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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (23/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de octubre de 2024 El Peruano / PROVINCIAL DE LA SOLICITUD DE CAMBIO DE ZONIFICACIÓN, tipi fi ca: “Artículo 106°.- Evaluación técnica de la Municipalidad Provincial de la solicitud de cambio de zoni fi cación 106.1 Con la opinión técnica emitida por la Municipalidad Distrital, o vencido el plazo para emitirla, EL ÁREA RESPONSABLE DEL PLANEAMIENTO TERRITORIAL O LA UNIDAD ORGÁNICA EQUIVALENTE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL, EVALÚA LA SOLICITUD Y EMITE PRONUNCIAMIENTO TÉCNICO DENTRO DEL PLAZO MÁXIMO DE DIEZ (10) DÍAS CALENDARIO DE RECIBIDO EL EXPEDIENTE; EL CUAL SE ELEVA AL CONCEJO PROVINCIAL PARA QUE APRUEBE O RECHACE MEDIANTE ORDENANZA, EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN SOLICITADO. 106.2 La opinión del área responsable del Planeamiento Territorial o la Unidad Orgánica equivalente de la Municipalidad Provincial considera que los servicios públicos como: Vialidad, servicios de agua, desagüe, electricidad, limpieza pública y transporte sean su fi cientes; y, que tenga la dotación necesaria de equipamientos urbanos de educación, salud y recreación que el cambio de zoni fi cación solicitado demande.” Que, el Artículo 62° de la Ordenanza Municipal N° 018-2005-MPC, establece que, las comisiones de regidores, son órganos consultivos del Consejo que tiene por fi nalidad efectuar los estudios, formular propuestas y proyectos de ordenanza y proyectos de reglamento de los servicios respectivos, así como emitir dictamen sobre los asuntos que le corresponden o se les encargue de acuerdo a su competencia. Asimismo, el art. 66 del mismo cuerpo legal, señala que, los dictámenes, informes y proyectos que formulen las Comisiones de Regidores a consecuencia de los estudios y propuestas que se le encomiende, deben ser razonados y fundamentados. Contendrán conclusiones y recomendaciones claras y precisas incluyendo los proyectos de ordenanzas, edictos o acuerdos según sea el caso. Que, el Artículo 91° de la Ordenanza Municipal N° 018-2005-MPC, tipi fi ca que, corresponde a la Comisión de Obras y Desarrollo Urbano y Rural, pronunciarse sobre los siguientes aspectos: “(…) c) Planes directores de desarrollo agro urbano-PDDAU, habilitaciones urbanas, ZONIFICACIÓN, urbanismo, ornato, adjudicaciones, expropiaciones, y asentamientos humanos.” Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Cañete, aprobado por Ordenanza N°031-2007-MPC y sus modi fi catorias, han previsto el procedimiento de cambio de zoni fi cación como parte de los procedimientos administrativos en la municipalidad, al que pueden acceder los administrados para ejercer su derecho. Que, la zoni fi cación es el instrumento técnico normativo de gestión urbana que contiene el conjunto de normas técnicas urbanísticas para la regulación del uso y la ocupación del suelo en el ámbito de actuación y/o intervención de los Planes de Desarrollo Urbano, en función a los objetivos de desarrollo sostenible, a la capacidad de soporte del suelo y a las normas pertinentes, para localizar actividades con fi nes sociales y económicos como vivienda, recreación, protección y equipamiento; así como, la producción industrial, comercio, transportes y comunicaciones. Que, asimismo la zoni fi cación tiene por objeto regular el ejercicio del derecho de propiedad predial respecto del uso y ocupación del suelo urbano, subsuelo urbano y sobresuelo urbano. Se concreta en planos de Zoni fi cación Urbana, Reglamento de Zoni fi cación (parámetros urbanísticos y edi fi catorios para cada zona); y, en el índice de Usos para la ubicación de actividades urbanas. Que, de conformidad con el Artículo 48° del Reglamento en comento, la Municipalidad Provincial de cada ámbito jurisdiccional aprueba las modi fi caciones