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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (23/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de octubre de 2024 El Peruano / para emitir la Ordenanza Regional de Reconocimiento de la Mesa Técnica de Trabajo sobre situación y problemática de la laguna Piuray. Así mismo Mediante Informe Legal N° 117-2024.GRC IMA-AL de fecha 06 de marzo de 2024, emitido por el Jefe de la O fi cina de Asesoría Legal del IMA, recomienda elevar el presente expediente a la Presidencia del Gobierno Regional de Cusco, solicitando al Gobernador Regional del Cusco, que en uso de sus facultades de iniciativa legislativa, proponga ante el Consejo Regional de Cusco, la Ordenanza Regional de Reconocimiento de la Mesa Técnica de Trabajo sobre situación y problemática de la laguna Piuray, para su posterior aprobación y promulgación; Que, mediante Informe N° 17-2024-GR CUSCO/ GRRNGA de fecha 21 de marzo del 2024, la Gerencia Regional de Recursos Naturales de Gestión Ambiental, remite el Informe N° 02-2024-CUSCO-SGFCA de fecha 19 de marzo de 2024, emitido por la Subgerencia de Facilitación de la Calidad Ambiental, que indica que la propuesta de Ordenanza Regional para la conformación de la mesa técnica ha sido elaborada por el IMA, por lo que asume la responsabilidad de implementar acciones estratégicas institucionales (AEI), teniendo a su cargo, el objetivo estratégico (OEI) 09.00 Promover la acción ambiental con enfoque de cambio climático en el departamento de Cusco, AEI de contribuir a la recuperación de servicios ecosistematicos de regulación hídrica en el departamento de Cusco, por lo que otorga Opinión favorable a la propuesto de Ordenanza Regional para la “Creación de la Mesa Técnica de Trabajo, sobre la situación y problemática de la Laguna de Piuray, Distrito de Chinchero, Provincia de Urubamba”. Que, mediante Informe N° 92-2024-GR CUSCO/IMA- DE, de fecha 16 de abril de 2024, el Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente - IMA, remite el levantamiento de las observaciones realizadas por este despacho mediante el Memorándum N° 128-2024-GR CUSCO/ORAJ de fecha 26 de marzo del 2024, sobre la propuesta Ordenanza Regional para la “Creación de la Mesa Técnica de Trabajo, sobre la situación y problemática de la Laguna de Piuray, Distrito de Chinchero, Provincia de Urubamba”; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, el inciso a) del artículo 37° y el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional, aprobado por Ordenanza Regional Nº 119-2016.CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura de acta y por unanimidad de votos de los Consejeros Regionales, se emite la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL “RECONOCIMIENTO DE LA MESA TÉCNICA DE TRABAJO, SOBRE LA SITUACIÓN Y PROBLEMÁTICA DE LA LAGUNA DE PIURAY, DISTRITO DE CHINCHERO, PROVINCIA DE URUBAMBA - CUSCO” Artículo Primero.- APROBAR, el “RECONOCIMIENTO de la Mesa Técnica de Trabajo, sobre la situación y problemática de la Laguna de Piuray, Distrito de Chinchero, Provincia de Urubamba - Cusco”, para promover proyectos de inversión pública orientados a la recuperación, conservación y uso sostenible de los recursos naturales en la cuenca lacustre de la laguna de Piuray y otros proyectos vinculantes al desarrollo integral de la cuenca de la laguna de Piuray; la Mesa Técnico estará integrada por las siguientes entidades: MESA TÉCNICA DE TRABAJO, SOBRE LA SITUACIÓN Y PROBLEMÁTICA DE LA LAGUNA DE PIURAY, DISTRITO DE CHINCHERO, PROVINCIA DE URUBAMBA - CUSCO 1 Municipalidad Provincial de Cusco PRESIDENTE 2Gerencia Regional de Recursos Naturales y Medio Ambiente del Gobierno Regional de Cusco - (Secretaria Técnica)SECRETARIA TÉCNICA3 Gerencia Regional de Agricultura - Cusco MIEMBRO 4Gerencia Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento - CuscoMIEMBRO 5Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente - IMA MIEMBRO 6 Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI MIEMBRO 7Instituto Nacional de Investigación de Glaciares y Ecosistemas de Montaña - INAIGEMMIEMBRO 8 Plan COPESCO Cusco MIEMBRO 9 Autoridad Nacional de Agua - ANA-Cusco MIEMBRO 10Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFAMIEMBRO 11Superintendencia Nacional del Servicio de Saneamiento - SUNASS MIEMBRO 12 Defensoría del Pueblo - Cusco MIEMBRO 13 Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco MIEMBRO14 Dirección Regional de Salud - Cusco MIEMBRO15 Ministerio de Defensa 5ta Brigada de Montaña MIEMBRO16 Ministerio de Interior - Policía Nacional del Perú MIEMBRO 17 Prefectura de Cusco MIEMBRO 18 Municipalidad Provincial de Urubamba MIEMBRO19 Municipalidad Distrital de Chinchero MIEMBRO20 Centro Bartolomé de las Casas - CBC Cusco MIEMBRO 21Empresa Prestadora de Servicio de Saneamiento - SEDA CUSCOMIEMBRO 22Comité de Gestión de la Microcuenca de la Laguna Piuray - Ccorimarca.MIEMBRO 23Comunidades campesinas del distrito de Chinchero MIEMBRO Articulo Segundo.- La MESA TÉCNICA conformada en el artículo precedente, se instalará dentro del plazo de 15 días hábiles después de la publicación de la presente ordenanza regional, con la participación de los integrantes debidamente acreditada un titular y un alterno de cada entidad integrante. Articulo Tercero.- El presidente de la MESA TECNICA, deberá presentar un informe anual al pleno del Consejo Regional, para su evaluación y aprobación, siendo responsable la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental del Gobierno Regional de Cusco. Articulo Cuarto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano y en la página web del Gobierno Regional de Cusco. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Dado en Cusco, a los doce días del mes de julio del año dos mil veinticuatro. HERBE OLAVE UGARTE Presidente del Consejo RegionalPeríodo Legislativo 2024 Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Cusco para su promulgación. POR TANTO:Mando se registre, publique y cúmplase. Dado en la sede del Gobierno Regional del Cusco, a los 7 días del mes de agosto del año dos mil veinticuatro WERNER MÁXIMO SALCEDO ÁLVAREZ Gobernador Regional 2321500-1