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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (30/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de octubre de 2024 El Peruano / DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Designan Coordinador de la Coordinación de Contabilidad de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000649-2024- MIDIS/PNAEQW-DE Santiago de Surco, 29 de octubre de 2024 VISTOS: El Informe N° D000394-2024-MIDIS/PNAEQW-URH de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe N° D001033-2024-MIDIS/PNAEQW-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; CONSIDERANDO: Que, Mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000548-2024-MIDIS/PNAEQW-DE, de fecha 12 de setiembre de 2024, se designó temporalmente al señor DAVID WILSON NINA AGUILAR en el cargo de con fi anza de Coordinador de la Coordinación de Contabilidad de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación temporal antes mencionada. Que, de igual manera, se ha visto por conveniente designar al profesional que desempeñará el mencionado cargo; Que, a través de los documentos de vistos, la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica, opinan que resulta legalmente viable designar al profesional que se desempeñará como Coordinador de la Coordinación de Contabilidad de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Con el visado de la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones establecidas en el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, y sus modi fi catorias, la Resolución Ministerial N° 283-2017-MIDIS, y la Resolución Ministerial N° D000066-2024-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA, a partir del 29 de octubre de 2024, la designación temporal del señor DAVID WILSON NINA AGUILAR en el cargo de con fi anza de Coordinador de la Coordinación de Contabilidad de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR a partir del 30 de octubre de 2024 al señor DAVID WILSON NINA AGUILAR en el cargo de con fi anza de Coordinador de la Coordinación de Contabilidad de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma. Artículo 3.- ENCARGAR a la Coordinación de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano, la noti fi cación de la presente Resolución a las Unidades Territoriales, las Unidades de Asesoramiento, Apoyo y Técnicas del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a través de medios electrónicos. Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano; asimismo, que la Unidad de Comunicación e Imagen efectúe la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (www.gob.pe/qaliwarma) y su respectiva difusión.Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO JONEL RIPALDA RAMÍREZ Director Ejecutivo Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma 2339320-1 EDUCACIÓN Formalizan el inicio del proceso de actualización de la Política Nacional de Juventud y crean Grupo de Trabajo Multisectorial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 543-2024- MINEDU Lima, 29 de octubre de 2024VISTOS: los documentos que conforman el Expediente N° UPP2024-INT-0717989; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Supremo N° 013-2019-MINEDU se aprueba la Política Nacional de Juventud, que de fi ne 6 objetivos prioritarios con 16 indicadores, 14 lineamientos y 39 servicios, a cargo de 11 Ministerios (Educación, Salud, Trabajo y Promoción del Empleo, Producción, Cultura, Comercio Exterior y Turismo, Defensa, Mujer y Poblaciones Vulnerables, Justicia y Derechos Humanos, Interior, Ambiente), el Jurado Nacional de Elecciones y la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas. Que, conforme se desprende de los artículos 2 y 3 del Decreto Supremo N° 013-2019-MINEDU, la Política Nacional de Juventud es de cumplimiento obligatorio por todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado y los diferentes niveles de gobiernos, conforme a su autonomía y competencia; y, el Ministerio de Educación, a través de la Secretaría Nacional de la Juventud, conduce la Política Nacional de Juventud; por lo que, las entidades del Estado responsables de los objetivos prioritarios, lineamientos y proveedores de los servicios de la Política Nacional de Juventud, están a cargo de la implementación y ejecución de la misma, conforme a su autonomía y competencias. Para tal efecto, dichas entidades, a través de sus representantes, coordinan con la Secretaría Nacional de la Juventud del Ministerio de Educación la implementación de los servicios identi fi cados y otras intervenciones que contribuyen al cumplimiento de los objetivos prioritarios de la Política Nacional de Juventud; Que, mediante el Decreto Supremo N° 029-2018- PCM, se aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, el cual establece, en el numeral 15.1 de su artículo 15, que la conducción de una política nacional multisectorial supone su diseño y formulación de manera conjunta con los ministerios intervinientes, así como la coordinación, articulación intersectorial, seguimiento y evaluación de su cumplimiento; Que, a través de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0113-2024/CEPLAN/PCD, se aprueba la Guía de Políticas Nacionales, la cual establece que el proceso de actualización de una política nacional se somete a los mismos procedimientos señalados en los aspectos generales; es decir, su inicio se formaliza mediante Resolución Ministerial, cuenta con un plan de trabajo y con la asistencia técnica-metodológica del Ceplan; Que, con la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00021-2024/CEPLAN/PCD, se aprueba la “Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – Sinaplan”, en cuyo numeral 8.1 del artículo 8 dispone que el Grupo de Trabajo es el órgano colegiado de naturaleza temporal, sin personería jurídica ni administración