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17 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de octubre de 2024 El Peruano / Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que el acto administrativo “puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición de que se les identi fi que de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. Los informes, dictámenes o similares que sirvan de fundamento a la decisión, deben ser noti fi cados al administrado conjuntamente con el acto administrativo”; Que, mediante Informe N° 000957-2024-DSFL- DGPA-VMPCIC/MC de fecha 13 de setiembre de 2024, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal remite a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble el Informe N° 00160-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/ MC de fecha 12 de setiembre del 2024 y recomienda a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble emitir la resolución para la determinación de la Protección Provisional del “Sitio Arqueológico El Marqués”, ubicado en el distrito de Jayanca, provincia y departamento de Lambayeque, en base a los fundamentos expresados en el Informe de Inspección Nº 01-2024-JAT-MNB-UE005/MC de fecha 15 de agosto del 2024 suscrito por el Lic. Juan Martínez Fiestas del Museo Arqueológico Nacional Brüning de la UE 005 Naylamp; Que, mediante Informe N° 000418-2024/DGPA- VMPCIC-KDP/MC de fecha 24 de octubre del 2024, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble recomienda emitir resolución directoral que determine la Protección Provisional del “Sitio Arqueológico El Marqués”, ubicado en el distrito de Jayanca, provincia y departamento de Lambayeque; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 077-2018-VMPCIC-MC; la Resolución Viceministerial N° 000331-2023-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del “Sitio Arqueológico El Marqués”, ubicado en el distrito de Jayanca, provincia y departamento de Lambayeque, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo. Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 01-2024-JAT- MNB-UE005/MC de fecha 15 de agosto del 2024 suscrito por el Lic. Juan Martínez Fiestas del Museo Arqueológico Nacional Brüning de la UE 005 Naylamp, así como los Informes N° 000957-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC y 00160-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal y en el plano PPROV-008-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84 los cuales se adjuntan como Anexos a la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en los polígonos especi fi cados en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura Lambayeque, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA Paralización y/o cese de la afectación:XComunicación con los pobladores del C.P. Marqués (En coordinación con la Municipalidad distrital de Jayanca) para notificar que no sigan cercando con fines de lotización, y que no continúen edificando nuevas viviendas dentro del área intangible. Desmontaje: XOrganizar con prontitud un expediente de recuperación extrajudicial que permita retirar los cercos y demolición de inmuebles no autorizados en el área arqueológica Señalización: XColocar hitos, Paneles informativos de área intangible y repintar el panel existente.Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Lambayeque, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Jayanca, provincia y departamento de Lambayeque, a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011- 2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección Nº 01-2024-JAT-MNB-UE005/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura Lambayeque, así como los Informes N° 000957-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC y 00160-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/ MC de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal y el Informe N° 000418-2024/DGPA-VMPCIC- KDP/MC y el plano PPROV-008-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84, las cuales serán publicadas en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/ cultura) para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GILBERTO MARTIN CORDOVA HERRERA Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2338486-1 DEFENSA Autorizan viaje de Director del Centro de Entrenamiento y Capacitación para Operaciones de Paz (CECOPAZ - Perú) a la República Islámica de Pakistán, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 01206-2024-DE Lima, 29 de octubre del 2024 VISTOS:El O fi cio N° 00503-2024-MINDEF/VPD/DIGEDOC- CECOPAZ de la Dirección del Centro de Entrenamiento y Capacitación para Operaciones de Paz; el O fi cio N° 03187-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01926-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante Carta s/n la Asociación Internacional de Centros de Formación en Mantenimiento de la Paz