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10 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de octubre de 2024 El Peruano / de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, están encargados de la identi fi cación, inventario, inscripción, registro, investigación, protección, conservación, difusión y promoción de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de su competencia; Que, además el literal a) del artículo 29 de la sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2024-MC, señala que la Dirección de Protección de las Colecciones es el órgano de línea responsable de identi fi car, elaborar la propuesta de declaración como patrimonio cultural bibliográ fi co documental de la Nación y derivarla al Ministerio de Cultura, registrándolo en el Registro Nacional de Material Bibliográ fi co; Que, con el O fi cio N° 000188-2024-BNP-J la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú remite al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la propuesta de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación de dos unidades bibliográ fi cas de la obra Lira patriótica del Perú: colección escojida de poesías nacionales, desde antes de la proclamación de la independencia hasta el día (1853), elaboradas por Manuel Nicolás Corpancho Alarcón y Fernando Velarde Campo-Herrera, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú y a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; Que, por O fi cio N° 000164-2024-BNP-J, noti fi cado el 24 de mayo de 2024, la Biblioteca Nacional del Perú informó a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos sobre el inicio del procedimiento de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación de la unidad bibliográ fi ca documental que le pertenece; Que, a través del Informe Técnico N° 000004-2024-BNP-J-DPC-UGPB la Unidad Funcional de Gestión del Patrimonio Bibliográ fi co Documental desarrolla la importancia, el valor y signi fi cado de dos unidades bibliográ fi cas de la obra Lira patriótica del Perú: colección escojida de poesías nacionales, desde antes de la proclamación de la independencia hasta el día (1853); Que, con el Informe Nº 000089-2024-BNP-J-DPC, la Directora de la Dirección de Protección de las Colecciones, con sustento en el informe técnico citado, recomienda a la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú la declaración como Patrimonio Cultural de la Nación de las dos unidades bibliográ fi cas documentales, señalando que presentan importancia, valor y signi fi cado para la cultura peruana por lo que reúnen las condiciones para ser declaradas Patrimonio Cultural de la Nación; Que, las dos unidades bibliográ fi cas, cuya declaratoria se propone, corresponden a la primera y única edición de la Lira patriótica del Perú: colección escojida de poesías nacionales, desde antes de la proclamación de la independencia hasta el día (1853) elaborada por Manuel Nicolás Corpancho Alarcón (1830-1863) y Fernando Velarde Campo-Herrera (1823-1880) destacados poetas románticos del siglo XIX; Que, la obra fue publicada por la imprenta del mismo Fernando Velarde que publicó otros títulos como el libro Poesías (1853) del poeta romántico José Arnaldo Márquez, la cual Velarde prologa. En 1855 Velarde deja el Perú, por lo que se supone que trans fi ere su imprenta a Manuel Corpancho, quien la refunda bajo el nombre de “Tipografía Nacional” (Núñez, 1982). Asimismo, tras la revisión en los principales portales web de comercio de libros, al momento de la presente evaluación, no se registra la venta de ejemplares de la obra. Por tal motivo, se podría a fi rmar que la Lira Patriótica del Perú es una obra escasa; Que, en términos materiales, en las dos unidades bibliográ fi cas encontramos singularidades que las diferencian de otros ejemplares, de las cuales destacan el sello de la biblioteca de Alberto Ulloa Sotomayor (1892- 1975), destacado escritor, jurista y diplomático peruano, la encuadernación moderna de la Biblioteca Nacional y de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, así como sus sellos institucionales; Que, la relevancia de la Lira Patriótica del Perú se constituye por ser la primera antología poética editada en el Perú (Tauzin, 2000). La publicación recoge importantes poemas y canciones de corte patriótico escritas por los más destacados intelectuales de las primeras décadas del siglo XIX, reunidas con el fi n de exaltar el sentimiento nacional. La publicación de 1853 buscó fortalecer y exacerbar el sentimiento patriótico peruano durante un periodo de tensiones con Bolivia, que se encontraba bajo el mandato de Manuel Isidoro Belzú. En aquel entonces, las relaciones de Perú y Bolivia se encontraban en una atmósfera beligerante que auguraba un posible con fl icto armado entre ambos países. Esta obra busca contribuir a consolidar la identidad nacional en un momento crítico de la república peruana, por lo que re fl eja el espíritu de una época de la historia del Perú; Que, en atención a lo expuesto, las dos unidades bibliográ fi cas constituyen ejemplares relevantes para la cultura peruana y reúnen las condiciones de importancia, valor y signi fi cado para integrar el patrimonio cultural de la Nación; Con los vistos de la Biblioteca Nacional del Perú y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación dos unidades bibliográ fi cas de la obra Lira patriótica del Perú: colección escojida de poesías nacionales, desde antes de la proclamación de la independencia hasta el día (1853), elaboradas por Manuel Nicolás Corpancho Alarcón y Fernando Velarde Campo-Herrera, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú y a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, conforme al anexo de esta resolución. Artículo 2.- Noti fi car la presente resolución a la Biblioteca Nacional del Perú y a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Artículo 3.- Disponer la publicación de la resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. La resolución y su anexo se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de la publicación en el diario o fi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAMER NELSON CHAVEZ ANTICONA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 2338581-1 Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a las cuatro unidades bibliográficas (1924-1938) de la institución Feminismo Peruano (1924), fundada por Zoila Aurora Cáceres Moreno, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000319-2024- VMPCIC/MC San Borja, 25 de octubre del 2024VISTOS: el O fi cio N° 000412-2024-BNP-J de la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú; la Hoja de Elevación N° 000626-2024-OGAJ-SG/MC de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú prescribe que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográ fi cos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada