina de Procesos Técnicos de Personal; el Memorándum N° D001567-2024-MIMP-OGRH de la Ofi cina General de Recursos Humanos; el Informe N° D000123-2024-MIMP-OMI de la O fi cina de Modernización Institucional; el Memorándum N° D001080-2024- MIMP-OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000571-2024-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, el artículo 4 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, dispone que el sistema administrativo de gestión de recursos humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del Servicio Civil, a través del conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizadas por las entidades públicas en la gestión de los recursos humanos; Que, el artículo 5 de la Ley N° 30057 señala que la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) formula la política nacional del Servicio Civil, ejerce la rectoría del sistema y resuelve las controversias de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la referida Autoridad Nacional, rectora del sistema administrativo de gestión de recursos humanos; Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, señala que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos está conformado por siete (7) subsistemas, de los cuales, el Subsistema de organización del trabajo y su distribución de fi ne las características y condiciones de ejercicio de las funciones, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas. Los procesos que se consideran dentro de este subsistema son: a) Diseño de los puestos y b) Administración de puestos; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE se formaliza la aprobación de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, en adelante la Directiva, que tiene por objetivo establecer y precisar normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones. En el literal c) del sub numeral 5.1 del numeral 5 de la citada directiva se señala que el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) es el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; Que, el numeral 6.1.7 de la Directiva dispone que la O fi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces, debe elevar la propuesta de MCC al(a la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia, esto es, lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las