y/o actualizaciones de los Planes Urbanos que corresponda, de acuerdo a los procedimientos establecidos considerando que las modi fi caciones deben ser en procura de un óptimo bene fi cio a la comunidad.SOBRE EL PEDIDO Y LA PROPIEDAD DEL INMUEBLE Que, mediante el Expediente Nº 0749-2022 presentado el 25 de marzo del 2022, a través del cual, el Gerente General de la empresa SOCIEDAD AGRICOLA TRES CRUCES SA, solicita a la Municipalidad Distrital de San Antonio, iniciar el procedimiento de cambio de zoni fi cación de la parcela E, inscrito en la Partida Electrónica N° 21289305 del Registro de Predios de Cañete, ubicado en puerto viejo San Antonio - Cañete. Que, mediante el ACUERDO DE CONCEJO N° 048- 2023-MDSA, de fecha 28 de diciembre del 2023, el pleno del consejo de la Municipalidad Distrital de San Antonio, acuerda: Artículo Primero.- ELEVAR LA APROBACIÓN DE LA OPINIÓN TÉCNICA FUNDAMENTADA RESPECTO AL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DEL PREDIO DENOMINADO FUNDO TRES CRUCES PARCELA E Y E1 DE ZP2 (ZONA DE RIESGO GEOTÉCNICO) A R1S (RESIDENCIA DE DENSIDAD BAJA), inscrito en las partidas N° 21289305 y 2130614 del registro de propiedad inmueble de la zona registral N° IX - sede Lima (…)”. Que, mediante la Ordenanza Municipal N° 0023-2023- MDSA, de fecha 28 de diciembre del 2023, el pleno del concejo de la Municipalidad Distrital de San Antonio, aprueba: ORDENANZA QUE APRUEBA LA OPINIÓN TÉCNICA FUNDAMENTADA RESPECTO AL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DEL PREDIO DENOMINADO FUNDO TRES CRUCES PARCELA E Y E1 DE ZP2 (ZONA DE RIESGO GEOTÉCNICO) AR1S (RESIDENCIA DE DENSIDAD BAJA). Artículo Primero.- APROBAR, la “ORDENANZA QUE APRUEBA LA OPINIÓN TÉCNICA FUNDAMENTADA RESPECTO AL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DEL PREDIO DENOMINADO FUNDO TRES CRUCES PARCELA E Y E1 DE ZP2 (ZONA DE RIESGO GEOTÉCNICO) AR1S (RESIDENCIA DE DENSIDAD BAJA), INSCRITO EN LAS PARTIDAS N° 21289305 Y 2130614 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N° IX - SEDE LIMA”. Que, mediante el O fi cio N° 007-2023-MDSA, de fecha de recepción 09 de enero del 2024, del Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Antonio, remite a esta entidad el Acuerdo de Concejo N° 048-2023-MDSA y la Ordenanza Municipal N° 0023-2023-MDSA, a efectos de que se actúe conforme a nuestras atribuciones. Que, mediante Carta N° 119-2024-SGCUC-GODUR- MPC, de fecha 21 de febrero del 2024, la Sub Gerencia de Control Urbano y Catastro de la MPC, solicita a la Municipalidad Distrital de San Antonio, remitir el expediente técnico o copia certi fi cada del mismo, que dio origen al Acuerdo de Concejo N° 048-2023-MDSA de fecha 28 de diciembre del 2023. Que, mediante el OFICIO N°105-2024-AL-MDSA, de fecha de recepción 22 de marzo del 2024, del Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Antonio, remite copia fedateada de todo lo actuados del expediente de cambio de zoni fi cación de uso de suelo de la parcela E, de la Empresa Tres Cruces. Que, mediante el INFORME N° 572-2024-SGPCUC- GODUR-MPC, de fecha de recepción 11 de junio del 2024, de la Sub Gerencia de Control Urbano y Catastro de la MPC, comunica que en virtud al Acuerdo de Consejo N° 048-2023-MDSA, de fecha 28 de diciembre del 2023, y Ordenanza Municipal N° 0023-2023-MDSA, mediante los cuales aprueban el cambio de zoni fi cación de la parcela E, propiedad de la empresa Tres Cruces, inscrito en las partidas N° 21289305 y 2130614, considerando haber cumplido con los procedimientos establecido en la normativa vigente. Que, mediante el Informe N°1167-2024-JAGS- GODUR-MPC, de fecha de recepción 17 de junio del 2024, del Gerente de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, remite los actuados a la O fi cina General de Asesoría Jurídica para opinión legal. Que, mediante el Informe Legal N° 810-2024-OGAJ- MPC, de fecha 09 de julio del 2024, la Jefa de la O fi cina